ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA/CABEZAS
Rol
C-1873-2020
Fecha
29 de diciembre de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 24 de septiembre de 2020, compareci don ó LUIS ALBERTO TORRES FOSTER, abogado, en representaci n de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA, todos domiciliados en Avenida comercio N 121, comuna de Requinoa, quien interpuso demanda ejecutiva de obligaci n de° ó dar en contra de don GUSTAVO ALEJANDRO CABEZAS VALDIVIA, c dulaé de identidad N 13.569.457-6, ignora profesi n u oficio, con domicilio en Valent n° ó í Z iga N 75, comuna de Requ noa fin de que se despache mandamiento deúñ ° í ejecuci n y embargo en su contra por la suma de $8.301.983.-, ordenando que seó siga adelante con la ejecuci n hasta el entero pago de dicha suma, todo con expresaó condenaci n en costas.ó Fund su acci n se alando que, la demandada es una persona natural que seó ó ñ encontrar a inserta en el mbito comercial, lo que a su vez tambi n se desprende deí á é las actividades econ micas que mantiene vigente en el Servicio de Impuestosó Internos. Invoc al fundar su acci n lo dispuesto en el dictamen N 11721 de 14-03-ó ó º 2006 Contralor a General de la Rep blica y los art culos 23 inciso primero, 24í ú í inciso primero y 27 del Decreto Ley N 3.063, de 1979 sobre Rentas Municipales,° en virtud de los cuales y
Fundamentos
considerando que la ejecutada es una persona jur dica queí persigue fines de lucro, sociedad comercial constituida con el objeto de obtener frutos y beneficios, se encuentra obligada al pago de la contribuci n de la patenteó municipal, aunque no mantengan autorizaci n municipal.ó As , indic que la demandada ejerc a actividades lucrativas como lo se ala laí ó í ñ situaci n tributaria de terceros del Servicio de Impuestos Internos al 4 deó septiembre de 2020, que se alar a como actividad transporte de carga porñ í “ carretera , estando sujeta al pago de patente municipal al ser una actividad” terciaria. Argument que dicho de otra manera, toda actividad- prescindiendo de suó naturaleza o clasificaci n- que persiga una finalidad vinculada a la obtenci n deó ó lucro, constituye un hecho gravado con esta especie de tributo. Y trat ndose deá sociedades en general, cabe tener presente que conforme a lo dispuesto en el Código: TXCTXDHZXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1873-2020 Foja: 1 art culo 2053 del C digo Civil, una de sus finalidades esenciales estriba en obtenerí ó beneficios destinados a ser repartidos entre los socios, beneficios que, conforme el art culo 2055 del mismo C digo, deben sustancialmente ser apreciados en dinero.í ó Indic que, en vista de lo expuesto, se justificar a el cobro de la patente,ó í cumpli ndose con lo dispuesto en el art culo 23 de la Ley de Rentas municipales yé í a la letra c) del art culo 2 del Decreto Supremo N 484 de 1980, del Ministerio delí ° ° Interior, que reglamenta la aplicaci n de los art culos 23 y siguientes de la Ley deó í ° Rentas Municipales. Indic que, la demandada, no obstante, haber ejercido una actividadó gravada, no ha pagado suma alguna por dichas patentes, cuyo monto asciende a los $ 8.301.983.-, correspondiente a los periodos se alados en el certificado municipalñ acompa ado.ñ Manifest que, al d a 04 de septiembre del a o 2020, la deuda ascender a aó í ñ í $8.301.983.-, abarcando los periodos que corresponden desde el a o 2012 hasta el a oñ ñ 2020, incluyendo los reajustes e intereses establecidos en el art culo 48 de la í Ley de Rentas Municipales, monto que corresponde al detalle que a saber es el siguiente: - Valor Patente: $4.067.200.- - IPC: $537.989.- - Intereses: $3.696.794.- - Total deuda: $8.301.983.- Sostuvo que, dicho monto adeudado constar a en certificado deí deuda emitido por la Sra. Secretar a Municipal de la Ilustre Municipalidad deí Requinoa, do a ñ Mar a Ang lica Villareal Scarabelloí é , con fecha 04 de septiembre del a o 2020ñ . Por ltimo, indic que, trat ndose de una obligaci n de dar una suma deú ó á ó dinero y considerando el tenor del certificado aludido precedentemente, quedar a deí manifiesto que la deuda es l quida, no se encuentra sujeta a condici n, plazo, modoí ó u otro tipo de modalidad que suspenda o limite su exigibilidad, por lo que sin dudas es del todo exigible, y el t tulo se encuentra
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, y se recibieron a prueba, fij ndose los hechos sustanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los cuales stas deb an de recaer.é í Con fecha 26 de mayo del a o en curso, a folio 33, se cit a las partes a o rñ ó í sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 24 de septiembre de 2020, compareci don ó LUIS ALBERTO TORRES FOSTER, abogado, en representaci n de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA, quien interpuso demanda ejecutiva de obligaci n de dar en contra de don ó GUSTAVO ALEJANDRO CABEZAS VALDIVIA, c dula de identidad N 13.569.457-6, é ° solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma de ó $8.301.983.-, m sá reajustes, intereses y multas, ordenando que se siga adelante con la ejecuci n hasta eló entero pago de dicha suma, todo con expresa condenaci n en costas, atendidos losó antecedentes de hecho y de derecho rese ados en la parte expositiva del presente fallo.ñ SEGUNDO: Que, con fecha 3 de febrero de 2021, a folio 18, compareci eló ejecutado, don GUSTAVO ALEJANDRO CABEZAS VALDIVIA, quien se opuso a la ejecuci n las siguientes excepciones, la del N 4 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, esto es, la ineptitud de libelo por falta de alg n requisito legalú en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en el art culoí 254, la del N 17 ° esto es, la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva y laó ó ó del N 7
Texto Completo (Preview)
C-1873-2020 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-1873-2020 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA/CABEZAS Rengo, veintinueve de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 24 de septiembre de 2020, compareci don ó LUIS ALBERTO TORRES FOSTER, abogado, en representaci n de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA, todos domiciliado
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica