Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua

INMOBILIARIA JYM PEÑAS SPA/SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL LAS MERCEDES LTDA

Rol

C-152-2021

Fecha

31 de diciembre de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece don MARIO TOM S SCHILLING FUENZALIDA,Á abogado, en representaci n de ó INMOBILIARIA JYM PE AS SPA, Ñ RUT 76.809.331-8, sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente poró ALEJANDRO ANTONIO MORALES PARADA, corredor de propiedades, todos domiciliados para estos efectos en Avenida La Dehesa 181, oficina 1211, comuna de Lo Barnechea, Santiago, quien deduce demanda en procedimiento ordinario de menor cuant a de cobro de pesos, en contra de don í SOCIEDAD AGR COLA YÍ COMERCIAL LAS MERCEDES LTDA., RUT 76.251.090-1, sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por don ó JUAN BAUTISTA CELIS VIDAL, ingeniero agr nomo, ambos con domicilio en calle 17 de marzo 464,ó Riesco Sur, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que expone. Sostiene que las partes celebraron un contrato de administraci n y desarrolloó de proyectos, con pago de comisi n por venta, lo que acreditar en la etapaó á procesal correspondiente, cuyo cobro consta en diversas facturas que no fueron pagadas de forma ntegra, completa ni oportuna por la demandada, quedando saldosí insolutos que se cobran en autos. En ese orden, expone que la demandada debe al actor las siguientes facturas: 1. Factura electr nica n mero 17, emitida con fecha 12 de febrero de 2020,ó ú por Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.400.000. 2. Factura electr nica n mero 18 emitida, con fecha 12 de febrero de 2020,ó ú por Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $3.000.000. 3. Factura electr nica n mero 20, emitida con fecha 7 de febrero de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.280.000. 4. Factura electr nica n mero 22, emitida con fecha 12 de febrero de 2020,ó ú por Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.280.000. 5. Factura electr nica n mero 23, emitida con fecha 7 de febrero de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.280.000. 6. Factura electr nica n mero 24, emitida con fecha 2 de marzo de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.600.000. Código: WYEFXDSRMFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7. Factura electr nica n mero 25, emitida con fecha 13 de marzo de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.600.000. 8. Factura electr nica n mero 26, emitida con fecha 13 de mayo de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.600.000. 9. Factura electr nica n mero 27, emitida con fecha 8 de junio de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.600.000. 10. Factura electr nica n mero 28, emitida con fecha 17 de junio de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.400.000. 11. Factura electr nica n mero 29, emitida con fecha 8 de junio de 2020, poró ú Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.600.000. 12. Factura electr nica n mero 30, emitida con fecha 17 de septiembre de 2020,ó ú por Inmobiliaria JYM Pe as SPA a la Sociedad Agr cola y Comercial Lasñ í Mercedes Ltda., por el monto total de $1.600.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1443,á í 1698, 2196, 2515 del C digo Civil, 253, 698 y siguientes del C digo deó ó Procedimiento Civil, y dem s normas legales pertinentes, á SE DECIDE: I.- Que SE RECHAZA la demanda deducida a folio 1. II.- Que se condena en costas a la parte demandante. An tese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í Dictada por do a Solange Diuana Eade, Juez Titular del Juzgado de Letrasñ y Familia de San Vicente de Tagua Tagua. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C., en San Vicente de Tagua Tagua, treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós. Código: WYEFXDSRMFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-31T10:37:17-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua CAUSA ROL : C-152-2021 CARATULADO : INMOBILIARIA JYM PEÑAS SPA/SOCIEDAD AGRICOLA Y COMERCIAL LAS MERCEDES LTDA San Vicente de Tagua Tagua, treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, comparece don MARIO TOM S SCHILLING FUENZALIDA,Á abogado, en representaci n de ó INMOBILIARIA JYM PE AS

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