2º Juzgado de Letras de Calama

MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/

Rol

V-844-2022

Fecha

5 de enero de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de agosto de 2022, siendo las 17:17 horas, don DAVID HERRERA ARELLANO, chileno, casado, abogado, RUT N° 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, Sociedad Chilena del giro de su denominación, RUT N° 76.907.760-K, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N° 1881, Oficina 2004, Providencia, Santiago, solicitó la constitución de una concesión minera de exploración, de sustancias concesibles en terrenos abiertos e incultos, de una superficie total de 300 hectáreas, a la que denominó “ALTAZOR 65D”, cuyo punto medio se sitúa en la Comuna de SAN PEDRO DE ATACAMA, Provincia de EL LOA, Región de Antofagasta y tiene las siguientes coordenadas U.T.M. AL NORTE 7.338.000,00 metros; AL ESTE 635.700,00 metros. SEGUNDO: Que el referido pedimento fue inscrito con fecha 02 de septiembre de 2022, a fojas 3033 bajo el Nº 1825, en el registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, correspondiente al año 2.022. TERCERO: Que con fecha 20 de septiembre de 2022, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería en la edición N° 43.356, CVE 2188753, el cual se encuentra agregado a la carpeta electrónica. CUARTO: Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, y las coordenadas Universales Transversales de Mercator (U.T.M.) de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración en trámite son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) PM 7.338.000,00 635.700,00 V1 7.339.500,00 635.200,00 V2 7.339.500,00 636.200,00 V3 7.336.500,00 636.200,00 V4 7.336.500,00 635.200,00 QUINTO: Que, mediante ordinario N° 7029, de fecha 16 de diciembre de 2022, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informa sin observaciones, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las Código: YTGCXDKGXRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, concluyendo que ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1º, 22, 34 y siguientes, 55, 57, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería; y 42 del Reglamento del cuerpo legal citado, resuelvo: I.- Declarar CONSTITUIDA la concesión de exploración “ALTAZOR 65D”, sobre una superficie total de 300 hectáreas, a favor de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA antes individualizada y APROBAR el plano. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme al artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Una vez certificada -a petición de la interesada- la ejecutoriedad de la pres

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FOJA: 9 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-844-2022 CARATULADO : MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/ Calama, cinco de Enero de dos mil veintitrés VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de agosto de 2022, siendo las 17:17 horas, don DAVID HERRERA ARELLANO, chileno, casado, abogado, RUT N° 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL CH

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