BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/INVERSIONES UNILABS SPA
Rol
C-6572-2020
Fecha
29 de diciembre de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, por presentaci n realizada a trav s de la oficina judicial virtualó é con fecha 22 de abril de 2020, modificada por presentaci n de fecha 18 deó mayo de 2022, folio 83, comparece don Rigoberto Guti rrez Cabezas,é abogado, en representaci n y como mandatario judicial de Banco deó Cr dito e Inversiones, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general yé ó representante legal es don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos con domicilio en calle Miguel Cruchaga N 920, piso 8, comuna de° Santiago, quien interpone demanda de t rmino de contrato deé arrendamiento por no pago de rentas, en contra de la sociedad Inversiones Unilabs SpA., del giro de su denominaci n, representada por don Christianó Plaut Compan, empresario, en su calidad de arrendataria, quien a su vez es representado por don Patricio Andr s Mart nez D az, en su calidad deé í í liquidador concursal, y en contra de do a Carmen Margarita Companñ Vilajuana, empresaria, y de do a Macarena Alejandra Araya Magnere,ñ empresaria, en sus calidades de fiadores y codeudores solidarios de la sociedad arrendataria, todos con domicilio en el inmueble arrendado, esto es, Avenida Am rico Vespucio N 0410, bodega 12, comuna de Quilicura,é ° en Avenida Ra l Labb N 12.613, departamento 621, comuna de Loú é ° Barnechea, en calle Noruega N 6.622, departamento 143, comuna de Las° Condes, y en Avenida la dehesa N 181, oficina 1113, comuna de Lo° Barnechea. Código: XMTJXDTNXFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6572-2020 Foja: 1 Expone que seg n consta de escritura p blica de fecha 25 de junioú ú de 2019, otorgada en la Notar a de Santiago de don F lix Jara Cadotí é anotada bajo el repertorio n mero 18962-2019, su representada celebr unú ó contrato de arrendamiento de bien inmueble con la sociedad Inversiones Unilabs SpA, ya individualizada. Expresa que, en el mismo acto de celebraci n del contrato, do aó ñ Carmen Margarita Compan Vilaju
Fundamentos
CONSIDERANDO I.- En cuanto a la incompetencia del Tribunal: PRIMERO: Que, mediante presentaci n de fecha 28 de junio deó 2022, folio 93, don Patricio Andr s Mart nez D az, abogado y liquidadoré í í titular provisional de don Christi n Plaut Comp n, formul incidente deá á ó incompetencia del Tribunal, fundado en que con fecha 09 de noviembre de 2020, el 25 Juzgado Civil de Santiago declar la liquidaci n concursal de° ó ó don Christi n Plaut Comp n, siendo entonces l su representante legal, y aá á é su vez, tambi n lo seria de la sociedad Inversiones Unilabs SpA, agregandoé que conforme al art culo 142 de la Ley N 20.720, los juicios pendientes ení ° contra del deudor que se conozcan ante otros tribunales, se deber ná acumular al procedimiento concursal de liquidaci n. ó En m rito de aquello, afirma que es el 25 Juzgado Civil deé ° Santiago es el competente para conocer de la presente causa, solicitando consecuencialmente la acumulaci n de autos. ó SEGUNDO: Que, por resoluci n de fecha 06 de julio de 2022, seó tuvo por extempor neo el traslado conferido a la parte demandante,á quedando en resolver el Tribunal. TERCERO: Que, al respecto, debe tenerse en consideraci n queó conforme se ha anotado de manera precedente, a folio 83, se modific laó demanda, retir ndose sta respecto del Sr. Plaut Comp n, siguiendose laá é á causa en contra de la sociedad Inversiones Unilabs SpA y las fiadoras y Código: XMTJXDTNXFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6572-2020 Foja: 1 codeudoras solidarias emplazadas en la causa, las se oras Comp nñ á Vilajuana y Araya Magnere. CUARTO: Que, as , se hace improcedente el incidente deí incompetencia formulado por el Sr. Mart nez D az, toda vez que la acci ní í ó ya no est dirigida en contra del Sr. Plaut, sino que nicamente respectoá ú de la sociedad demandada y las fiadoras y codeudoras solidarias indicadas. Y la regla de acumulaci n del art culo 142 de la Ley N 20.720,ó í ° nicamente resulta aplicable al deudor sometido a proceso concursal deú liquidaci n, no siendo el caso, el de la sociedad Inversiones Unilabs SpA,ó sociedad que si bien es representada por el Sr. Plaut, es una persona jur dica diferente del deudor. Raz n por la cual este Tribunal resultaí ó competente para conocer de la acci n de que se trata. ó QUINTO: Que, por las razones anteriormente referidas, se rechaza con costas, el incidente de incompetencia del Tribunal deducido. II.- En cuanto al fondo: SEXTO: Que, en autos, el Banco de Cr dito e Inversiones,é debidamente representado, deduce demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento por no pago de rentas, cobro de rentas adeudadas y restituci n en contra de la sociedad Inversiones Unilabs SpA., representadaó por don Christian Plaut Compan, y en contra de do a Carmen Margaritañ Compan Vilajuana y de do a Macarena Alejandra Araya Magnere, en susñ calidades de fiadores y codeudores solidarios de la sociedad arrendataria, conforme a
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los art culos 1, 6, 7, 8 yí siguientes y 21 de la Ley N 18.101, modificada por la Ley N 19.866;° ° art culos 1437, 1537, 1543, 1544, 1545, 1698, 1706, 1915 y siguientes,í 1942, 1947 y 1977 y dem s pertinentes del C digo Civil; y art culos 144,á ó í 160, 170 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:ó I.- Que, se rechaza con costas, el incidente de incompetencia del Tribunal de fecha 28 de junio de 2022, folio 93, promovido por don Patricio Andr s Mart nez D az, abogado y liquidador titular provisional deé í í don Christi n Plaut Comp n; á á II.- Que, se acoge parcialmente la demanda interpuesta con fecha 22 de abril de 2020, y modificada por presentaci n de fecha 18ó de mayo de 2022, que rola a folio 83, declar ndose terminado, con estaá fecha, el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes el 25 de junio de 2019, por no pago de rentas respecto de la Bodega N 12 y los° estacionamientos E 87 y E 88, todos del Condominio denominado Condominio Bodegas Avanza Park Vespucio-Lo Echevers , ubicado en“ ” Avenida Am rico Vespucio N 0410, comuna de Quilicura, Regi né ° ó Metropolitana; III.- Que se hace lugar la solicitud de restituci n de los bienesó arrendados singularizados en el numeral anterior, totalmente desocupados, dentro de quinto d a a contar de que el fallo causeí ejecutoria; IV.- Que se condena a la sociedad Inversiones Unilabs SpA, en su calidad de arrendataria, y a las fiadoras y codeudoras solidarias
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C-6572-2020 Foja: 1 FOJA: 91 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6572-2020 CARATULADO : BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/INVERSIONES UNILABS SPA Santiago, veintis is de Diciembre de dos mil veintid sé ó VISTOS: Que, por presentaci n realizada a trav s de la oficina judicial virtualó é con fecha 22 de abril de 2020, modificada por presentaci n d
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