4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

BANCO SANTANDER-CHILE CHILE/ROBERTO MILANEZ SPA

Rol

C-2384-2022

Fecha

3 de enero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 04 de septiembre de 2022, comparece Emilio González Corante, abogado, domiciliado en calle Arturo Prat N° 214, oficina 401, Antofagasta, en su calidad de mandatario judicial y en representación de BANCO SANTANDER- CHILE, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por don Román Blanco Reinosa, en su calidad de Gerente General, ambos domiciliados en calle Bandera Nº 140, comuna y ciudad de Santiago, y para estos efectos de su mismo domicilio, e interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de la firma ROBERTO MILANEZ SpA, sociedad del giro de su denominación, representada por el señor Roberto Milanez Castillo, chileno, con domicilio en calle Los Aromos N° 8966, Antofagasta, en su calidad de deudor directo o principal, y en contra de don ROBERTO MILANEZ CASTILLO, chileno, se ignora profesión u oficio, con domicilio en Avda. Sierra Nevada N° 10929 casa 23, Antofagasta, en su calidad de aval y/o codeudor solidario, en atención a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Indica que con 21 de mayo de 2020, don Roberto Milanez Castillo, en representación de ROBERTO MILANEZ SpA, suscribió el PAGARÉ N° 420020207689, Crédito en Moneda Nacional No Reajustable en Cuota Fija, a la orden del Banco Código: EYRCXDEZYSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2384-2022 Santander- Chile, por la suma, en capital, de $ 58.078.870, valor de un préstamo que recibió en moneda nacional, pagadero en 23 cuotas, iguales mensuales y sucesivas de $ 3.045.894, con vencimiento los días 21 de cada mes, venciendo la primera cuota el día 21 de septiembre de 2020 y hasta el 21 de julio de 2022, más una última cuota número 24 por la suma de $ 3.045.907, con vencimiento el 21 de agosto de 2022. Señala que se estipuló en el pagaré que la suma prestada devengaría un interés del 1,54% mensual, calculado en base a meses de 30 días y por el número de días efectivamente transcurridos, y que en caso de mora o

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: EYRCXDEZYSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2384-2022 PRIMERO: Que Banco Santander-Chile, ha deducido demanda ejecutiva en contra de ROBERTO MILANEZ SpA, sociedad del giro de su denominación, representada por el señor Roberto Milanez Castillo, en su calidad de deudor principal y en contra de don ROBERTO MILANEZ CASTILLO, en su calidad de aval y/o codeudor solidario, por la suma de $ 11.722.731.- más el interés máximo para las operaciones de esta naturaleza y disponer se siga adelante con la ejecución hasta obtener el entero pago del capital adeudado, intereses y costas, en base a los fundamentos ya expuestos en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que la parte ejecutada opuso a la ejecución las excepciones del N° 7 y N° 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, conforme a las alegaciones señaladas en la parte expositiva de esta sentencia; solicitando además la reserva de sus derechos para juicio ordinario, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 473 del Código de Procedimiento Civil, respecto de la excepción del artículo 464 N°9 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que el ejecutante acompañó los siguientes documentos: 1. Pagaré Nº 420020207689, que se encuentra en custodia de este Tribunal bajo el N° 2012-2022 y 2. Tabla de desarrollo de la deuda o cartola de operación de crédito. Por su parte, el ejecutado no presento prueba. CUARTO: Que, el ejecutado dedujo la excepción del numeral 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidas en la ley para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea en relación al demandado. Código: EYRCXDEZYSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2384-2022 La excepción opuesta procede cada vez que falte alguno de los requisitos establecidos en las leyes para que proceda la acción ejecutiva, sea porque el título no reúne todas las condiciones legales para que se le considere como ejecutivo, o porque la deuda no es líquida, o porque no es actualmente exigible, debiendo entonces relacionarse con todos aquellos preceptos legales que consagran exigencias para que un determinado título tenga fuerza ejecutiva. QUINTO: Que, el ejecutado funda su oposición, señalando que el ministro de fe ante el cual se suscribió el pagaré, no autorizó ninguna firma puesta en él, por encontrarse en la página 8 del instrumento, en blanco. Que, en primer lugar, se debe analizar lo dispuesto en el artículo 401 Nº 10 del Código Orgánico de Tribunales, el cual prescribe “Son funciones de los notarios; autorizar las firmas que se estampen en documentos, privados, sea en su presencia o cuya identidad les conste”. Que, de la lectura del pagaré acompañado se desprende que este es un formato impreso de nueve páginas, que contempla la posibilidad de firma de 5 represent

Fallo

en mérito de lo expuesto, documentos acompañado; lo prescrito por la Ley N° 20.886 y lo dispuesto en el artículo 434 número 4 del Código de Procedimiento Civil, solicita tener por interpuesta la presente demanda ejecutiva en contra de ROBERTO MILANEZ SpA, sociedad del giro de su denominación, representada por el señor Roberto Milanez Castillo, en su calidad de deudor directo o principal, y en contra de don ROBERTO MILANEZ CASTILLO, ya individualizado, en su calidad de aval y/o codeudor solidario, ordenando se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por un total de $ 11.722.731 (once millones setecientos veintidós mil setecientos treinta y uno pesos) por concepto de saldo de capital, más los reajustes, intereses convenidos, compensatorios y moratorios, hasta la fecha de pago efectivo, declarando en definitiva que debe seguirse adelante con la ejecución hasta hacer a mi representado entero y cumplido pago del total de lo adeudado, con costas. Con fecha 17 de noviembre de 2022, comparece Álvaro Quaas Rojas, abogado, en representación de ROBERTO MILANEZ SPA, representada legalmente por don Roberto Milanez Castillo, quien viene en lo principal de su presentación a interponer las excepciones del artículo 464 N°7 del Código de Código: EYRCXDEZYSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2384-2022 Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes

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C-2384-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-2384-2022 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE CHILE/ROBERTO MILANEZ SPA Antofagasta, tres de Enero de dos mil veintitrés VISTOS: Con fecha 04 de septiembre de 2022, comparece Emilio González Corante, abogado, domiciliado en calle Arturo Prat N° 214, oficina 401, Antofagasta, en su calidad

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