2º Juzgado de Letras de Vallenar

ZULETA/MUNICIPALIDAD DE VALLENAR

Rol

C-416-2018

Fecha

6 de enero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veinticinco de octubre de dos mil dieciocho comparece do a Felicinda del Rosario Zuleta P ez, pensionada, con domicilio enñ á Avenida Lourdes 1251, poblaci n General Baquedano, Vallenar, solicitando se declare laó prescripci n de las obligaciones de derechos de aseo domiciliario cobrados por la Ilustreó Municipalidad de Vallenar, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmenteí ú por su Alcalde don Cristian Tapia Ramos, administrador de empresas, ambos con domicilio en Plaza Ambrosio O Higgins N 25, Vallenar.’ ° Que fundamenta su demanda en ser la actora due a del inmueble ubicado enñ Avenida Lourdes 1248, poblaci n General Baquedano, Vallenar, cuya inscripci n rola aó ó fojas 2393 N 1333 del Registro de propiedad del a o 2017 del Conservador de Bienesº ñ Ra ces de Vallenar, el que conforme certificado de deuda extendido por la Direcci n deí ó Administraci n y Finanzas del Departamento de Rentas de la Ilustre Municipalidad deó Vallenar, posee deudas por derechos de aseo domiciliario correspondientes a distintos periodos, comprendidos desde el 30 de noviembre de 1996 hasta el 30 de septiembre de 2015, por lo que solicita al Tribunal que conforme lo dispuesto en los art culos 2.493,í 2.514 y 2.521 del C digo Civil se declare la prescripci n extintiva de las obligaciones deó ó dichas cuotas vencidas desde el a o 1996 hasta el mes de septiembre de 2015, que en suñ totalidad ascienden a la suma de $947.482. SEGUNDO: Que con fecha veintiocho de octubre de dos mil veintid s se tuvoó por contestada la demanda en rebeld a y a folio 41 efectuado el llamado a conciliaci n.í ó TERCERO: Que con fecha primero de diciembre de dos mil veintid s, se recibeó la causa a prueba y se fijan como hecho sustancial, pertinente y controvertido: la efectividad de encontrarse prescrita la obligaci n de pago por derechos de aseoó domiciliario comprendidas entre los a os 1996 y 2015.ñ Que con fecha treinta de diciembre del presente a o, se cita a las partes a o rñ í sentencia. CUARTO: Que el art culo 2521 del C digo Civil se ala que í ó ñ “prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. A su vez el art culo 40 del DL 3.063 Sobre Rentasí Código: BFXSXDPXLED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Municipales indica “Llámense derechos municipales las prestaciones que están obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales o jurídicas de derecho público o de derecho privado, que obtengan de la administración local una concesión o permiso o que reciban un servicio o de las mismas, salvo exención contemplada en un texto legal expreso.” Que conforme las dos normas legales citadas, se concluye que el pago por aseo domiciliario no posee la naturaleza jur dica de impuesto, sino que constituye el pago deí un servicio otorgado por la municipalidad, puesto que co

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo dispuesto en los art culos 2515 delí C digo Civil y art culo 6,7, 40, 59 del DL n 3603 sobre rentas municipales se declara:ó í ° I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por do añ Felicinda del Rosario Zuleta P ez, en contra de la I. Municipalidad de Vallenar, todos ya individualizados,á declar ndose en consecuencia prescrita la acci n de cobro de servicios de aseoá ó domiciliarios comprendidos desde el 30 de noviembre de 1996 hasta el 30 de septiembre de 2015. II.- Que no se condena en costas a la demandada por no mediar oposici n de suó parte. An tese, reg strese y arch vese en su oportunidadó í í .- Dictada por KERIMA SCHICHASCHWILI CARVAJAL, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vallenar, seis de Enero de dos mil veintitr s.é Código: BFXSXDPXLED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-06T11:16:27-0300

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 49 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Vallenarº CAUSA ROL : C-416-2018 CARATULADO : ZULETA/MUNICIPALIDAD DE VALLENAR Vallenar, seis de Enero de dos mil veintitr s.é VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veinticinco de octubre de dos mil dieciocho comparece do a Felicinda del Rosario Zuleta P ez, pensionada, con domicilio enñ á Avenid

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