3º Juzgado Civil de Temuco

FISCO DE CHILE, CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/INVERSIONES SOCIETAS SPA

Rol

C-5065-2018

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don Oscar Exss Krugman, Abogado Procurador Fiscal, en representaci n del ó FISCO DE CHILE, persona jur dica deí Derecho P blico, ambos con domicilio en la ciudad de Temuco, en calleú Arturo Prat N 847, segundo piso, oficina N 202 e indica que en° º representaci n del ó FISCO DE CHILE, viene en entablar demanda de reivindicaci n, en juicio ordinario de hacienda, en contra deó INVERSIONES SOCIETAS SPA, persona jur dica del giro de suí denominaci n, R.U.T. N : 76.268.545-0, representada legalmente por donó ° Alberto Ernesto Garc a Dom nguez, ingeniero comercial, ambosí í domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago, en calle Ej rcito N 34,é ° piso tres, con el determinado objeto de que, en definitiva, se declare que el Fisco de Chile es nico y exclusivo due o del lote de terreno denominadoú ñ LOTE A-CATORCE vendido, sobre la base, como se especificar m sá á adelante, de un plano de subdivisi n inoponible a su representado, por losó se ores (1) DOMINGO ANTONIO, (2) JUAN BAUTISTA, (3) JOSEñ ALEJANDRO, (4) JOSE PILAR, (5) EUDOCIO HERNAN, (6) HONORIA DEL CARMEN, (7) JOSE MANUEL, (8) MARIA ESTER, (9) MARIANA DEL CARMEN, todos de apellidos BRIONES VINES, (10) GENOVENA VINES PINO, y (11) CARLOS EMILIANO MORALES CURILLAN a la sociedad INVERSIONES SOCIETAS SPA, por escritura p blica de fecha 5 de noviembre de 2015, Repertorio N 3793, otorgadaú ° ante el notario p blico de Villarrica don C sar Hugo Sa z Neira, suplenteú é é Código: XXPXXDXKCQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del titular don Francisco Javier Mu oz Flores, complementada y aclaradañ por escritura p blica de fecha 21 de diciembre de 2015, Repertorio Nú ° 3276, otorgada ante el notario p blico de Villarrica don Francisco Javierú Mu oz Flores, inscrita a fojas 1148, bajo el n mero 2255, del Registro deñ ú Propiedad de 2016 del Conservador de Bienes Ra ces de Puc n, se dispongaí ó su restituci n al Fisco de Chile dentro

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho y argumentos que se hicieron valer en la demanda reivindicatoria. A folio 96, rectificada a folio 99, consta d plica de la demandadaú haciendo presente el rechazo absoluto de la demanda de autos por esta parte, en virtud de que la contraria no ha aportado antecedente alguno siquiera que permita presumir la pretensi n de dominio que reclama, taló como se desprende de los documentos aparejados a estos autos, de los cuales se colige que el dominio del predio sub lite es de su representado y no consta documento alguno ni probanza alguna que permita sostener lo contrario y si as fuere la acci n de autos se encuentra prescritaí ó extraordinariamente, toda vez que han transcurrido m s de diez a os,á ñ conforme lo establecido en el Art culo 2506 del C digo Civil, por lo que noí ó puede admitirse la demanda de autos o seguir una acci n contra t tuloó í legalmente inscrito. A folio 104 se recibi la causa a prueba.ó A folio 107 consta notificaci n por c dula de la sentenciaó é interlocutoria de prueba al demandante. A folio 110 consta notificaci n por el estado diario de la sentenciaó interlocutoria de prueba a la demandada. A folio 229 se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: Código: XXPXXDXKCQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- EN CUANTO AL INCIDENTE DE OBJECI NÓ DOCUMENTAL INTERPUESTO POR EL DEMANDANTE AL FOLIO 2 DEL CUADERNO 4 DE OBJECI N DEÓ DOCUMENTOS. PRIMERO: Que el incidentista se ala que viene en objetar por falta deñ autenticidad, los documentos acompa ados por la demandada mediante el“ ” ñ escrito que consta en folio 130 del cuaderno principal y que se tuvieron– por acompa ados, con citaci n, por resoluci n de 5 de mayo de 2022,ñ ó ó escrita en folio 132 que en ese escrito se identifican como 2.- Croquis que– “ representada en fotograf a la playa como ajena al inmueble sublite y 3.-í ” “ Informe en derecho suscrito por el abogado Juan Carlos Orellana ( ) ,… ” respectivamente, dado que ellos corresponden a simples instrumentos privados, por una parte, un supuesto informe en derecho emanado aparentemente de un tercero, no ratificado en el presente juicio, mientras que el otro documento ni siquiera se ala de qui n emanar a; por lo queñ é í carecen de todo m rito probatorio, sin perjuicio, adem s, de queé á jur dicamente ni siquiera constituyen verdadera prueba documental ení juicio, ya que por su contenido versar sobre puntos de hecho para cuya– apreciaci n se necesitan conocimientos especiales de una ciencia o arteó – ser an propios de la prueba pericial, pero quien ser a su respectivo autor noí í ha sido nombrado perito en esta causa, por lo que mediante esos documentos se est pretendiendo sustituir, al margen de toda ritualidadá procesal, lo que es propio de una prueba pericial, pero sin sujeci n aó absolutamente ninguna de las reglas que para la producci n de dichaó prueba establece el C digo de Procedimiento Civil. Cabe d

Fallo

fallo cause ejecutoria y se condene en costas al demandado. Los deslindes especiales y la superficie de lo que aqu se reivindica son los siguientes:í LOTE A-CATORCE, resultante de la subdivisi n de un inmueble deó mayor extensi n denominado Lote A, ubicado en Sector Caburga, comunaó de Puc n, que, seg n su t tulo, tiene una superficie de 5.041 metrosó ú í cuadrados, cuyos deslindes especiales son: Norte, 49,48 metros con otros“ propietarios; Oriente, 159,9 metros con camino p blico Puc n Caburga;ú ó Sur, 42,46 metros con Le nidas Jaime Candia; Poniente, 143,97 metros conó Lago Caburga Para una mayor precisi n en cuanto a la ubicaci n, cabida” ó ó y deslindes materia de la presente acci n reivindicatoria, deja constanciaó que es parte integrante de la presente demanda el plano archivado bajo el n mero 390 de los agregados al Registro de Propiedad del a o 2013 delú ñ Conservador de Bienes Ra ces de Temuco, que modifica la subdivisi n delí ó lote A, de 13 a 14 lotes, creando el lote A-14, objeto de la presente“ ” demanda. I.) LOS HECHOS: 1.) Antecedentes del LOTE UNO del predio Las Quince : Don Juan Bautista Briones adquiri el dominio de un“ ” ó inmueble de una superficie de 15 hect reas de superficie, que es parte de uná predio de mayor extensi n, ubicado en Caburga, comuna de Puc n, poró ó tradici n, y que, seg n sus t tulos, deslinda: Norte, con Manuel Floresó ú í “ Solis; Sur, con Rafael Lihueque; Oriente, con m s terreno del vendedor; yá Poniente, con Lago Caburga , sirvien

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-5065-2018 CARATULADO : FISCO DE CHILE, CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/INVERSIONES SOCIETAS SPA Temuco, treinta de diciembre de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1 comparece don Oscar Exss Krugman, Abogado Procurador Fiscal, en representaci n del ó FISCO DE CHILE, persona jur dica deí Derecho P blico, ambos con domic

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