BANCO DE CHILE/RAMÍREZ
Rol
C-1703-2022
Fecha
3 de enero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio N 1, comparece° n don Gaspar Cort s Moya, do aé ñ Alejandra Loyola Laree y do a Daniela Rodr guez Jeria, todos abogados,ñ í mandatarios de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros,í representada por su gerente general, don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante de Banco de Chile, sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó general, don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, quienes deducen demanda ejecutiva en contra de don Pablo Alejandro Ram rezí Pereira, ignoran profesi n u oficio.ó En el folio N 8, ° se notifica la demanda al ejecutado. En el folio N ° 9, el ejecutado opone a la ejecuci n la excepci n deló ó art culo 464, n mero 7, del C digo de Procedimiento Civil.í ú ó En el folio N ° 14, la ejecutante evac a el traslado.ú En el folio N 15, se declara admisible la excepci n y se la recibe a° ó prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Gaspar Cort s Moya,° é do a Alejandra Loyola Laree y do a Daniela Rodr guez Jeria, todosñ ñ í abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giroí cobranza a terceros, representada por su gerente general, don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n,ó ó representada, a su vez, por su gerente general, don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Blanco 1199, 4° piso, oficina 41, comuna de Valpara so, quienes deducen demanda ejecutivaí en contra de don Pablo Alejandro Ram rez Pereira,í ignoran profesi n uó oficio, con domicilio en Rep blica Dominicana 8, Playa Ancha, comuna deú Valpara so.í Se ala que, su representado, es due o y leg timo tenedor del pagarñ ñ í é que acompa a, suscrito en calidad de deudor principal por el ejecutado.ñ Dicho pagar fue suscrito por un capital original de $10.082.157 (diezé millones ochenta y dos mil ciento cincuenta y siete pesos), cantidad al que se Código: XXXYXDXBJRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl le debe aplicar una tasa de inter s mensual, que se se ala en el mismoé ñ documento. Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar anó ó í en 84 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 83 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $190.194 (ciento noventa mil ciento noventa y cuatro pesos), cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 31 de marzo de 2022 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer ná sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada y una cuota de $190.157 (ciento noventa mil ciento cincuenta y siete pesos) que se pagar elá 28 de febrero de 2019. Se hace presente que, como se estipul en el mismoó pagar , el monto de cada una de las cuotas indicadas incluye pago deé capital e intereses. En el mismo pagar se estipul que se acepta que el acreedor ené ó forma exclusiva y privativa pod a destinar en cada oportunidad el importeí total de las cuotas a la amortizaci n del capital y/o de los intereses, o deó ambos a la vez, en la proporci n que estime conveniente.ó Se pact que, el simple retardo y/o mora en el pago ntegro yó í oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultar a a Banco de Chileí para exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, consider ndose en tal evento la obligaci n como de plazo vencido,á ó pudiendo protestar y/o presentar a cobro este pagar . Sin perjuicio de loé anterior, a contar del simple retardo y/o mora y hasta el pago efectivo, la obligaci n devengar a el inter s m ximo convencional que la ley permiteó í é á estipular para operaciones de cr dito en moneda nacional no reajustable,é pero s lo si ste fuere superior al inter s que se encontrare rigiendo para laó é é obligaci n a la fecha de producirse e
Fallo
se declara admisible la excepci n y se la recibe a° ó prueba. Luego, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio N 1, comparece don Gaspar Cort s Moya,° é do a Alejandra Loyola Laree y do a Daniela Rodr guez Jeria, todosñ ñ í abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giroí cobranza a terceros, representada por su gerente general, don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional de Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n,ó ó representada, a su vez, por su gerente general, don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Blanco 1199, 4° piso, oficina 41, comuna de Valpara so, quienes deducen demanda ejecutivaí en contra de don Pablo Alejandro Ram rez Pereira,í ignoran profesi n uó oficio, con domicilio en Rep blica Dominicana 8, Playa Ancha, comuna deú Valpara so.í Se ala que, su representado, es due o y leg timo tenedor del pagarñ ñ í é que acompa a, suscrito en calidad de deudor principal por el ejecutado.ñ Dicho pagar fue suscrito por un capital original de $10.082.157 (diezé millones ochenta y dos mil ciento cincuenta y siete pesos), cantidad al que se Código: XXXYXDXBJRB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl le debe aplicar una tasa de inter s mensual, que se se ala en el mismoé ñ documento. Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pag
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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia. JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valpara so.º í CAUSA ROL : C-1703-2022. CARATULADO : BANCO DE CHILE/RAM REZ.Í MATERIA : JUICIO EJECUTIVO. Valpara so,í tres de enero de dos mil veintitr s.é VISTO: En el folio N 1, comparece° n don Gaspar Cort s Moya, do aé ñ Alejandra Loyola Laree y do a Daniela Rodr guez Jeria, todos abogados,ñ í mandatarios de Socofin S.A., persona
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