COMPAÑIA MINERA MANTOS DE ORO/
Rol
V-62-2021
Fecha
30 de diciembre de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Gustavo Pezoa Rosales, Ingeniero Geomensor, chileno, casado, cédula nacional de identidad N° 9.619.934-1, en representación de COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA, sociedad contractual minera chilena, R.U.T. N° 76.038.806-8, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Los Carrera N° 6651, ciudad de Copiapó, quien, según presentación de fecha 14 de enero de 2021, manifiesta 40 pertenencias de 5 hectáreas cada una, lo que hace un total de 200 hectáreas, a las que denomina “TOMY 1 1 AL 40”, ubicadas en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. 2°) Que se debe dejar constancia que esta manifestación se formula en uso del derecho que a su titular otorga la concesión de exploración “TOMY 1”, cuyo pedimento fue presentado ante el Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad, bajo el Rol V-2229-2018, el 13 de septiembre de 2018, fecha que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Código de Minería, debe ser tenida como la de presentación de esta manifestación. 3°) Que la manifestación señalada en el considerando primero se inscribe el 26 de enero de 2021, a fojas 435 N° 283 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó y se publica el 15 de febrero de 2021, en el Boletín Oficial de Minería N° 42.881 4º) Que con fecha 21 de agosto de 2021, fue solicitada la mensura de las pertenencias “TOMY 1 1 AL 40”, habiéndose mensurado solo 3 pertenencias de las inicialmente manifestadas, con una superficie total de 15 hectáreas, denominándose “TOMY 1 1 AL 3”. La solicitud de mensura fue publicada con fecha 15 de septiembre de 2021, en el Boletín Oficial de Minería N° 43.055. Sin que dentro de plazo legal se presentase opositor alguno. Código: YQHWXDEZXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5º) Que a folio 21 consta informe con observaciones del Servicio Nacional de Geología y Minería, ordinario N° 2888 de fecha 10 de junio de 2022, el cual fue puesto en conocimiento de la parte interesada. A folio 29. Se agrega informe favorable del mismo Servicio, ordinario N° 4237 de fecha 11 de agosto de 2022, que da cuenta que la operación de mensura fue practicada de forma correcta. A folio 43, se tiene por recepcionado informe del Servicio aludido, correspondiente al ordinario N° 5907 de fecha 24 de octubre de 2022, el cual enmienda el nombre de la concesión de autos. 6º) Que las coordenadas U.T.M. que identifican cada uno de los vértices del perímetro mensurado son: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) P.I. 6.994.200,00 488.700,00 L1 6.993.800,00 488.200,00 L2 6.993.800,00 489.700,00 L3 6.993.700,00 489.700,00 L4 6.993.700,00 488.200,00 7º) Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. Y visto, además lo dispuesto en los artículos 2º, 34, 85 y 87 del Código de Minería,
Fallo
se resuelve: Declárense constituidas las pertenencias “TOMY 1 1 AL 3”, con una superficie total de 15 hectáreas, ubicadas Cerro Pastillito, Comuna y Provincia de Copiapó, en favor de COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA, antes individualizada y apruébense su plano y acta de mensura. Dese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Remítase copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología de Minería. Regístrese, notifíquese y dense copias y practíquense cada una de las diligencias una vez ejecutoriada. Hecho, archívese. Pronunciada por doña Alejandra Orellana Negrez, Jueza Titular del Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad. Código: YQHWXDEZXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Copiapó, treinta de Diciembre de dos mil veintidós. amc Código: YQHWXDEZXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-30T11:30:32-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-62-2021 CARATULADO : COMPAÑIA MINERA MANTOS DE ORO/ Copiapó, treinta de Diciembre de dos mil veintidós Vistos y considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Gustavo Pezoa Rosales, Ingeniero Geomensor, chileno, casado, cédula nacional de identidad N° 9.619.934-1, en representación de COMPAÑÍA MINERA MARICUNGA,
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