6º Juzgado Civil de Santiago

SALAS/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-11130-2022

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1, comparece V ctor Carlos Salas Claros, contador, con domicilio ení Las Golondrinas Poniente 4090, Parque Las Rosas, comuna de Maip e interponeú demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal,ó ó en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de la í Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcalde Tom s Vodanovic Escuderoá , domiciliado en calle Cinco de Abril N 260, comuna de Maip .° ú Fundamenta su presentaci n, se alando que es residente y due o del inmuebleó ñ ñ ubicado en Las Golondrinas Poniente 4090, Parque Las Rosas, Comuna de Maip y queú tal como lo indica Certificado de deuda estado de cuenta de Aseo domiciliario, que acompa a, emitido por la Ilustre Municipalidad de Maip registra un per odo deñ ú í derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de abril de 2002 al 30 de junio de 2022. Previas citas de los art culo 2493, 2514, 2515 y 2521 del C digo Civil, alega seí ó declare la prescripci n extintiva de la acci n de cobro de los derechos de aseo municipal,ó ó comprendidos entre el 30 de abril de 2002 al 30 de junio de 2008, ascendentes a la suma de $1.142.113 (un mill n ciento cuarenta y dos mil ciento trece pesos)ó , por encontrarse prescrita la acci n de cobro para ello. ó Finalmente, solicita se tenga por interpuesta demanda ordinaria de declaraci n deó prescripci n extintiva de acciones en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , yaó ú individualizada, y en definitiva declarar la prescripci n extintiva de las acciones de cobroó de derechos de aseo municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses yá eventuales multas, por el per odo comprendido entre el 30 de abril de 2002 al 30 deí junio de 2008, ambos inclusive. Con fecha 28 de noviembre de 2022, rola notificaci n personal subsidiara deó conformidad al inciso segundo del art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, a laí ó entidad demandada. Código: WXXJXCXMLDZ Este documento tiene fi

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda referida se encuentran prescritas, consta Estado de cuenta de Aseo domiciliario, de fecha 28 de abril de 2022, emitido por la Ilustre Municipalidad de Maipú, que da cuenta de cuotas devengadas por el per odo comprendido entre el í 01 de abril de 2002 al 30 de junio de 2022, ambos inclusive. SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que, es posible se alar que para que resulte procedente declarar lañ prescripci n de las acciones y derechos en comento, es necesario que hayan transcurridoó los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular deó aquellos no los haya ejercido manteni ndose inactivo a su respecto. é QUINTO: Que, en cuanto a los periodos cuya declaraci n de prescripci nó ó extintiva se solicita, correspondientes a los derechos de aseo devengados en los periodos comprendidos entre el 30 de abril de 2002 al 30 de junio de 2008, ambos inclusive, se puede colegir que las acciones para el cobro de aquellas se encuentran indefectiblemente prescritas, por cuanto han transcurrido m s de tres a os desde la fecha de vencimientoá ñ de las cuotas adeudadas, y la notificaci n del demandado del libelo pretensor acaecida eló d a 28 de noviembre de 2022.í

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos á 2492, 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, y art culos 144, 160, y 703 y siguientes deló í C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó Código: WXXJXCXMLDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11130-2022 Foja: 1 I.- Que, se acoge la demanda de fojas 1 en cuanto se declara que las acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de derechos de aseo domiciliario adeudados por la demandante a la Municipalidad de Maip , de los per odosú í que van entre el 30 de abril de 2002 al 30 de junio de 2008, ambos inclusive, se encuentran prescritas, incluyendo adem s reajustes, intereses y multas respecto de dichoá periodo. Elim nense dichas cuotas del estado de deuda, ejecutoriada que sea la presenteí sentencia. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandada por haberse allanado a la demanda. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í ROL C- 11130-2022 DICTADO ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZADA POR MARIA ELENA MOYA GUMERA, SECRETARIA SUBROGANTE DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintid só Código: WXXJXCXMLDZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser valida

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C-11130-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11130-2022 CARATULADO : SALAS/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: Que, a fojas 1, comparece V ctor Carlos Salas Claros, contador, con domicilio ení Las Golondrinas Poniente 4090, Parque Las Rosas, comuna de Maip e interponeú demanda de pres

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