VIDAL/
Rol
V-149-2022
Fecha
3 de enero de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Jos Alejandro Wagner Tobar, mandatario judicialé de do a Lidia Barelicia Vidal Parra, domiciliada en calle Hu rfanos N 786,ñ é ° oficina 503-504, comuna de Santiago, solicitando la cancelaci n de laó hipoteca inscrita a fojas 4.054 N 6.523 del Registro de Hipoteca del a o° ñ 1973 del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í Expone que el Conservador de Bienes Ra ces se ha negado a inscribirí el alzamiento de la hipoteca indicada y que grava el inmueble de propiedad de su representada ubicada en pasaje Dinamarca N 4.173, correspondiente° al sitio N 591, manzana 2, poblaci n Independencia, comuna de Conchal ,° ó í inscrito a su nombre a fojas 17.466 N 15.190 del Registro de Propiedad del° a o 2004.ñ El alzamiento de la hipoteca se solicit basado en que garantizaba eló cumplimiento y el pago de E 25.000 correspondiente al saldo de precio, al° que se oblig el primitivo comprador Eleuterio Jes s Gonz lez Labra, enó ú á favor de don Manuel Jes s Araya Herrera.ú El contrato de compraventa se celebr sin vicios y la obligaci n deó ó pagar el precio se cumpli de forma ntegra, por tal motivo no existe unó í litigio pendiente, ni nunca lo hubo. No obstante, desconoce por qu dichaé cauci n no se alz al cumplimiento de la obligaci n que garantizaba. ó ó ó Han pasado 47 a os desde el contrato de compraventa y se hanñ sucedido otros tantos m s, arrastrando una hipoteca inconexa y prescritaá con largueza, contrato como el que celebr su representada el a o 2004,ó ñ compraventa que se encuentra inscrita a fojas 17.466 N 15.190 del a o° ñ 2004. Se evacu el informe del Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoó í se alando que de acuerdo a los antecedentes acompa ados estos no eranñ ñ id neos para cancelar dicho gravamen por lo que se debe estar a loó se alado en el art culo 2434 del C digo Civil.ñ í ó Código: WWXEXDXXNRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por resoluci n de 2 de noviembre de 2022
Fallo
por tanto, todosá ó los plazos para declarar la prescripci n extintiva tanto respecto de la deudaó como de las acciones para su cobro, se encuentran absolutamente cumplidos, no existiendo suspensi n ni interrupci n de la prescripci n.ó ó ó CUARTO: Que de otro lado, el art culo 2516 del C digo Civilí ó prescribe que la acci n hipotecaria y las dem s que proceden de unaó á obligaci n accesoria, prescriben junto con la obligaci n a que acceden, poró ó lo que encontr ndose prescrita la deuda principal y sus accesorios, es claroá Código: WWXEXDXXNRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que dicha hipoteca tambi n est prescrita, por lo que se har lugar a loé á á solicitado. En consecuencia y visto, adem s lo dispuesto en los art culos 1.698 yá í siguientes del C digo Civil y art culos 144, 170 y 817 y siguientes deló í C digo de Procedimiento Civil, y art culo 18 del Reglamento del Registroó í Conservatorio de Bienes Ra ces, se acoge la solicitud de autos debiendo elí Conservador de Bienes Ra ces de Santiago alzar la hipoteca inscrita a fojasí 4.054 N 6.523 del Registro de Hipotecas y Grav menes del a o 1973 y que° á ñ grava al inmueble inscrito a fojas N 1.7466 N 15.190 del Registro de° ° Propiedad del a o 2004. ñ Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, tres de enero de dos mil veintit
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-149-2022 CARATULADO : VIDAL/ Santiago, tres de enero de dos mil veintitr s.é VISTOS: Comparece don Jos Alejandro Wagner Tobar, mandatario judicialé de do a Lidia Barelicia Vidal Parra, domiciliada en calle Hu rfanos N 786,ñ é ° oficina 503-504, comuna de Santiago, solicitando la cancelaci n de laó hipoteca inscrit
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