BRITISH AMERICAN TOBACCO CHILE OPERACIONES S.A/GAJARDO
Rol
C-6270-2022
Fecha
9 de enero de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: May Gutiérrez Otto, abogada, en representación judicial de British American Tobacco Chile Operaciones S.A, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por Bernardita Sáez Rozas, abogada, todas domiciliadas en calle Compañía de Jesús N° 1390, oficina 1109, Santiago, interpone demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuantía en contra de Jorge Antonio Gajardo Sazo, agricultor, domiciliado en Las Mercedes S/N, Río Claro. Expone que con fecha 31 de julio de 2020 British American Tobacco Chile Operaciones S.A. (BAT) celebró un contrato de producción y venta de tabaco con Jorge Antonio Gajardo Sazo (el productor) para la temporada 2020-2021, por el cual este último se obligó a plantar, cultivar y producir tabaco en la temporada, cantidad y hectáreas del predio señalado en el contrato, cumpliendo con los estándares de calidad, políticas, procedimientos e indicaciones técnicas que recibiera de su representada o de terceros designados para tal efecto. Por su parte, British American Tobacco se obligó a comprar el tabaco que cosechara el demandado, siempre y cuando se cumplan con las precisas condiciones y estándares regulados por el contrato y sus anexos. Explica que se acordó que el productor podía solicitar anticipos del precio de venta de tabaco, y que para su gestión el contrato de condiciones generales -suscrito por las partes- señala el establecimiento de una cuenta corriente mercantil para la emisión y recepción de las cantidades señaladas, en la que constarían (A) los anticipos de precio de venta que se entreguen por BAT al productor, ya sea: i) al contado, mediante vale vista o transferencia electrónica, o ii) mediante bienes, insumos o maquinarias para la plantación y/o cultivo, o bien, Código: KBPRXDTXBSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 iii) mediante el pago directo efectuado por BAT por cuenta del agricultor de servicios necesarios para el
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: KBPRXDTXBSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que la falta de contestación por parte del demandado hace entender que ha negado todos y cada uno de los fundamentos de hecho contenidos en la demanda. “En nuestro derecho, la rebeldía importa una contestación ficta de la demanda, en el sentido de entender que el demandado ha negado todos los supuestos de hecho y de derecho en que se funda la pretensión hecha valer por el actor en su demanda, y consecuencialmente recaerá en plenitud en el demandante soportar la carga de la prueba durante el proceso. Al efecto se ha señalado que la rebeldía del demandado o la contestación ficta de la demanda implica negación total y absoluta de los hechos contenidos en la demanda” (Procedimiento Civil. Juicio Ordinario de Mayor Cuantía. Séptima Edición. Ignacio Rodríguez Papic. Ed. Jurídica de Chile. Revisado y Actualizado por el profesor Cristián Maturana Miquel, página 75, citando a don Mario Casarino V. en su Manual de Derecho Procesal Civil, tomo IV Pag. 52. 3ª Edición. 1947 de la misma Editorial).
Fallo
Por tanto, como correspondió a la parte demandante acreditar los fundamentos de hecho de su libelo, de acuerdo a la regla general del artículo 1698 del Código Civil, se deja constancia del hecho de haber rendido la documental que sigue: 1. En folio 1, copia de documento denominado: “Condiciones Generales a los Contratos de Producción y Venta de Tabaco con British American Tobacco”, suscrito entre British American Tobacco Chile Operaciones S.A. (BAT) y Jorge Antonio Gajardo Sazo, de fecha 31 de julio de 2020. En la cláusula primera se establece que BAT es una empresa que fabrica cigarrillos de tabaco para su posterior comercialización y distribución, para lo que requiere comprar tabaco que cumpla con los más altos estándares de calidad, buscando –según se declara- que la relación con sus agricultores tenga condiciones claras y objetivas. En la cláusula segunda se señala que son partes integrantes del contrato de compraventa de tabaco las presentes condiciones generales y las correspondientes condiciones particulares, y que en el caso que existan contradicciones entre ellas primará lo establecido en las condiciones particulares. En la cláusula novena se pacta que para facilitar la ejecución del contrato, el agricultor tendrá derecho a solicitar a BAT anticipos del precio de venta de Código: KBPRXDTXBSD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 tabaco hasta el máximo indicado en las Condiciones Particu
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6270-2022 CARATULADO : BRITISH AMERICAN TOBACCO CHILE OPERACIONES S.A/GAJARDO Santiago, nueve de Enero de dos mil veintitr sé VISTOS: May Gutiérrez Otto, abogada, en representación judicial de British American Tobacco Chile Operaciones S.A, sociedad del giro de su denominación, repres
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