AGRÍCOLA Y GANADERA MONTE GRANDE LTDA./OPOSITORES
Rol
C-1091-2022
Fecha
28 de diciembre de 2022
Materia
AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, a folio 1, con fecha 16 de junio de 2022, comparece PABLO CAGLEVIC MEDINA, chileno, abogado, C.I. N 10.922.077-9, correo electr nico° ó pcaglevic@crsabogados.cl, actuando en representaci n seg n se acreditar deó ú á AGR COLA Y GANADERA MONTEÍ GRANDE LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada del giro de su raz n social, Rut N 77.343.600-2, todosó ° domiciliados para estos efectos en calle Argomedo N 102, de la ciudad y comuna de° Curic .ó Funda su presentaci n en que La Sociedad AGR COLA Y GANADERAó Í MONTE GRANDE LIMITADA es due a de derechos de aprovechamiento de aguasñ consistentes en: 7,57 acciones del Canal Santa Rosa de los Niches derivado del canal Nuevo Los Niches del R o Lontu , los cuales se encuentran inscritos a fojas doscientosí é cuarenta y seis vuelta, n mero trescientos doce, del Registro de Propiedad de Aguas aú cargo del Conservador de Bienes Ra ces de Curic , correspondiente al a o dos mil trece.í ó ñ Hace presente a que si bien los t tulos indicados, acreditan el dominio sobre losí derechos de aprovechamiento de agua se alados, dichas inscripciones requieren serñ perfeccionadas al tenor de lo dispuesto en los art culos 44 y siguientes del Decretoí Supremo N 1.220 sobre Reglamento del Catastro P blico de Aguas. De lo anterior se° ú puede desprender que estos derechos carecen de algunas caracter sticas, referentesí principalmente a la ubicaci n deló lveo o del acu fero en donde est n los derechos deá í á aprovechamiento; la provincia en la cual se sit an; el caudal expresado en un volumenú por unidad de tiempo, de acuerdo al art culo 7 del C digo de Aguas; yí ° ó caracter sticasí del derecho. Es as como, las aguas indicadas en las inscripciones conservatorias corresponden a aguasí superficiales, permanentes, continuas y de uso consuntivo, las cuales se han extra do ení forma continua desde tiempo inmemorial por sus due os y antecesores en el dominio,ñ figurando dentro de los derechos de aprovechamiento considerados por la Organizac
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, a folio 26, se fijan como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Efectividad de que el solicitante Agrícola y Ganadera Monte Grande Limitada es propietario de derechos de aguas inscritos en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Curicó. En caso efectivo, derechos respecto de los cuales detenta dominio, detalles de las inscripciones y acciones contenidos en los títulos señalados. 2.- En caso efectivo de lo anterior: tipo de ejercicio, carácter del derecho de agua, caudal y equivalencia en litros por segundo. Además, álveo o ubicación del acuífero, así como su lugar de captación de las aguas inscritas por el demandante. 3.- Efectividad que los títulos de dominio de derechos de aprovechamiento de aguas del solicitante, carecen de alguna(s) de las características esenciales previstas en el artículo 45 del Decreto N 1220 del Ministerio de Obras P° úblicas que obliga a perfeccionarlos. SEGUNDO: Que, la demandante para acreditar sus asertos acompa a lañ siguiente prueba: A folio 1: 1.- Copia de inscripci n de dominio de los derechos de aprovechamiento de aguas aó perfeccionar. 2.- Antecedentes legales de la sociedad solicitante. 3.- Certificados de la organizaci n de usuarios de aguas que acreditan la equivalencia deó los derechos de aprovechamiento. 4.- Antecedentes de la organizaci n de usuario de aguas que acreditan las caracter sticasó í del derecho y la ubicaci n de la captaci n de las aguas.ó ó A folio 28 5.-Copia de dominio con vigencia de los derechos de aprovechamiento de aguas, inscritos a foja 246 vuelta N 12 del a o 2013 del Registro de Propiedad de Aguas del° ñ Conservador de Curic . ó 6.- Sentencia del 1 Juzgado de Letras de Curic en causa ROL C-2899-2014,° ó caratulada INMOBILIARIA PLAZA DEL CANTAR LTDA CON POSIBLES OPOSITORES Y OTROS, de fecha 22 de junio de 2016. Código: QFEXXCKYGTZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 A folio 34 7.- Certificado de la Organizaci n de usuarios de Aguas Asociaci n de Canalistas Canaló “ ó Nuevo los Niches que acredita la equivalencia y caracter sticas de los derechos de” í aprovechamiento objeto de la presente causa. TERCERO: Que, el art. 44 del Decreto Supremo N 1220 sobre Reglamento° del Catastro P blico de Aguas, se ala que ú ñ “Todos los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas reconocidos de acuerdo a los art culos 19 N 24 inciso final deí º la Constituci n Pol tica del Estado, 7 del decreto ley N 2.603, de 1979, y a los art culosó í º º í 1 y 2 transitorios del C digo de Aguas, cuyos t tulos se encuentren incompletos, ya seaº º ó í por falta de regularizaci n o por no indicarse las caracter sticas esenciales de cadaó í derecho, con el objetivo de incorporarlos al Catastro P blico de Aguas a que obliga laú ley y este reglamento, deber n previamente perfeccionar y regularizar sus derechos deá acuerdo a los criterios y
Fallo
Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en el art culo 177 delá í C digo de Aguas, y art. 44 del Decreto Supremo N 1220 sobre Reglamento deló ° Catastro P blico de Aguas ú se declara: Código: QFEXXCKYGTZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Que SE ACOGE la solicitud de perfeccionamiento de derechos de aprovechamiento de aguas, de lo principal de fecha 16 de junio de 2022 folio 1, debi ndose perfeccionar el t tulo de aguas que se encuentra inscrito a fojas 246 vta. Né í ° 312 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Ra ces de Curic ,í ó correspondiente al a o 2013, declar ndose lo siguiente:ñ á 1.- Que se perfecciona el t tulo de dominio de fojas fojas 246 vta. N 312í ° correspondiente al a o 2013, en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador deñ Bienes Ra ces de Curic , debiendo agregarse al mismo las caracter sticas esenciales delí ó í derecho de aprovechamiento de aguas, se alando que Agr cola y Ganadera Monteñ “ í Grande Limitada, es un due a de un derecho de aprovechamiento de aguas, consistenteñ 7,57 acciones del Canal Nuevo Los Niches, que extrae sus aguas del R o Lontu , en laí é bocatoma situada en su ribera Norte, en coordenada UTM (m) Norte: 6.105.529 y, Este: 305.663, Datum WGS 1984, Huso 19, comuna y provincia de Curic , Regi n deló ó Maule. Dichos derechos equivalen a un total de 58,43 litros por segundo. El derecho de aprovechamiento corresp
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-1091-2022 CARATULADO : AGR COLA Y GANADERA MONTE GRANDEÍ LTDA./opositores Curico, veintiocho de Diciembre de dos mil veintid só VISTO: Que, a folio 1, con fecha 16 de junio de 2022, comparece PABLO CAGLEVIC MEDINA, chileno, abogado, C.I. N 10.922.077-9, correo electr nico° ó pcagle
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