2º Juzgado Civil de Temuco

RÍOS/

Rol

V-91-2021

Fecha

30 de diciembre de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE : Que, a 12 de mayo de 2021, a folio 1, comparece doña SORAYA HERRERA BASCUR, abogada, domiciliada en calle Antonio Varas N° 989, oficina N° 1404, comuna y ciudad de Temuco; en representación de don SANDRO NICOLÁS RÍOS RÍOS, chileno, empleado público, casado, cédula de identidad 9.207.601-6, domiciliado en calle Los Boldos N° 33, Villa El Bosque, Freire, Región de La Araucanía, que, de conformidad a lo prevenido en los artículos 393 y siguientes del Código Civil, Artículo 877 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicita que se decrete judicialmente la autorización para que pueda enajenar las acciones y derechos hereditarios que corresponden al hermano interdicto de su representado, don ALFONSO ALEX RÍOS RÍOS, respecto del bien inmueble que conforma la masa hereditaria quedada al fallecimiento de su madre, doña RAQUEL RÍOS CONTRERAS, y de su padre don ALFONSO RÍOS PAREDES, conforme a los

Fundamentos

fundamentos siguientes: Su representado es hermano de don ALFONSO ALEX RÍOS RÍOS, chileno, soltero, cédula nacional de identidad N°11.129.680-4, con domicilio en calle Los Boldos N° 33, Villa El Bosque, Freire, Región de La Araucanía, quien se encuentra interdicto por demencia según sentencia de fecha 16 de Diciembre del año 2017, seguida ante el Tercer Juzgado de Letras En lo Civil de Temuco, en los autos Rol , la cual se encuentra inscrita a Fojas 2.666 Número 2.053 del Año 2018, en el Registro de Prohibiciones del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Que, su representado y su hermano interdicto, son parte de la sucesión intestada quedada al fallecimiento de su madre, doña RAQUEL RÍOS CONTRERAS, cédula de identidad N.º 1.330.806-3 y de su padre don ALFONSO RÍOS PAREDES, cédula de identidad N° 173.186-6, la cual se encuentra conformada por los siguientes bienes: a) Inmueble ubicado en la comuna de Código: XWSYXDCNWNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Loncoche, de 625 metros cuadrados, cuyos deslindes especiales son: NORTE: Alejandro Rojas, en 25 metros y Eloísa Matus Muñoz, en 25 metros, ambos separados por cerco; ESTE: Juan Rivas, en 12,50 metros, separado por cerco; SUR: Javier Barría en 50 metros, separado por cerco; OESTE: calle Alonso de Ercilla en 12,50 metros. Propiedad que se encuentra inscrita a Fojas 585 Número 882, del Registro de Propiedad del año 2017, del Conservador de Bienes Raíces de Loncoche (acciones y derechos correspondientes a la cuota hereditaria de su madre) y a Fojas 491 vuelta Número 772, del año 2013, del Registro de Propiedad de Bienes Raíces de Loncoche (respecto a la cuota de su padre). Cabe indicar que dicha comunidad hereditaria se encuentra conformada además por las siguientes personas: doña SONIA ELIZABETH RIOS RIOS, cédula nacional de identidad N.º 7.931.557-5, doña MARGARITA LEONOR RIOS RIOS, cédula nacional de identidad N.º 12.040.97-0 y don DIEGO ANDRES RIOS ARRIAGADA, cédula nacional de identidad N° 16.806.384-9 y don CARLOS ALONSO RIOS ARRIAGADA, cédula nacional de identidad N° 15.293.686-9. Agrega que hoy existe la necesidad de efectuar transferencia de las acciones y derechos que corresponden en la propiedad mencionada con anterioridad, hecho que sería útil y beneficioso para todos los herederos. En consideración, a lo anteriormente expuesto, solicita la autorización para enajenar las acciones y derechos que recaen en el inmueble singularizado anteriormente por causa de utilidad pública en favor del hermano interdicto de su representado, don ALFONSO ALEX RÍOS RÍOS.

Fallo

Por tanto, en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en los Artículos 393 y siguientes del Código Civil, Artículo 877 y siguientes el Código de Procedimiento Civil y, demás disposiciones legales que correspondan, solicita tener por interpuesta solicitud de autorización para enajenar, admitirla a tramitación, y, en definitiva, previo a los tramites de rigor, acogerla autorizando la enajenación requerida sobre el siguiente inmueble: a) Inmueble ubicado en la comuna de Loncoche, de 625 metros cuadrados, cuyos deslindes especiales son: NORTE: Alejandro Rojas, en 25 metros y Eloísa Matus Muñoz, en 25 metros, ambos separados por cerco; ESTE: Juan Rivas, en 12,50 metros, separado por cerco; SUR: Javier Barría en 50 metros, separado por cerco; OESTE: calle Alonso de Ercilla en 12,50 metros. Propiedad que se encuentra inscrita a Fojas 585 Número 882, del Registro de Propiedad del año 2017, del Conservador de Bienes Raíces de Loncoche (acciones y derechos correspondientes a la cuota hereditaria de su madre) y a Fojas 491 vuelta Número 772, del año 2013, del Registro de Propiedad de Bienes Raíces de Loncoche (respecto a la cuota de su padre). Que, junto a la presentación de folio 1 la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1. Copia de sentencia del Tercer Juzgado de Letras En lo Código: XWSYXDCNWNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Civil de Temuco, en los autos Rol V-53-2017; 2. Copia de inscri

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-91-2021 CARATULADO : R OS/Í Temuco, treinta de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE : Que, a 12 de mayo de 2021, a folio 1, comparece doña SORAYA HERRERA BASCUR, abogada, domiciliada en calle Antonio Varas N° 989, oficina N° 1404, comuna y ciudad de Temuco; en repr

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