2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

DÍAZ/GRUPO NORTE LTDA.

Rol

M-1336-2023

Fecha

20 de julio de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS PACÍFICOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA x El tribunal resuelve escritos presentados por la parte demandada: Por cumplido lo ordenado y por digitalizados los documentos. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1) Existencia de relación laboral entre las partes, desde el día 22 de julio del año 2021, y la labor desempeñada por el demandante era como administrativo de personal de recursos humanos. 2) Que la última remuneración del demandante ascendió a $836.250.- 3) Que el demandante fue despedido el día 13 de enero del año 2023, fue despedido por la causal contemplada en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es necesidades de la empresa. Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1) Efectividad de haber ocurrido los hechos informados en la carta de despido Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo de 22/07/21; 2) Carta de término de 13/01/23; 3) Finiquito ratificado el 23/01/23; 4) Presentación de reclamo N° 1324/2023/1345, de fecha 13/01/23; 5) Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 07/03/23 El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante y decreta su custodia. Confesional: La parte demandante se desiste de su prueba confesional La parte deman

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don SERGIO FABIÁN DÍAZ SILVA, RUT: 19.245.372-0, en contra de la demandada ADQUISICIONES Y SERVICIOS GRUPO NORTE SPA, RUT: 76.152.670-7, declarándose injustificado el despido del demandante ocurrido el día 13 de enero de 2023, por la causal de necesidades de la empresa y como consecuencia de ello se condenará a la demandada al pago del recargo legal del 30% del monto indicado en la demanda, esto es, la suma de $250.875.- II. Que la suma ordenada pagar deberá serlo con los reajustes e intereses que establece el artículo 173 del Código del Trabajo. III. Que se condena en costas a la demandada las que se regulan en la suma de $500.000.- IV. Cúmplase con lo dispuesto en esta sentencia dentro de quinto día que quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de enviar los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese y archívese en su oportunidad. Se ordena la custodia de los documentos hasta que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones y de la presente sentencia precedentemente dictada. Dirigió y Dictó doña MARIA TERESA QUIROZ ALVARADO Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinte de julio de dos mil veinte.-

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 20 DE ENERO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 10 RUC 23-4-0474342-2 RIT M-1336-2023 JUEZA MARIA TERESA QUIROZ ALVARADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIGUEL QUINTANILLA CASTAÑEDA HORA DE INICIO 10.23 HORAS HORA DE TÉRMINO 11.11 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO

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