HERNÁNDEZ/SERVICIO DE INSPECCIÓN INSTALACIÓN Y SUPERVISION TECNICA LTDA.
Rol
O-347-2022
Fecha
17 de julio de 2023
Materia
Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O-347-2022, RUC N° 22-4-0399171-K por nulidad de despido, despido injustificado, cobro de prestaciones, declaración de prestación de servicios bajo régimen de subcontratación, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por doña LORENA DEL CARMEN HERNANDEZ VILLAGRA, asistente administrativa, domiciliada en calle La Rada Nº 2201, comuna de Peñalolén, quien lo hizo asistida por el abogado don Miguel Soto Cárcamo. La demandada SERVICIOS DE INSPECCION, INSTALACION Y SUPERVISION TÉCNICA, persona jurídica de derecho privado, empresa sometida a proceso concursal y en tal calidad representada por don Francisco Cuadrado Sepúlveda, ambos domiciliados en calle Santa Beatriz Nº100, oficina Nº1301, de la comuna de Providencia, compareció asistido por don Renato Sanhueza Pozarski. Por su parte, la demandada METROGAS S.A., persona jurídica de derecho privado, del giro de su denominación, representada por don Jorge Beytia Moure, ambos domiciliados en calle El Regidor Nº 54, de la comuna de Las Condes, compareció asistida por el abogado don Héctor Salazar Solís. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña LORENA DEL CARMEN HERNANDEZ VILLAGRA, interpuso demanda- en procedimiento de aplicación general- en contra de SERVICIOS DE INSPECCION, INSTALACION Y SUPERVISION TECNICA LIMITADA y en forma solidaria o subsidiara en contra de METROGAS S.A. con el objeto que
Fallo
se declarase conjuntamente que su despido era nulo e injustificado y, conforme a ello, se estableciera la obligación de las antes señaladas de pagar las siguientes indemnizaciones y prestaciones, todas las cuales reclama debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: 1.- $25.650 por concepto de un día laborado en el mes de abril de 2022; 2.- $ 769.500 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 3.- $ 6.925.500 por concepto de indemnización por años de servicio; 4.- $ 671.517 por concepto de feriado legal; 5.- Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo; 6.- $ 3.462.750 por concepto de recargo legal del 50%. Funda su demanda indicando que comenzó a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia de la demanda principal a partir del 29 de julio de 2013 desarrollando labores de asistente administrativa para Metrogas, labores que fueron desarrolladas en dependencias de aquella ubicadas en calle Miguel Angel Nº 03381 de la comuna de La Pintana, servicios que fueron desarrollados para la empresa Metrogas S.A. Refiere que estos servicios fueron prestados en una jornada de trabajo de 45 horas distribuidas de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas, percibiendo por los mismos una remuneración ascendente a la suma de $ 769.500, cantidad que pide sea determinada para los efectos de lo establecido en el artículo 172 del Código del Trabajo. En cuanto al término de los ser
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PROCEDIMIENTO: Aplicación General MATERIA: Nulidad del despido, Despido injustificado y cobro de prestaciones laborales. DEMANDANTE: Lorena Hernández Villagra. DEMANDADO: Servicios de Inspección, Instalación y Supervisión Técnica Limitada. RUC: 22-4-0399171-K RIT: O-347-2022 _________________________________________/ San Miguel, diecisiete de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: Que ante este
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