CONTRERAS/CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A. (EN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN)
Rol
O-1086-2022
Fecha
15 de julio de 2023
Materia
Bonos, Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
considerando: Primero: Que doña Belén Scarlet Contreras Contreras, rut: 18.936.272-2, Ingeniera Civil en Obras Civiles, con domicilio para estos efectos en Barros Arana 1098 - OF 1802 – Concepción, viene en deducir demanda en procedimiento de aplicación general por declaración de empleador único y /o unidad económica, en contra de su ex empleador: (1) “CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A." RUT: 80.207.900-1 en Procedimiento Concursal de Liquidación voluntaria, representada legalmente por doña María Loreto Ried Undurraga, rut: 11.472.416-5, con domicilio ubicado en Monseñor Sótero Sanz número 100, oficina 205, comuna de Providencia, correo electrónico notificaciones@riedycamus.cl. Y, en contra de : (2) EMPRESA CONSTRUCTORA CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A., RUT N° 78.169.430-4, del giro de comercio de su denominación, representada legalmente por don Samuel Schocken Yturrino, cédula nacional de identidad N° 9.120.464-9, factor de comercio, ambos domiciliados en el la calle Alonso de Córdova N°4355, piso 5, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, (3) CLARO VICUÑA VALENZUELA MINERÍA SPA, RUT: 76.164.397-5, del giro construcción, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra, representada legalmente por don Erwing Villalobos Fernández, cédula nacional de identidad N° 9.515.121-3, factor de comercio, ambos domiciliados en calle Alonso de Córdova N°4355, piso 5, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, (4) CLARO VICUÑA VALENZUELA RAPA NUI SPA, RUT: 76.197.457-2, del giro construcción, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra, representada legalmente por don Samuel Schocken Yturrino, cédula nacional de identidad N° 9.120.464-9, con domicilio en calle Alonso de Córdova N°4355, piso 5, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, (5) MINERÍA Y CONSTRUCCIÓN CEI S.A, RUT: 76.110.556-6, del giro construcción, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra, representada legalmente por don Mariano Javier Peñafiel Ramírez, cédula nacional de identidad N°7.246.536-9, factor de comercio, ambos domiciliados en el la calle Cerro El Plomo Nº 5320, P. 10, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, (6) INMOBILIARIA COSTA NORTE SPA, RUT: 77.023.579-0, del giro actividades inmobiliarias, representada Guillermo Rodriguez Salgado, cédula nacional de identidad N° 9.173.072-3, con domicilio en en Av. Nueva Costanera 4229, Vitacura, (7) INMOBILIARIA COSTA NORTE S.A. RUT 76.336.109-8 , sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Juan Pablo Cox Irarrazabal, rut 8.861.745-2, desconozco profesión u oficio, ambos con domicilio en Av. Nueva Costanera 4229, Vitacura, Santiago. Todas estas por su responsabilidad su responsabilidad solidaria como única empresa – empleador único - coempleadores, explotando sus respectivos giros, en conformidad a lo expuesto y solicitado en lo principal de esta presentación, o en subsidio, y en el poco probable caso que US. no e
Fallo
por tanto constituyen un solo empleador para efectos previsionales y/o laborales o en la forma que us. estime conforme al mérito del proceso; y, 2. Las empresas demandadas serán solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley, de los contratos individuales o de instrumentos colectivos de sus trabajadores. En el primer otrosí: Doña Belén Scarlet Contreras Contreras, rut: 18.936.272-2, Ingeniera Civil en Obras Civiles, con domicilio para estos efectos en Barros Arana 1098 - OF 1802 Concepción, viene en deducir demanda en procedimiento ordinario de aplicación general por despido injustificado, indebido o improcedente, cobro de prestaciones e indemnizaciones que señala en contra de su ex empleador: (1) “CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A." RUT: 80.207.900-1 en Procedimiento Concursal de Liquidación voluntaria, representada legalmente por doña María Loreto Ried Undurraga, rut: 11.472.416-5, con domicilio ubicado en Monseñor Sótero Sanz n ú m e r o 1 0 0 , o f i c i n a 2 0 5 , c o m u n a d e P r o v i d e n c i a , c o r r e o e l e c t r ó n i c o notificaciones@riedycamus.cl. Y, en contra de: (2) EMPRESA CONSTRUCTORA CLARO VICUÑA VALENZUELA S.A., RUT N° 78.169.430-4, del giro de comercio de su denominación, representada legalmente por don Samuel Schocken Yturrino, cédula nacional de identidad N° 9.120.464-9, factor de comercio, ambos domiciliados en el la calle Alonso de Córdova N°4355, piso 5, comuna de Vitacura, ciudad d
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SENTENCIA: Rit: O-1086-2022. Ruc: 22-4-0446830-1. Temuco, quince de julio de dos mil veintitrés. Visto, oído y considerando: Primero: Que doña Belén Scarlet Contreras Contreras, rut: 18.936.272-2, Ingeniera Civil en Obras Civiles, con domicilio para estos efectos en Barros Arana 1098 - OF 1802 – Concepción, viene en deducir demanda en procedimiento de aplicación general por declaración de emple
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