23º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE/DÍAZ

Rol

C-2272-2022

Fecha

3 de enero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1 compareci Felipe Hern n Fr as Jones, Abogado,ó á í mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco ITAó Ú CORPBANCA sociedad an nima bancaria continuador legal de Bancoó Corpbanca, cuyo representante legal es el Gerente General Gabriel Amado De Moura, Ingeniero Comercial, y ste a su vez en representaci n deé ó Tesorer a General de la Rep blica, representada legalmente por Luciaí ú Ximena Hern ndez Garrido, Ingeniero Civil Industrial, todos con domicilioá para estos efectos en Agustinas N 1291, piso 6, oficina G, comuna y ciudad° de Santiago, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contraé de FERNANDA JAVIERA MANRIQUEZ LEIVA, ignora profesi n uó oficio, domiciliado en Pasaje N 4461620, comuna de Pe alol n de esta° ñ é ciudad. A folio 7 se dio curso a la demanda y se orden despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 12 del cuaderno principal y 3 del cuaderno de apremio consta la notificaci n de la demanda, y el requerimiento de pago a la parteó demandada. A folio 13 compareci la parte ejecutada, quien estando dentro deó plazo opone excepciones a la ejecuci n las excepciones contempladas en losó Código: GSXXXDYRXNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2272-2022 Foja: 1 numerales 11 , 7 , 4 y 14 todas del art culo 464 del C digo de° ° ° ° í ó Procedimiento Civil. A folio 16 se tuvo por opuestas las referidas excepciones y se confirió traslado de ellas al ejecutante. A folio 17 compareci el ejecutante evacuando el traslado que le fueraó conferido y solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas. A folio 18 se tuvo por evacuado el traslado conferido a la ejecutante. Acto seguido, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer. Resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareci Felipe Hern n Fr as Jones, Abogado,ó á í mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco ITAó Ú CORPBANCA sociedad an nima bancaria continuador legal de Bancoó Corpbanca, cuyo representante legal es el Gerente General Gabriel Amado De Moura, Ingeniero Comercial, y ste a su vez en representaci n deé ó Tesorer a General de la Rep blica, representada legalmente por Luciaí ú Ximena Hern ndez Garrido, Ingeniero Civil Industrial, todos con domicilioá para estos efectos en Agustinas N 1291, piso 6, oficina G, comuna y ciudad° de Santiago, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contraé de FERNANDA JAVIERA MANRIQUEZ LEIVA, ignora profesi n uó oficio, domiciliado en Pasaje N 4461620, comuna de Pe alol n de esta° ñ é ciudad solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en suó contra por la suma de 141,0064 UF, equivalente en pesos al d a 12 deí octubre de 2021 por la suma de $4.252.644.- pagaderas seg n valor de laú unidad de fomento al d a del pago, por concepto de capital, m s losí á intereses pactados, devengados y los que se devenguen hasta el d a delí exacto e ntegro pago de la obligaci n, requerir de pago a la deudora yí ó Código: GSXXXDYRXNB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2272-2022 Foja: 1 disponer se siga adelante con sta ejecuci n hasta que a su representada seé ó le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Expuso que el ejecutante es due o de los siguientes pagar s:ñ é 1) Pagar de monto capital equivalente a 4,9537 Unidades deé Fomento, suscrito con fecha 10 de septiembre de 2021 y con vencimiento para el d a 12 de octubre de 2021.í 2) Pagar de monto capital equivalente a 136,0527 Unidades deé Fomento, suscrito y con vencimiento en las fechas referidas. Dichos pagar s fueron suscritos por el representante del Banco ené virtud de la cl usula d cimo quinta, numerales uno, dos y tres del Contratoá é de Apertura que se acompa a en un otros , a la orden de Corpbanca, hoyñ í denominado Itau Corpbanca. Se estipul que, en caso de mora o simple retardo en el pago deló capital adeudado, se devengar un inter s penal igual al inter s m ximoá é é á convencional que sea permitido estipular para operaciones en moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. Eló é inter s penal se calcular sobre el capital adeudado y comenzar a regiré á á desde la mora o simple retardo hasta la fecha de pago efectivo de lo adeudado. Por ltimo expuso que la firma del suscriptor en los pagar s seú é encuentra autorizada ante Notario, por lo que el t tulo goza de m ritoí é ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el art culo 434 N 4 del C digo deí º ó Procedimiento Civil. La deuda es l quida, actualmente exigible, y su acci ní ó no se en

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, fij ndose los hechos substanciales, pertinentes yá controvertidos, sobre los cuales sta debi recaer. Resoluci n interlocutoriaé ó ó de prueba que consta debidamente notificada a las partes a folios 19 y 20 respectivamente. A folio 22 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que compareci Felipe Hern n Fr as Jones, Abogado,ó á í mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco ITAó Ú CORPBANCA sociedad an nima bancaria continuador legal de Bancoó Corpbanca, cuyo representante legal es el Gerente General Gabriel Amado De Moura, Ingeniero Comercial, y ste a su vez en representaci n deé ó Tesorer a General de la Rep blica, representada legalmente por Luciaí ú Ximena Hern ndez Garrido, Ingeniero Civil Industrial, todos con domicilioá para estos efectos en Agustinas N 1291, piso 6, oficina G, comuna y ciudad° de Santiago, e interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar en contraé de FERNANDA JAVIERA MANRIQUEZ LEIVA, ignora profesi n uó oficio, domiciliado en Pasaje N 4461620, comuna de Pe alol n de esta° ñ é ciudad solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en suó contra por la suma de 141,0064 UF, equivalente en pesos al d a 12 deí octubre de 2021 por la suma de $4.252.644.- pagaderas seg n valor de laú unidad de fomento al d a del pago, por concepto de capital, m s losí á intereses pactados, devengados y los que se devenguen hasta el d a delí

Texto Completo (Preview)

C-2272-2022 Foja: 1 FOJA: 16 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2272-2022 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REP BLICA DEÍ Ú CHILE/D AZÍ Santiago, tres de Enero de dos mil veintitr s.é Visto: A folio 1 compareci Felipe Hern n Fr as Jones, Abogado,ó á í mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco ITAó Ú CORPBANCA sociedad an n

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica