16º Juzgado Civil de Santiago

TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PUBLICA DR ALEJANDRO DEL RIO

Rol

C-33448-2019

Fecha

29 de diciembre de 2022

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 2 de diciembre de dos mil diecinueve, comparece don Rodrigo Javier Atal Achelat, abogado, en representaci n de la sociedadó Tanner Serivicios Financieros S.A, sociedad an nima del giro de suó denominaci n, representada legalmente por don Antonio Turner Fabres,ó ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Hu rfanos N 863, pisoé ° 10, comuna de Santiago, quien inicia gesti n preparatoria de notificaci n deó ó factura en contra del Hospital de Urgencia Asistencia P blica Doctorú Alejandro del R o, centro m dico privado, representada legalmente por doní é Pedro Belaunde Bernal, m dico, todos domiciliados en calle Avenidaé Portugal N 125, comuna de Santiago.° Que, con fecha 9 de mayo de dos mil veinte se notifica la gesti n a laó demandada. Que, con fecha 28 de mayo de dos mil veinte, se certifica la no oposici n de excepciones falsedad de facturas, falta de entrega deó mercader as, prestaci n de servicios o pago.í ó Que, con fecha 29 de mayo de dos mil veinte, la actora deduce demanda ejecutiva en contra el Hospital de Urgencia Asistencia P blicaú Doctor Alejandro del R o, ya individualizado.í Código: XCEBXDRKWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-33448-2019 Foja: 1 Que, con fecha 22 de octubre de dos mil veinte, se requiri de pago aó la demandada. Que, con fecha 27 de octubre de dos mil veinte, comparece el apoderado de la demandada, quien deduce las excepciones del art culo 464í N 7 y 17 del C digo de Procedimiento Civil.° ó Que, con fecha 5 de noviembre de dos mil veinte se declaran admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 2 de noviembre de dos mil veintid s, se cita a lasó partes a o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece don Rodrigo Javier Atal Achelat en representaci n de la sociedad Tanner Serivicios Financieros S.A, quienó deduce acci n ejecutiva en contra del Hospital de Urgencia Asistenciaó P blica Doctor Alejandro del R o, ya individualizado.ú í Funda su acci n en el hecho que su representada es due a de laó ñ factura N 1248, emitida con fecha 29 de marzo de dos mil diecinueve, por° la suma de $58.643.200 pesos, el que no ha sido pagado a la fecha. Menciona que dicho instrumento fue emitido por Master Security System Limitada al hospital demandado, siendo cedida a su parte de acuerdo a lo establecido en la Ley N 19.983.° Continua, se alando que la factura no fue devuelta al momento deñ entrega, y tampoco fue reclamado su contenido dentro de los 8 d así siguientes a su recepci n, de acuerdo a lo estipulado en el art culo 3 de laó í norma anteriormente citada. Este ltimo actuar consta en el registro de aceptaci n o reclamos,ú ó siendo notificado a la demandada con fecha 29 de marzo de dos mil diecinueve, seg n consta en los comprobantes del Servicio de Impuestosú Internos, inscribi ndose con igual fecha en el certificado de anotaciones.é Código: XCEBXDRKWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-33448-2019 Foja: 1 Por ltimo, comenta que la factura no fue impugnada dentro delú plazo establecido en la Ley N 19.983, por lo que es actualmente l quida,° í exigible, no prescrita y consta adem s en un t tulo ejecutivo.á í Previas citas legales, pide tener por deducida acci n ejecutiva enó contra el Hospital de Urgencia Asistencia P blica Doctor Alejandro del R o,ú í ya individualizado, y en definitiva, ordenar despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $58.643.200 pesos, m s intereses yó á reajustes, con expresa condena en costas. Segundo: Que, el apoderado de la demandada deduce las excepciones del art culo 464 N 7 y 17 del C digo de Procedimiento Civil,í ° ó estas son, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, seaí con relaci n al demandado y la prescripci n de la deuda o s lo de la acci nó ó ó ó ejecutiva. Tercero: Que, a fin de acreditar sus dichos, la parte demandante acompa a en tanto instrumento probatorios los siguientes documentos:ñ A folio 1 de rama de gesti n preparatoria:ó I.- Copia de la cuarta copia de la factura electr nica N 124, emitidaó ° con fecha 29 de marzo de dos mil diecinueve. II.- Copia de Registro de aceptaci n o reclamos de un DTE, de fechaó 29 de noviembre de dos mil diecinueve, emitido por el Servicio de Impuestos Internos. III.- Copia de verificaci n de documento, de fecha 29 de noviembreó de dos mil diecinueve, emitido por el Servicio de Impuestos Internos. IV.- Copia de certificado de anotaci n en el registro, de fecha 29 deó noviembre de dos mil diecinueve, respecto de la factura electr nica Nó ° 1248, emitido

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 2 de noviembre de dos mil veintid s, se cita a lasó partes a o r sentencia.í Considerando: Primero: Que, comparece don Rodrigo Javier Atal Achelat en representaci n de la sociedad Tanner Serivicios Financieros S.A, quienó deduce acci n ejecutiva en contra del Hospital de Urgencia Asistenciaó P blica Doctor Alejandro del R o, ya individualizado.ú í Funda su acci n en el hecho que su representada es due a de laó ñ factura N 1248, emitida con fecha 29 de marzo de dos mil diecinueve, por° la suma de $58.643.200 pesos, el que no ha sido pagado a la fecha. Menciona que dicho instrumento fue emitido por Master Security System Limitada al hospital demandado, siendo cedida a su parte de acuerdo a lo establecido en la Ley N 19.983.° Continua, se alando que la factura no fue devuelta al momento deñ entrega, y tampoco fue reclamado su contenido dentro de los 8 d así siguientes a su recepci n, de acuerdo a lo estipulado en el art culo 3 de laó í norma anteriormente citada. Este ltimo actuar consta en el registro de aceptaci n o reclamos,ú ó siendo notificado a la demandada con fecha 29 de marzo de dos mil diecinueve, seg n consta en los comprobantes del Servicio de Impuestosú Internos, inscribi ndose con igual fecha en el certificado de anotaciones.é Código: XCEBXDRKWEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-33448-2019 Foja: 1 Por ltimo, comenta

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C-33448-2019 Foja: 1 FOJA: 106 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-33448-2019 CARATULADO : TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PUBLICA DR ALEJANDRO DEL RIO Santiago, veintinueve de Diciembre de dos mil veintid só Vistos: Que, con fecha 2 de diciembre de dos mil diecinueve, comparece don Rodrigo Javier Atal Achelat

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