6º Juzgado Civil de Santiago

SALAMÉ/CASTRO

Rol

C-32869-2019

Fecha

27 de diciembre de 2022

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1, comparece Lucy Margarita Salame Vergara, factor de comercio, domiciliada en Moneda N 2387, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana eº ó interpone demanda de precario en contra de Francisco Castro Aguilo, ingeniero mec nico, domiciliado en Monte Carmelo N 969, comuna de Pudahuel, Regi ná º ó Metropolitana, por las consideraciones de hecho y los argumentos de Derecho que a continuaci n se esgrimen.ó Indica ser due a de la propiedad ubicada en Monte Carmelo N 969, queñ º corresponde al Sitio N 28, de la Manzana L, del Plano Respectivo, comuna deº Pudahuel, Regi n Metropolitana, cuyos deslindes son: NORTE, en treinta y cincoó metros con sitio L-veintisiete, de la manzana L; NORORIENTE, en dos coma treinta y tres metros con sitio dos de la manzana L, del plano respectivo; SUR, en treinta y siete coma veintitr s metros con calle Monte Tabor Sur, del plano de loteo respectivo;é PONIENTE, en trece coma cuarenta y tres metros con calle Monte Carmelo, del plano respectivo; y ORIENTE, en veinticuatro coma noventa y dos metros con sitio uno de la manzana L, del plano de loteo respectivo. Refiere que adquirió la propiedad antes se alada por adjudicaci n en remateñ ó seg n escritura p blica de compraventa en remate otorgada en la D cima Notar aú ú é í P blica de Santiago de Valeria Ronchera Flores, con fecha 17 de septiembre del a o enú ñ curso, bajo el Repertorio N 7.614-2019.° Narra que el t tulo que acredita suí dominio sobre el inmueble se aladoñ precedentemente rola inscrito a fojas 74.134, n mero 107.877, del Registro de Propiedadú del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a o 2019.í ñ Expone que al adquirir la propiedad, notó que el inmueble a n se encuentraú siendo ocupado por el demandado en autos, sin t tulo alguno que justifique su tenencia yí por mera tolerancia de su parte. En raz n de ello, se ala que concurri en reiteradasó ñ ó ocasiones a solicitar la restituci n de la misma en donde el demandado se negó ó sistem ticamente, se alan

Fundamentos

considerando quinto, por lo que dicha alegaci n no ha podido desvirtuar el argumento invocado por laó actora, esto es, que el demandado ocupa la propiedad de marras sin previo contrato y por mera tolerancia suya.

Fallo

por tanto, y de acuerdo a la norma precitada es posible establecer que son elementos consustanciales de la acci n ejercida, los siguientes: a) Queó el actor sea due o, de la cosa que reclama; b) Que esta cosa est siendo ocupada porñ é una persona ajena por ignorancia o mera tolerancia del due o, careciendo de t tulo parañ í estos efectos. CUARTO: Que siguiendo con este razonamiento, y atento lo dispuesto en el art culo 1.698 del C digo Civil, sobre la parte demandante de autos reca a la carga deí ó í acreditar el dominio del citado inmueble, como asimismo, que esta propiedad se encontraba ocupada por la demandada por su mera tolerancia, desprovista de t tulo.í QUINTO: Que en la especie la cosa reclamada es el inmueble ubicado en Monte Carmelo N 969, comuna de Pudahuel, Regi n Metropolitanaº ó . A este respecto, es del caso se alar que el dominio de los bienes inmuebles s lo es acreditable por medio deñ ó un t tulo inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra cesí í respectivo, seg n se desprende en forma meridianamente clara de lo dispuesto en losú art culos 686 y siguientes del C digo Civil.í ó A mayor abundamiento, en el libelo de la demanda de fojas 1 y siguientes, la demandante ha sostenido ser propietaria del mentado inmueble. Ello se encuentra acreditado, fehacientemente, por medio de certificaci n de inscripci n de escrituraó ó p blica del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, en virtud de la cual, se desprendeú í que la demandante adquiri el

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C-32869-2019 Foja: 1 FOJA: 44 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-32869-2019 CARATULADO : SALAM /CASTROÉ Santiago, veintisiete de Diciembre de dos mil veintid s.ó VISTOS: Que, a folio 1, comparece Lucy Margarita Salame Vergara, factor de comercio, domiciliada en Moneda N 2387, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana eº ó interpone demanda de

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