HUECHE / LAGOS
Rol
C-30627-2012
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
CONTRATO, RESOLUCIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do a Mar a In s Ibacache Hern ndez, abogada, en representaci n,ñ í é á ó conforme mandato judicial, de do a Uberlinda del Carmen Hueche Navarro, empleada,ñ ambas domiciliadas en calle Mac Iver N 225, piso 14, comuna de Santiago, quien° interpone demanda de resoluci n de contrato de promesa de compraventa eó indemnizaci n de perjuicios en contra de do a Juana de Dios Lagos Jara, empleada, conó ñ domicilio en pasaje Los Abedules N 9.736, comuna de La Granja, actualmente comuna° de San Ram n.ó Indica que la se ora Uberlinda del Carmen Hueche Navarro, es due a de lañ ñ propiedad ubicada en pasaje Los Abedules N 9736, ex comuna de La Granja, hoy° comuna de San Ram n, seg n consta en certificado de dominio vigente inscrito a fojasó ú 7.403 N 5.851 del a o 2010 del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel. ° ñ í A ade que, con fecha 29 de abril de 2009, su representada suscribi con lañ ó demandada un contrato de promesa de compraventa por medio del cual se obligaba a vender el inmueble de su propiedad ubicado en Pasaje Los Abedules N 9.736, comuna° de La Granja, actualmente comuna de San Ram n, dentro del plazo de 6 meses deó suscrito el contrato. El precio fijado en la promesa por la futura compra fue establecido por las partes en la $12.000.000, de los cuales, la promitente compradora entreg en eló acto la suma de $600.000, suma que deb a ser devuelta dentro de los 15 d as posterioresí í al pago total por la venta. Transcurrido el plazo de 6 meses establecido para celebrar el contrato prometido, este ltimo no se perfeccion fruto de la insolvencia de laú ó promitente compradora quien no logr reunir el dinero pactado. ó Sostiene que, al no cumplirse las obligaciones pactadas en el contrato de promesa, en el sentido de no pagar la promitente compradora dentro del plazo el valor pactado en la convenci n, la promitente vendedora se ve en la obligaci n de tener que solicitar laó ó resoluci n del contrato por incumplimiento de lo pactado. ó Refiere que desde
Fundamentos
motivos expuestos, solicita que se acoja la demanda de resoluci n deó contrato con indemnizaci n de perjuicios y se declare resuelto el contrato de promesaó suscrito entre las partes con fecha 29 de abril de 2009 y que la propiedad ubicada en pasaje Los Abedules N 9736, ex comuna de La Granja, actual comuna de San Ram n,° ó sea devuelta a do a Uberlinda del Carmen Hueche Navarro; y que se condene a lañ parte demandada a pagar una indemnizaci n de perjuicios de $1.000.000 comoó resarcimiento a los da os ocasionados por el incumplimiento indicado; m s intereses yñ á reajustes que correspondan, con costas. Código: HXJXXDHYEXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30627-2012 Foja: 1 A fojas 21, se notific en conformidad al art culo 44 del C digo de Procedimientoó í ó Civil a la parte demandada. A fojas 23, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parte demandadaí y se cit a las partes a audiencia de conciliaci n.ó ó A fojas 27, se llev a cabo la audiencia de conciliaci n con la comparecencia deló ó apoderado de la parte demandante y de la apoderada de la parte demandada, sin que se produjera. A fojas 29, se recibi la causa a prueba, fij ndose los hechos sustanciales,ó á pertinentes y controvertidos. A fojas 134, se cit a las partes a o r sentencia. ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece do a Mar a In s Ibacache Hern ndez, abogada,ñ í é á en representaci n, conforme mandato judicial, de do a Uberlinda del Carmen Huecheó ñ Navarro, quien interpone demanda de resoluci n de contrato de promesa deó compraventa e indemnizaci n de perjuicios en contra de do a Juana de Dios Lagos Jara,ó ñ y solicita que se acoja la demanda de resoluci n de contrato con indemnizaci n deó ó perjuicios y se declare resuelto el contrato de promesa suscrito entre las partes con fecha 29 de abril de 2009 y que la propiedad ubicada en pasaje Los Abedules N 9736, ex° comuna de La Granja, actual comuna de San Ram n, sea devuelta a do a Uberlindaó ñ del Carmen Hueche Navarro; y que se condene a la parte demandada a pagar una indemnizaci n de perjuicios de $1.000.000 como resarcimiento a los da os ocasionadosó ñ por el incumplimiento indicado; m s intereses y reajustes que correspondan, con costas.á Funda su demanda en los motivos expresados en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parteí demandada. TERCERO: Que la demandante con el objeto de acreditar los hechos alegados en su demanda rindi la prueba consistente en:ó 1.- Contrato de promesa de compraventa suscrito por escritura p blica de fechaú 28 de abril de 2009, celebrado entre do a Uberlinda del Carmen Hueche Navarro yñ do a Juana de Dios Lagos Jara. ñ 2.- Copia de Inscripci n de fojas 7403 N 5851 del a o 2010 del Conservador deó ° ñ Bienes Ra ces de San Miguel.í 3.- Certificado de aval o Fiscal primer semestre de 2013, propiedad ubicada enú Pasaje Los Abedules 9736, comuna de San
Fallo
se declara:ó I.- Que, se acoge la demanda de resoluci n de contrato con indemnizaci n deó ó perjuicios, en consecuencia se declara resuelto el contrato de promesa de compraventa celebrado con fecha 28 de abril de 2009 por escritura p blica repertorio N 15.555/2009,ú ° suscrita ante el Notario P blico don Ra l Iv n Perry Pefaur, entre do a Uberlinda delú ú á ñ Carmen Hueche Navarro, en calidad de promitente vendedora, y do a Juana de Diosñ Lagos Jara, en calidad de promitente compradora, respecto del inmueble ubicado en pasaje Los Abedules N 9736, sector Poblaci n La Bandera, ex comuna de La Granja,° ó hoy comuna de San Ram n.ó II.- Que se condena a la parte demandada a hacer devoluci n del inmuebleó objeto del contrato dentro del plazo de 10 d as desde que la sentencia se encuentre firmeí y ejecutoriada. III.- Que se condena a la parte demandada a pagar a t tulo de indemnizaci n deí ó perjuicios la suma de $1.000.000 (un mill n de pesos) m s los reajustes e interesesó á se alados en el motivo d cimo tercero.ñ é IV.- Que se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol C-30.627-2021. DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZAÑ Ó TITULAR. Código: HXJXXDHYEXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-30627-2012 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.
Texto Completo (Preview)
C-30627-2012 Foja: 1 FOJA: 139 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-30627-2012 CARATULADO : HUECHE / LAGOS San Miguel, treinta de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: Comparece do a Mar a In s Ibacache Hern ndez, abogada, en representaci n,ñ í é á ó conforme mandato judicial, de do a Uberlinda del Carmen Hueche Navarro, empleada,ñ ambas do
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