ESTRADA/ALFA LOGISTICS SPA
Rol
M-2114-2023
Fecha
19 de julio de 2023
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. RECLAMANTE X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL X · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) X · 1. RECLAMADA X · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X AUTORIZA PODER: El Tribunal tiene presente escrito delegación de poder otorgado a la abogada demandante doña Constanza Espinoza Moreira, y al abogado demandado don Andrés Moreno Ravera. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. EXCEPCIÓN Parte demandante evacúa traslado. Excepción de finiquito, solicita que se rechace. EL TRIBUNAL RESUELVE: Téngase por evacuado el traslado, déjese su resolución para definitiva. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo la suma de $894.419.- La parte demandante no acepta las bases del tribunal e indica que no aceptaría menos de $1.172.000.-, a su vez, la parte demandada no tiene instrucciones para conciliar por ese monto e indica que ofrecería la suma de $900.000.- HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Fecha de inicio de las funciones del actor el día 9 de enero de 2020, la funciones que desarrollo de operador, que su remuneración ascendía a la sumad e $993.799.- y que el actor fue despedido. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Tenor y alcance del finiquito suscrito por las partes y en especial de su reserva. 2. Cumplimiento de las formalidades del despido, fundamento de la causal, si ellos son efectivos y si satisfacen la causal impuesta. 3. Monto descontado en el finiquito por concepto de AFC. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Mandato Judicial de Mandato Judicial de IVAN ANDRES ESTRADA RIQUELME a Daniel Gutiérrez Orlandi, Repertorio No: 13.515
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto los artículos 2, 7, 12, 161, 162, 168, 177, 453, 454, 456, 459, 500 y siguientes del Código del Trabajo. Se declara: 1. Que se acoge la excepción de finiquito deducida por la demandada por lo que se omite por un pronunciamiento respecto a las cuestiones señaladas en la demanda. 2. Que cada parte en este juicio deberá hacerse cargo de sus propias costas por estimar que, si bien se anuncia el acogimiento de excepción de finiquito se estima que el demandante ha obrado con motivo plausible. Regístrese, notifíquese y archívese los antecedentes en su oportunidad. Dirigió la audiencia don JOSÉ ALFREDO BRIONES ESCOBAR, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a diecisiete de julio de dos mil veintitrés. REGISTRO DE AUDIO
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 17/07/2023, Santiago RUC 23- 4-0489083-2 RIT M-2114-2023 CARATULADO ESTRADA/ALFA LOGISTICS SPA MAGISTRADO JOSÉ ALFREDO BRIONES ESCOBAR ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gerardine Castro Saavedra HORA DE INICIO 11:14 HORA DE TERMINO 12:52 SALA Sala 1.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340489083-2-1348
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