ARAVENA/
Rol
V-354-2021
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2021, se ha iniciado esta causa por solicitud de BEATRIZ DEL PILAR ARAVENA LÓPEZ, Técnico en laboratorio y banco de sangre, domiciliada en población libertad, calle Francisco Pizarro N° 248, de la ciudad y comuna de Puerto Montt, en su calidad de madre y tutora legal, peticionando se conceda la rectificación de la partida de nacimiento de su hijo IGNACIO ALEJANDRO ROBLEDO ARAVENA, cédula nacional de identidad 24.780.952-K, estudiante, de su mismo domicilio, con el cambio del primer apellido de su nombre completo IGNACIO ALEJANDRO ROBLEDO ARAVENA, en el siguiente sentido, cambiar el apellido “ROBLEDO” por “FRITE”, para quedar como “IGNACIO ALEJANDRO FRITE ARAVENA”, solicitando en definitiva, se ordene al Servicio de Registro Civil correspondiente el cambio de mi primer apellido “ROBLEDO” por “FRITE”, para quedar en definitiva como “IGNACIO ALEJANDRO FRITE ARAVENA”, ello en consideración a los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer: En los hechos refiere que consta en certificado de nacimiento, que hijo nació el 25 de octubre de 2014, en la circunscripción de San Bernardo, inscrita bajo el número 5278 siendo reconocido por su padre biológico don JUAN SADIT ROBLEDO MACLEOOD, con quien no tiene ningún tipo de relación afectiva y de cercanía, jamás ha tenido contacto con su padre biológico, quien al enterarse que tenía dos meses de embarazo desapareció y lo reconoció como hijo biológico a los 9 meses de edad. Sin embargo, jamás ha aportado y se ha desentendido económica y emocionalmente de su hijo. Agrega que desde que mi hijo tenía 6 meses de edad se encuentra en una relación afectiva y de convivencia con don CRISTOPHER ELÍAS MUÑOZ FRITE, quien desde un principio se ha hecho cargo de su hijo, específicamente, desde que tenía 6 meses de edad, a quien él reconoce como figura paterna y de Código: XBCJXDJSXYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verif
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la peticionaria en representación de su hijo IGNACIO ALEJANDRO ROBLEDO ARAVENA, ha solicitado se decrete el cambio del Código: XBCJXDJSXYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 primer apellido de su hijo por FRITE, aduciendo como fundamento el hecho que la circunstancia de llevar el apellido paterno ROBLEDO le produciría un menoscabo moral al menor, y hace más de 5 años, su círculo reconoce a su hijo como IGNACIO ALEJANDRO FRITE ARAVENA. Conforme lo anterior, la solicitante estima que se dan los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 1° de la Ley 17.344, para decretar el cambio de apellido, en los casos que indica la ley. SEGUNDO: Que, con fecha 30 de marzo de 2022, se rindió información sumaria, ante ministro de fe, de dos testigos. Ambos deponentes en lo medular declaran que al peticionado de autos y a su familia, quien siempre ha sido reconocido como IGNACIO ALEJANDRO FRITE ARAVENA, quien no se siente identificado con su primer apellido paterno esto es Robledo, pues no mantiene una relación afectiva con su padre biológico, manifestando además que llevar aquel apellido le provoca un menoscabo y dolor. Agregan que la figura paterna es su vida es don CRISTOPHER ELÍAS MUÑOZ FRITE, quien asumió un rol paterno en su vida. TERCERO: Que, el tribunal estimo necesario, por tratarse la presente gestión de una solicitud en relación a un menor de edad, y atendida su edad, citar citar al padre biológico del menor, atendido el carácter de irrevocable de la rectificación, don JUAN SADIT ROBLEDO MACLEOOD, con la finalidad de recabar su parecer en orden a cambiar el apellido paterno que podría afectar la partida de nacimiento de su hijo. Emplazado legalmente el padre biológico, conforme consta en notificación que corre en cuaderno de exhorto, de fecha 19 de octubre de 2022, no compareció a manifestar su parecer. CUARTO: Que, con el objeto de dar cumplimiento a la normativa legal, se hicieron las publicaciones de rigor, no existiendo oposición a la solicitud planteada. Asimismo, el 1 de junio de 2022, se recepcionó informe de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación N°2668, institución que no manifestó oposición o cuestionamientos a la solicitud. Por su parte sugiere salvo mejor parecer del tribunal se cite al padre de las citadas menores, don Baldemar Alejandro Pacheco, a fin de que haga las observaciones que le merezcan la petición de autos. Código: XBCJXDJSXYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 QUINTO: Que, por su parte esta sentenciadora estimó pertinente la sugerencia realizada por el Registro Civil e Identificación en su informe, el carácter irrevocable de la petición, por tratarse de una gestión de una solicitud en relación a dos menores de edad, y atendidas sus edades, y considerando necesario oír al padre biológico, a folio 16 se decre
Fallo
SE RESUELVE: I.- QUE SE HACE LUGAR a lo solicitado y, en consecuencia, se autoriza el cambio del nombre de IGNACIO ALEJANDRO ROBLEDO ARAVENA, RUN N° 24.780.952-K, cuyo nacimiento se encuentra inscrito bajo N° 5278, del año 2014, de la circunscripción de SAN BERNARDO, en el sentido de rectificar su Código: XBCJXDJSXYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 nombre quedando este en definitiva como IGNACIO ALEJANDRO FRITE ARAVENA. II.- Practíquese las inscripciones y subinscripciones respectivas, en el registro de nacimiento inscrito bajo N° 5278, del año 2014, de la circunscripción de SAN BERNARDO. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° V- 354-2021 Dictada por doña ERIKA STILLNER LEDEZMA, Juez Titular del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt. Certifico que con esta fecha se incluyó en el estado diario, la circunstancia de haberse dictado sentencia definitiva. Puerto Montt, a 09 de enero de 2023. Código: XBCJXDJSXYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-09T13:18:00-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 33 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puerto Monttº CAUSA ROL : V-354-2021 CARATULADO : ARAVENA/ Puerto Montt, a nueve de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: En folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2021, se ha iniciado esta causa por solicitud de BEATRIZ DEL PILAR ARAVENA LÓPEZ, Técnico en laboratorio y banco de sangre, domiciliada en población libe
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