MADRIAGA/
Rol
V-81-2022
Fecha
4 de enero de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece doña Gloria Tapia Pradenas, abogado, con domicilio en Los Cerezos 33 depto.802, comuna de Ñuñoa, y para estos efectos en calle Estación N°99 comuna de Buin, en representación de doña Jessica Mariela Madriaga Parra terapeuta, con domicilio en calle Estación N°99, comuna de Buin, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1º y siguientes de la Ley N°17.344, viene en solicitar se ordene al Servicio de Registro Civil rectificar su partida de nacimiento N°475, del año 1976 de la Circunscripción de Buin, en el cual figura inscrito como Jessica Mariela Madriaga Parra, a objeto de que en dicha partida se reemplacen su primer nombre y pase el segundo nombre a ser el primero y se modifique su apellido paterno quedando en definitiva inscrito como Mariela Violeta Parra Parra. A folio 6, se agrega Informe N°4059 de Servicio de Registro Civil e Identificación de la misma fecha, con copia del respectivo extracto de filiación y antecedentes del titular de la solicitud. A folio 11, se tiene por acompañado el extracto de la solicitud de autos, publicado en el Diario Oficial con fecha 15 de septiembre de 2022 A folio 14, se agrega información sumaria de testigo rendida el 6 de octubre de 2022. A folio 20, consta certificación de la señora Secretaria Subrogante del Tribunal, de que no comparecieron interesados a oponerse a la solicitud de autos. A folio 23, la solicitante indica que es soltera, sin hijos, por lo cual no requiere ampliación de rectificación de partidas de terceros. A folio 24, se trajeron los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 10 de agosto de 2022, comparece doña Gloria Tapia Pradenas, abogado, en representación de doña Jessica Mariela Madriaga Parra, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1º y siguientes de la Ley N°17.344, viene en solicitar se ordene al Servicio de Registro Civil rectificar su partida de nacimiento N°475, del año 1976 de la Circunscripción de Buin, en el cual figura inscrito como Jessica Mariela Madriaga Parra, Código: CZXBXDLSXFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 a objeto de que en dicha partida se reemplacen su primer y segundo nombre y apellido paterno quedando en definitiva inscrito como Mariela Violeta Parra Parra. Indica que, según da cuenta el certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, que se acompaña, el nombre de su representada es Jessica Mariela Madriaga Parra. A este respecto señala que su primer apellido es Madriaga, el cual no corresponde a su padre biológico, sino a un tercero llamado Juan Jilberto Madriaga Hernández, con quien la madre de su representada tuvo en un momento una relación afectiva, y que es el padre biológico de las dos hermanas menores de su representada, pero del cual se separó cuando doña Jessica Mariela Madriaga Parra tenía 15 años de edad aproximadamente, es decir, hace 31 años, señala que la solicitante no mantiene ningún contacto con la referida persona en este momento y nunca antes, ya que la inscripción con dicho apellido, Madriaga, fue algo meramente formal, para que todas las hermanas tuvieran el mismo apellido y a consecuencia además, que el padre biológico nunca la reconoció y no existió en ningún momento de la vida de la solicitante. Agrega que, la separación de la madre con la persona ya individualizada, y de quien lleva su apellido, fue bastante traumática para la menor, nunca existió un vínculo afectivo alguno, es más recibió malos tratos y menoscabo durante ese período, violencia psicológica que trae sólo malos recuerdos y un sentimiento de pena, de no representación para la solicitante la que no se siente cómoda llevando este apellido, a tal punto que no usa este apellido así como tampoco su primer nombre Jessica, ya que al presentarse en la su vida diaria, trabajo, amigos y socialmente como Mariela Parra. Dice que, en este contexto, la solicitante, no tuvo nunca buenas relaciones con la pareja de su madre, viviendo la solicitante, episodios de constantes peleas, no manteniendo nunca una relación normal y buena como padre e hija, y en definitiva nunca sintiéndose cómodo en su presencia, a quien nunca reconoció como un padre, lo que mantiene a la solicitante incluso, con tratamiento psicológico, al día de hoy. Asimismo, el nombre de Jessica, nunca ha sido del gusto de la solicitante esto debido, a los mismos antecedentes ya señalados en esta presentación, no la representa ya que siempre ha usado y ha sido conocida con su s
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3 y 4 inciso final de la Ley N°17.344; y artículos 817, 818, 826 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE la solicitud y, en consecuencia, se autoriza el cambio de nombre de doña Jessica Mariela Madriaga Parra, cédula de identidad N°12.960.379-8, cuyo nacimiento se encuentra inscrito bajo el número 475, del año 1976 de la Circunscripción de Buin del Servicio de Registro Civil e Identificación, debiendo quedar en definitiva como Mariela Violeta Parra Parra. II.- Remítase copia autentificada de la presente sentencia al Servicio de Registro Civil e Identificación de esta ciudad, con certificación de ejecutoriedad. III.- Practíquense las inscripciones y subinscripciones respectivas, que sean procedentes. Regístrese, notifíquese por correo electrónico a la solicitante a través de su apoderado y archívese en su oportunidad. Rol Nº V-81-2022 Pronunciada por Claudia Arriagada Santelices, Jueza Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Buin, cuatro de Enero de dos mil veintitrés Código: CZXBXDLSXFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-01-04T15:48:03-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 26 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Buin CAUSA ROL : V-81-2022 CARATULADO : MADRIAGA/ Buin, cuatro de Enero de dos mil veintitrés VISTOS: A folio 1, comparece doña Gloria Tapia Pradenas, abogado, con domicilio en Los Cerezos 33 depto.802, comuna de Ñuñoa, y para estos efectos en calle Estación N°99 comuna de Buin, en representación de doña Jessica
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