16º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SCOTIABANK/GONZÁLEZ

Rol

C-11143-2020

Fecha

23 de diciembre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en el art culo 1681 yí 1698 del C digo Civil, 160, 170, 254, 464 y 471 del C digo deó ó Procedimiento Civil, ley 18092, se declara que; I- Se acoge la excepci n de prescripci n deducida con fecha ó ó 24 de junio de 2022. II- Cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í í í Rol N C-11143-2020.° Dictada por don Luis Parra Aravena, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Diciembre de dos mil veintid sé ó Código: BXDXXCLEXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11143-2020 Foja: 1 Código: BXDXXCLEXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-23T10:51:00-0300

Fundamentos

considerando und cimo del

Fallo

Fallo recursoé de casaci n N 19.139-2019 dictado por la Excma. Corte Suprema conó ° fecha 13 de julio de 2020, si bien la norma previamente citada establece un beneficio excepcional simo de imprescriptibilidad de la deuda, por conceptoí de obligaciones contra das bajo la modalidad del llamado cr dito con avalí é del Estado, est establecido nicamente en favor del Fisco, sin que talá ú beneficio alcance a la instituci n bancaria mutuante, sino en la medida queó cumple con las condiciones previstas en la Ley y haya sido debidamente facultado para su cobro. As , el alcance del art culo 13 inciso 2 de la Leyí í º N 20.027, en tanto norma excepcional, que afecta el r gimen general deº é prescripci n, impone a quien pretende beneficiarse de la excepcionalidad deó imprescriptibilidad, deba acreditar los supuestos sustantivos que determinan esa condici n y que no son sino que el cr dito tenga como titular al Fisco oó é que a su respecto, se haya hecho efectiva la garant a.í Código: BXDXXCLEXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11143-2020 Foja: 1 Es del caso, que examinados los antecedentes de esta causa, es Scotiabank Chile quien act a como demandante, raz n por la cual estaú ó norma especial sima del art culo 13 de la ley 20.027 no ha de aplicarse aí í este caso en concreto, sino que deberemos remitirnos a las normas generales de prescripci n.ó Sexto: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, oó

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C-11143-2020 Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11143-2020 CARATULADO : BANCO SCOTIABANK/GONZ LEZÁ Santiago, veintitr s de Diciembre de dos mil veintid sé ó VISTOS. Con fecha 22 de julio de 2020 comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O Higgins’ N 949, oficina 1901, comuna

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