RICARDO DURAN Y COMPAÑÍA LIMITADA. CON INSPECCIÓN DEL
Rol
I-35-2023
Fecha
24 de julio de 2023
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos a probar: 1.- Efectividad que la resolución que se reclama N°89 de fecha 12 de abril de 2023 adolece de falta al artículo 511 del Código del Trabajo, esto es, que no se rebajó la multa porque se acreditó fehacientemente haber dado cumplimiento íntegro a las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivó la infracción o, en su caso, haber incurrido al momento de aplicarse la sanción original en un manifiesto error de hecho. Hechos y circunstancias. 2.- Contenido del modelo de aviso de término de contrato que se encuentra en el Portal de la Dirección del Trabajo y del cual se habría basado para la confección el reclamante. Hechos y circunstancias. No hay reposición. MEDIOS DE PRUEBA: OFRECIMIENTO E INCORPORACIÓN PRUEBA DE LA PARTE RECLAMANTE: Documental: 1.- Resolución de multa administrativa N°1792.23.4 y correo electrónico de notificación de fecha 31 de enero de 2023. 2.- Resolución exenta N°89 y correo electrónico de notificación de fecha 12 de abril de 2023. 3.- Copia de acta confeccionada por la Notario Público Interino de Rancagua doña Celeste Becerra Marín quien con fecha 14 de febrero de 2023 certifica haber ingresado a la página web oficial de la Dirección del Trabajo www.dt.gob.cl para obtener de dicha página el modelo de aviso de termino de contrato y copia del modelo de término de contrato que se extrajo de dicha página con el timbre y sello de dicha notaría. No hay solicitud de exclusión. OFRECIMIENTO E INCORPORACIÓN PRUEBA DE LA PARTE RECLAMADA: Documental: 1.- Acta de comparendo de mediación Nº 601.23.165 de 27 de enero de 2023. 2.- Resolución de multa Nº1792.23.4 de 27 de enero de 2023. 3.- Notificación de resolución de multa. 4.- Carta de aviso de término de contrato de 11 de enero de 2023 dirigida al trabajador Julio Medina Robles. 5.- Resolución exenta Nº89 de 12 de abril de 2023 que se pronuncia sobre la reconsideración de multa interpuesta por el empleador y que se reclama en este juicio y su respectiva no
Fallo
se resuelven: Téngase por acompañados. Relación demanda: El Tribunal realiza una breve relación de la demanda. Llamado a conciliación: El Tribunal consulta sobre la posibilidad de conciliar y al respecto la apoderada de la parte reclamada indica que no existe posibilidad de conciliar. Traslado contestación demanda: La parte reclamada evacúa el traslado conferido y solicita el rechazo en todas sus partes de la demanda interpuesta por la contraria, con costas. De sus íntegras argumentaciones da cuenta la pista de audio correspondiente. El Tribunal tiene por contestada la demanda. Hechos a probar: 1.- Efectividad que la resolución que se reclama N°89 de fecha 12 de abril de 2023 adolece de falta al artículo 511 del Código del Trabajo, esto es, que no se rebajó la multa porque se acreditó fehacientemente haber dado cumplimiento íntegro a las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivó la infracción o, en su caso, haber incurrido al momento de aplicarse la sanción original en un manifiesto error de hecho. Hechos y circunstancias. 2.- Contenido del modelo de aviso de término de contrato que se encuentra en el Portal de la Dirección del Trabajo y del cual se habría basado para la confección el reclamante. Hechos y circunstancias. No hay reposición. MEDIOS DE PRUEBA: OFRECIMIENTO E INCORPORACIÓN PRUEBA DE LA PARTE RECLAMANTE: Documental: 1.- Resolución de multa administrativa N°1792.23.4 y correo electrónico de notificación de fecha 31 de enero de 2
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN,CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 24/07/2023 RUC 23-4-0478328-9 RIT I-35-2023 MAGISTRADO PABLO VERGARA LILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ana B. Villagra Aránguiz SALA 2 (conexión híbrida) HORA DE INICIO 11:15 horas HORA DE TERMINO 12:44 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340478328-9-1339 PARTE RECLAMANTE RICARDO DURÁN Y COMPAÑÍA LIMI
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