CASTRO/LIMPIEZA INDUSTRIAL DANTON CLEAN S.P.A.
Rol
O-17-2020
Fecha
18 de julio de 2023
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en el libelo pretensor y asimismo no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos de conformidad a lo dispuesto en el artículo 453 N° 3 del Código del trabajo, se omita la recepción de prueba y se proceda a dictar sentencia de inmediato, acogiendo la demanda de inicio en todas sus partes, con reajustes e intereses y costas de la contraria. Resolución del Tribunal.
Fundamentos
Considerando que la demandada pese a estar válidamente notificada, no asistió a la presente audiencia, es que se hace lugar a lo solicitado y se aplica lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7° y lo dispuesto en el artículo 453 N° 3 del, ambos del Código del trabajo, se tiene tácitamente admitidos todos y cada uno de los hechos contenidos en el libelo pretensor y asimismo no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omite la recepción de prueba y se procede a dictar sentencia de inmediato, acogiendo la demanda de inicio en todas sus partes. PROCEDIMIENTO: ORDINARIO MATERIAS: DESPIDO IMPROCEDENTE; NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES Y PREVISIONALES. DEMANDANTE: JOSÉ MIGUEL CASTRO OTÁROLA DEMANDADO PRINCIPAL: LIMPIEZA INDUSTRIAL DANTON CLEAN S.P.A. DEMANDADO SOLIDARIO: HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. RIT: O-17-2020 RUC: 20-4-0251217-3 ______________________________/ En virtud de lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia, se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva. La Calera, dieciocho de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO:
Fallo
POR TANTO, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 1, 11, 63, 73, 161, 162, 183 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda deducida por don JOSÉ MIGUEL CASTRO OTÁROLA, R.U.T.: 8.800.959-2, en contra de LIMPIEZA INDUSTRIAL DANTON CLEAN S.P.A., RUT 76.574.152-1, representada por doña MARÍA ANGÉLICA DÍAZ FUENTES, R.U.T.: 8.408.204-K, todos ya individualizados y por consiguiente se declara que el despido que fue objeto es nulo e improcedente por lo que se condena a la demandada principal a pagar las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo equivalente a $355.477.- (trescientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos setenta y siete pesos). b) Indemnización por 5 años de servicios por la suma de $1.777.383.- (un millón setecientos setenta y siete mil trescientos ochenta y tres pesos), recargada en un 30% de conformidad a lo establecido en el literal a) del artículo 168, del Código del Trabajo, que corresponde a la suma de $533.215.- (quinientos treinta y tres mil doscientos quince pesos). c) Feriado legal del periodo 01 de junio de 2018 al 01 de junio de 2019, ascendente a $248.829.- (doscientos cuarenta y ocho mil ochocientos veintinueve pesos); y proporcional del periodo 02 de junio al 10 de diciembre, ambos de 2019, por la suma de $104.626.- (ciento cuatro mil seiscientos veintiséis pesos). d) Remuneración íntegra del periodo 01 de noviembre de 2019 al 10 de diciembre de 2019, por la suma total de $473.964.- (cuat
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO VIDEO CONFERNCIA PLATAFORMA ZOOM ID 3348049490 FECHA Dieciocho de julio de dos mil veintitrés RUC 20-4-0251217-3 RIT O-17-2020 MAGISTRADO ANDREA PIZARRO PERALTA ADMINISTRATIVO DE ACTAS SHEILA DUPUIS WIGGS HORA DE INICIO 09:00 HORAS HORA DE TERMINO 09:18 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0251217-3-98 PARTE DEMANDANTE JOSÉ MIGUEL
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