Juzgado de Letras y Gar.de pto.Aysen

AQUASAAM/I. MUNICIPALIDAD DE AYSÉN

Rol

C-291-2022

Fecha

7 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2022, comparece Claudio Meneses Pacheco, abogado, en representación, de AQUASAAM S.A., persona jurídica de Derecho privado, rol único tributario N°77.628.160-3, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Sebastián N°2807, oficina 615, Las Condes, Santiago, quien interpone demanda declarativa de prescripción extintiva de acciones de cobro de impuestos por patente comercial N°200355 en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE AYSÉN, persona jurídica de Derecho Público, representada por su alcalde don Julio Esteban Confucio Uribe Alvarado, desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Esmeralda N°607, Puerto Aysén, Aysén. por interpuesta demanda de prescripción extintiva de las acciones de cobro de impuestos por patente comercial N°200355 en contra de la Ilustre Municipalidad de Aysén, solicitando acogerla, con costas, declarando la extinción de tales acciones para cobrar impuesto y derechos por dicha patentes, los intereses, multas, costos y todo concepto asociado, por el período comprendido entre el primer semestre del año 2017 y el segundo semestre del año 2018, o en subsidio, declarar la extinción de la acción de cobro de patentes que se estime que proceden conforme al mérito del proceso y a la normativa aplicable. Funda la acción en que, mediante juicio ejecutivo tramitado ante este tribunal bajo el rol N°C-177- 2017, la I. Municipalidad de Aysén accionó el cobro de impuestos por la patente comercial que entonces tenía mi representada Aquasaam S.A. bajo el N°200355, correspondiente a los años 2004 a 2016. Agrega que, en juicio ordinario sustanciado ante este tribunal bajo el rol N°C-116-2018, mediante sentencia definitiva firme se declaró la prescripción de las acciones de cobro de impuestos por la referida patente comercial por los períodos correspondientes a los años 2004 a 2014. Código: SJCXXDXXJND Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Señala que

Fundamentos

considerando que a esa fecha no tenía domicilio ni sucursal vigente en la Región de Aysén, situación que fue corroborada administrativamente y dio lugar a que se formalizara su invalidación en diciembre de 2019. Afirma que, en el juicio ejecutivo rol N°C-177-2017 se cobraron los impuestos municipales correspondientes a los años 2015 y 2016, sin incluir los años 2017 y 2018, período en el cual, desde luego, no correspondía efectuar ningún cobro precisamente por la situación expuesta por Aquasaam S.A en noviembre de 2018. De acuerdo con lo expuesto, argumenta que , han transcurrido más de 3 años desde que se pudieron haber hecho exigibles dichas supuestas obligaciones por concepto de impuestos municipales por patente comercial, correspondiente al período que media entre el primer semestre de 2017 y el segundo semestre de 2018, ambas fechas inclusive. En cuanto a sus fundamentos de derecho, manifiesta que, la patente comercial municipal es un impuesto directo establecido y regulado en el Decreto Ley N°3.063 de 1979, sobre rentas municipales, título IV “De los impuestos municipales”, artículos 23 al 34 bis. Que, el artículo 23 grava con patente municipal el ejercicio de las actividades que señala, con la tasa que prescribe el artículo 24, la cual puede ascender desde el dos y medio por mil (0,25%) y hasta el cinco por mil (0,5%) del capital propio de cada contribuyente, por un período de 12 meses. Para los efectos del pago, el artículo 29 inciso 3º prescribe que “la patente se podrá pagar al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad Código: SJCXXDXXJND Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada año”, de lo que se colige que el vencimiento y exigibilidad del tributo municipal se produce los días 31 de enero y 31 julio de cada año, comenzado a correr desde esas fechas el plazo de prescripción extintiva. De lo anterior afirma que, las acciones de la municipalidad demandada para cobrar posibles impuestos por la patente comercial de Aquasaam S.A. por los años 2017 y 2018 prescribieron, respectivamente, el 31 de julio de 2020, 31 de diciembre de 2020, 31 de julio de 2021 y 31 de diciembre de 2021, fechas en las que se cumplieron los 3 años establecidos por la ya citada norma del artículo 2521 inciso 1º del Código Civil. Con fecha 03 de junio de 2022, comparece VICENTE HERNÁNDEZ DELGADO, abogado, habilitado para el ejercicio de la profesión, domiciliado para estos efectos en calle Esmeralda Nro. 607 de Puerto Aysén, en su calidad de mandatario judicial y en representación, según acredita, de la Ilustre Municipalidad de Aysén, Corporación autónoma de Derecho Público, representada legalmente por su alcalde, don Julio Esteban Confucio Uribe Alvarad,o, , ambos domiciliados en calle Esmeralda Nro. 607 de esta ciudad, solicitando el rechazo, con costas de la demanda intentada en autos. Señala que es efectivo, que la contraria y su

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 169, 170del Código de Procedimiento Civil, y 2497 y siguientes del Código Civil, Ley de rentas municipales, SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE la demanda civil interpuesta en lo principal de la presentación de 28 de abril de 2020, por Claudio Meneses Pacheco, abogado, en representación, de AQUASAAM S.A., en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE AYSÉN, representada por su alcalde don Julio Esteban Confucio Uribe Alvarado o quien haga sus veces, todos ya individualizados. II. Que, en consecuencia SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA de las acciones de cobro de impuestos por patente comercial N°200355, referida a los periodos tributarios 2017 y 2018. III. Que no se condena en costas a la demandada por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. Regístrese, anótese y notifíquese. Del Rol N°291-2022.- Código: SJCXXDXXJND Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-07T12:15:41-0300

Texto Completo (Preview)

Puerto Aysén, siete de enero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 28 de abril de 2022, comparece Claudio Meneses Pacheco, abogado, en representación, de AQUASAAM S.A., persona jurídica de Derecho privado, rol único tributario N°77.628.160-3, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Sebastián N°2807, oficina 615, Las Condes, Santiago, quien interpone demanda declarativa de prescripci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica