Juzgado de Letras del Trabajo de Los Angeles

RIQUELME/EMPRESA CENTRO MÉDICO KINÉSICO VITALITYLIFE LTDA

Rol

M-151-2023

Fecha

18 de julio de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDANTE X · PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDADO X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · FIN AUDIENCIA X Individualización de Partes: Las partes comparecientes se individualizan, lo que el Tribunal tiene presente. Constancia inasistencia demandado: El Tribunal deja constancia de la inasistencia del demandado pese a encontrarse debidamente notificado. Contestación: Atendida la inasistencia del demandado, se tiene evacuado en rebeldía la contestación de la demanda. Llamado a conciliación: Atendida la inasistencia del demandado, el tribunal tiene por fracasado el llamado a conciliación. Solicitudes: La parte demandante solicita se haga uso de la facultad contenida artículo 453 N°1, inciso 3 y 7 del Código del Trabajo, y se omita la fase de recepción de la causa a prueba y se proceda dictar sentencia en forma inmediata, a lo que el tribunal accede. Resolución: No da lugar por ahora a lo solicitado, dejándolo para definitiva. Hechos no controvertidos: No hay Hechos a probar: 1.- La existencia de una relación laboral entre la demandante y el demandado; En su caso, fecha o época de inicio; hechos y circunstancias en que se fundamenta dicha afirmación 2.- Naturaleza de la relación laboral. 3.- Labores efectuadas por la demandante 4.- Monto de sus remuneraciones. 5.- Fecha del término de la relación laboral 6.- Hechos y circunstancias del término de la relación laboral 7.- Causal invocada y efectividad de los hechos que se invocan en la carta de término de la relación laboral 8.- Efectividad de haberse cumplido las formalidades legales 9.- En su caso, efectividad que los hechos de la carta configuran la causal legal de despido 10.- En su caso, efectividad que la empleadora adeuda las sumas que se reclaman en la demanda 11.- Efectividad de que el empleador al término de la relación laboral adeudaba cotizaciones de seguridad social a la demandante. 12.- En su caso, efectividad de

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña JAVIERA CAMILA RIQUELME SEGUEL en contra de CENTRO MEDICO KINESICO VITALITYLIFE LIMITADA, ambas ya individualizadas, solo en cuanto se declara: 1.- Justificada la causal de autodespido invocada por la demandante para poner fin a la relación laboral y se condena a la demandada al pago de: a) la suma de $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos), por concepto de Indemnización sustitutiva por falta de aviso; b) La suma de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos).- por concepto de Indemnización por dos años de servicio c) $ $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos) por concepto de recargo del 50% de indemnización por años de servicios conforme lo dispone el artículo 171 de Código del Trabajo d) Al pago de la remuneración impaga del mes de enero del año 2023 por un monto de $153.000.- (ciento cincuenta y tres mil pesos), y la remuneración completa del mes de febrero del año 2023 por un monto de $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos). e) La suma de $262.500.- (doscientos sesenta y dos mil, quinientos pesos) por concepto de feriado proporcional f) El pago de las remuneraciones y demás prestaciones señaladas en el contrato de trabajo por el monto total de $750.000.- desde la fecha del despido hasta la fecha de la convalidación de éste en los términos que establece el artículo 162 del Código del trabajo g) Al pago de las cotizaciones de seguridad social adeudadas para cuyo efecto se oficiara a las institucione

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACION Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIA ZOOM FECHA 18 de julio de 2023 RUC 23-4-0481930-5 RIT M-151-2023 MAGISTRADO Bárbara Andrea Leal Torrealba ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ximena Cárcamo Cárcamo HORA DE INICIO 08:45 Horas HORA DE TERMINO 09:29 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340481930-5-1359 DEMANDANTE COMPARECIENTE Javiera Camila R

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