3º Juzgado de Letras de Arica

ANTOFAGASTA MINERALS S.A./ AMARILIS III 5

Rol

V-357-2022

Fecha

26 de diciembre de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: En folio 1, con fecha dos de septiembre de dos mil veintiuno, comparece JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, solicitando que se ordene su inscripción y publicación, que se certifique el día y la hora de su presentación, dándosele copia autorizada para ello y, en definitiva, otorgársele la concesión de exploración solicitada. Fundando su petición señala que por este acto, y a fin de constituir concesión de exploración de sustancias concesibles viene en formular pedimento cuyo punto medio del terreno pedido se encuentra ubicado en la Región de Arica y Parinacota, Provincia de Arica, Comuna de Arica, y se determina por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 7.991.500,00 metros y Este 424.000,00 metros, todas referidas al "Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19". En conformidad al artículo 46 y el artículo 43 número 4° del Código de Minería, señala que el terreno pedido tiene la forma de un rectángulo cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y aquellos orientados Este-Oeste U.T.M. miden 2.000 metros, encerrando en consecuencia una superficie total de 200 hectáreas. Código: NPVGXCMXNHY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Deseando constituir concesión minera sobre el yacimiento señalado, solicito que se otorgue a su representada ANTOFAGASTA MINERALS S.A., una concesión de exploración que se denominará "AMARILIS III 5”. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió con fecha trece de septiembre de dos mil veintidós, a fojas 1798 Nº 888, del año 2022, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó con fecha 26 de septiembre de 2022, en el Boletín Oficial de Minería, de la edición N°43.361, del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión solicitada y de su punto medio, de acuerdo al plano que se acompaña son las siguientes: VERTICE NORTE (metros) ESTE (metros PUNTO MEDIO 7.991.500,00 424.000,00 V 1 7.992.000,00 423.000,00 V 2 7.992.000,00 425.000,00 V 3 7.991.000,00 425.000,00 V 4 7.991.000,00 423.000,00 QUINTO : Que con fecha 15 de diciembre de dos mil veintidós, mediante ordinario N°1181, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes, y que la forma dimensión y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y esta queda comprendida dentro del terreno. SEXTO: Que la petición cumple con

Fallo

fallo : 16.12.22 Arica, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: En folio 1, con fecha dos de septiembre de dos mil veintiuno, comparece JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, solicitando que se ordene su inscripción y publicación, que se certifique el día y la hora de su presentación, dándosele copia autorizada para ello y, en definitiva, otorgársele la concesión de exploración solicitada. Fundando su petición señala que por este acto, y a fin de constituir concesión de exploración de sustancias concesibles viene en formular pedimento cuyo punto medio del terreno pedido se encuentra ubicado en la Región de Arica y Parinacota, Provincia de Arica, Comuna de Arica, y se determina por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 7.991.500,00 metros y Este 424.000,00 metros, todas referidas al "Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19". En conformidad al artículo 46 y el artículo 43 número 4° del Código de Minería, señala que el terreno pedido tiene la forma de un rectángulo cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y aquellos orientados Este-Oeste U.T.M. miden 2.000 metros, encerrando en consecuencia una superficie total de 200 hectáreas. Código: NPVGXCMXNHY Este document

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Rol Nº 357-2022-CIV-V.- MATERIA : Minero, pedimento SOLICITANTE : ANTOFAGASTA MINERALS S.A. F.inicio : 02.09.22 F. para fallo : 16.12.22 Arica, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: En folio 1, con fecha dos de septiembre de dos mil veintiuno, comparece JUAN ESTEBAN POBLETE NEWMAN, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., s

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