2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ACUÑA/MT DISEÑO SPA

Rol

O-1040-2023

Fecha

20 de julio de 2023

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además, lo dispuesto en los artículos N°1, 3, 5, 7, 41, 42, 63, 67, 73, 160 N°7, 162, 163, 168, 171, 172, 173, 420, 445, 453, 454 y 459 todos del Código del Trabajo, se resuelve: I. Hacer lugar en todas sus partes a la demanda interpuesta por FRANCISCA ACUÑA ACUÑA en contra de MT DISEÑO SPA, representada por Juan Pablo San Martín Cardemil, declarándose que el vínculo laboral iniciado el 01 de marzo de 2019 concluyo el 14 de febrero de 2023, por incumplimiento grave de obligaciones contractuales de la empleadora y es además nulo a efectos de la sanción del artículo 162 inciso 5° y siguientes del Código del Trabajo. II. La demandada deberá pagar a la actora las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a) $1.748.236 por indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $6.992.945 correspondiente a indemnización por antigüedad. c) $3.496.472 correspondiente a recargo del 50% sobre la indemnización anterior. d) $1.748.236 correspondiente a dos anualidades de feriado equivalente a 30 días. e) $833.324 correspondiente a indemnización compensatoria de feriado proporcional. f) $1.748.236 por remuneración de enero de 2023. g) $815.843 correspondiente a remuneración de 14 días de febrero de 2023. h) Las remuneraciones devengadas a contar del 15 de febrero de 2023 hasta la convalidación del despido, mediante el pago de las cotizaciones de seguridad social de los meses de septiembre de 2022 a enero de 2023, ambos inclusive, sobre la base de cálculo $1.256.408, debiendo adicionalmente pagarse la cotización de seguridad social de 14 días de febrero de 2023. III. Las sumas ordenadas a pagar deberán actualizarse conforme a lo que disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda, y las cotizaciones de seguridad social conforme a las prescripciones específicas de los estatutos previsionales pertinentes. IV. Se imponen las costas a la demandada por haber sido íntegramente vencida, regulándose las costas personales en la suma de $1.500.000.

Fallo

se resuelve: I. Hacer lugar en todas sus partes a la demanda interpuesta por FRANCISCA ACUÑA ACUÑA en contra de MT DISEÑO SPA, representada por Juan Pablo San Martín Cardemil, declarándose que el vínculo laboral iniciado el 01 de marzo de 2019 concluyo el 14 de febrero de 2023, por incumplimiento grave de obligaciones contractuales de la empleadora y es además nulo a efectos de la sanción del artículo 162 inciso 5° y siguientes del Código del Trabajo. II. La demandada deberá pagar a la actora las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a) $1.748.236 por indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $6.992.945 correspondiente a indemnización por antigüedad. c) $3.496.472 correspondiente a recargo del 50% sobre la indemnización anterior. d) $1.748.236 correspondiente a dos anualidades de feriado equivalente a 30 días. e) $833.324 correspondiente a indemnización compensatoria de feriado proporcional. f) $1.748.236 por remuneración de enero de 2023. g) $815.843 correspondiente a remuneración de 14 días de febrero de 2023. h) Las remuneraciones devengadas a contar del 15 de febrero de 2023 hasta la convalidación del despido, mediante el pago de las cotizaciones de seguridad social de los meses de septiembre de 2022 a enero de 2023, ambos inclusive, sobre la base de cálculo $1.256.408, debiendo adicionalmente pagarse la cotización de seguridad social de 14 días de febrero de 2023. III. Las sumas ordenadas a pagar deberán actualizarse conforme a lo que disponen lo

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20 DE JULIO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 02 (PRESENCIAL) RUC 23-4-0460535-6 RIT O-1040-2023 MAGISTRADO ÁLVARO FLORES MONARDES ADMINISTRATIVO DE ACTAS ANGELO VARGAS HORA DE INICIO 13:32 HORAS HORA DE TERMINO 13:55 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340460535-6-1349-230720-00 PARTE

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