12º Juzgado Civil de Santiago

CENTRAL HIPOTECARIA S.A./

Rol

V-345-2021

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don Nicolás Rodríguez Pinto, abogado, en representación judicial de CENTRAL HIPOTECARIA S.A., sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida El Bosque Central N° 65, oficina 6, comuna de Las Condes quien solicita se declare el extravío de la única copia autorizada endosable de la escritura pública de mutuo hipotecario que singulariza a continuación, donde consta un préstamo otorgado a don CARLOS EDINSON ELEVANCIL LÓPEZ, empleado, domiciliado en calle Oslo número 2528, comuna de Hualpén, Región del Bío Bío. Fundando su solicitud, señala que por escritura pública de fecha 26 de febrero de 2021 en la notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, CENTRAL HIPOTECARIA S.A. dio en préstamo a don CARLOS EDINSON ELEVANCIL LÓPEZ, antes individualizado, la cantidad de 1.447 UF Unidades de Fomento, por su equivalente en pesos moneda legal a la fecha del contrato, la que se dio por recibida a su entera satisfacción. Afirma que, a la fecha, la única copia endosable de la escritura de mutuo hipotecario, antes referida, se encuentra extraviada, por lo que CENTRAL HIPOTECARIA S.A. se encuentra en imposibilidad de ejercer los derechos que le asisten a fin de ceder por simple endoso la única copia endosable de la escritura que da cuenta del crédito Código: XWHLXDTEZXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 hipotecario, antes singularizado, e incluso ejercer directamente las acciones de cobro emanadas del mismo. En virtud de lo expuesto y dispuesto en las normas que cita, solicita que se declare el extravío de la única copia autorizada endosable de la escritura pública de mutuo hipotecario endosable, ya singularizado, declarando: (i) que, el único titular y dueño del crédito es CENTRAL HIPOTECARIA S.A., quien podrá ejercer todos los derechos que le corresponden como acreedor y portador legitimo del documento, reproduciendo la escritura de

Fallo

se declara el EXTRAVIO de la copia autorizada endosable del contrato de compraventa y mutuo hipotecario endosable, celebrado con fecha 26 de febrero de 2021 en la notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, Repertorio 1986-2021, entre don CARLOS EDINSON ELEVANCIL LÓPEZ (comprador, deudor, cliente o mutuario), Inmobiliaria Costa Sur SpA (vendedor), CENTRAL HIPOTECARIA (mutuaria o acreedora), cuya copia rola en Código: XWHLXDTEZXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 el folio 1, la que se entiende formar parte del presente fallo, autorizando a CENTRAL HIPOTECARIA, para ejercer los derechos que le correspondan, como dueño del mismo, quedando nulo y sin valor el ejemplar extraviado. Se ordena al Notario Público o Archivo Judicial respectivo a extender una única copia endosable de escritura pública, que da cuenta del mutuo hipotecario endosable, otorgado a don CARLOS EDINSON ELEVANCIL LÓPEZ, con fecha 26 de febrero de 2021, anotándose dicha circunstancia al margen de la matriz, y se autoriza a CENTRAL HIPOTECARIA para ejercer los derechos que le correspondan una vez emitida la copia autorizada endosable de la escritura pública del contrato de compraventa y mutuo hipotecario endosable, celebrado con fecha 26 de febrero de 2021 en la notaría de Concepción de don Ramón García Carrasco, Repertorio 1986-2021. Notifíquese esta sentencia a la solicitante, CENTRAL HIPOTECARIA y a don CARLOS EDINSON ELEVANCI

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Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-345-2021 CARATULADO : CENTRAL HIPOTECARIA S.A./ Santiago, treinta de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1 comparece don Nicolás Rodríguez Pinto, abogado, en representación judicial de CENTRAL HIPOTECARIA S.A., sociedad del giro de su denominación, ambos domiciliados, para estos

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