Juzgado de Letras y Garantía Mejillones

GALLARDO/

Rol

V-172-2018

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don JULIO ENRIQUE GALLARDO FUNES, RUN N° 7.560.965-5, Chileno, casado, Pequeño Minero representado por Victor Hugo Toloza Zapata, abogado, RUT N° 5.285.139-4, ambos domiciliados en Jorge Washington Nº2675, Piso 11, oficina Nº 1105, Edificio Centenario, Antofagasta, presentó manifestación minera con fecha 15 de noviembre de 2018 por la Oficina Judicial Virtual de este tribunal. Indica que viene en manifestar un yacimiento de sustancias concesibles, ubicadas en la comuna de Mejillones, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta y solicitar la constitución de 8 pertenencias de 1 hectárea cada una, con el nombre de “SOPHIA 7 DEL 1 AL 8”, la que cubre una superficie total de 8 hectáreas encerradas en un cuadrado de 400 metros, orientados con rumbo Este- Oeste y 200 metros orientados Norte-Sur. Punto de interés coordenadas U.T.M. Norte: 7.446.000,00 metros, Este: 359.200,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Zona 19; solicita, se acceda a lo pedido. SEGUNDO: Que las publicaciones de la manifestación y de la solicitud de mensura se practicaron el 10 de diciembre de 2018 y el 01 de julio de 2019, en el ejemplar N° 42.225 y Nº 42.392 en el Boletín Oficial de Minería, según consta en copias agregadas digitalmente con fechas 12 de junio de 2021 y 24 de septiembre de 2019 respectivamente; inscribiéndose a fojas 547 N° 223, del Registro de Descubrimientos del año 2018 del Conservador de Minas de Mejillones, conforme copia agregada digitalmente con fecha 12 de junio de 2019. TERCERO: Que con fecha 07 de noviembre de 2022 a folio 25, rola el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 6255, que informó sin observaciones los aspectos técnicos de la Concesión de Exploración “SOPHIA 7 1 AL 8”; donde se indicó que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes;

Fundamentos

considerando que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de explotación o la declaración de caducidad, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 59, 60, 71 y siguientes, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 95 del Código de Minería, 42, 43, y 44 de su reglamento;

Fallo

SE DECLARA: I. Que SE APRUEBA, el plano y el acta de mensura de las pertenencias de concesión de explotación denominada “SOPHIA 7 1 AL 8”, agregado digitalmente con fecha 14 de febrero de 2020 a folio 13. II. Que SE DECLARA CONSTITUIDA, a favor de la solicitante JULIO ENRIQUE GALLARDO FUNES representada por Victor Hugo Toloza Zapata, la concesión de explotación denominada “SOPHIA 7 1 AL 8”, de 8 hectáreas de superficie. Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería dentro del plazo de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución. Inscríbase la presente sentencia y el acta de la mensura, asimismo archívese una copia del plano aprobado en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Mejillones. Entréguese por el interesado el original del acta y el plano aprobado al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Lissete Yair Caimanque Salas, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones. Código: JGYXXCTRDEZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Mejillones, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. Código: JGYXXCTRDEZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-2

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garant a Mejillonesí CAUSA ROL : V-172-2018 CARATULADO : GALLARDO/ Mejillones, veintisiete de diciembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don JULIO ENRIQUE GALLARDO FUNES, RUN N° 7.560.965-5, Chileno, casado, Pequeño Minero representado por Victor Hugo Toloza Zapata, abogado, RUT N° 5.285.139-4, ambos domici

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