4º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SECURITY/PITTET

Rol

C-6981-2021

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1 comparece el abogado Jos Ignacio M rquez Espinosa, ené á representaci n convencional de BANCO SECURITY, persona jur dica del giroó í de su denominaci n, representada legalmente por Eduardo Olivares Veloso,ó ingeniero comercial todos domiciliados en calle Estado 57, oficina 501, comuna de Santiago, e interpone demanda ejecutiva en contra de ALEJANDRO ALBERTO PITTET P REZ, ignora profesi n u oficio, con domicilio en pasajeÉ ó Trango N 32, comuna de Padre Hurtado, solicitando que se despacheº mandamiento de ejecuci n y embargo en contra del demandado por la cantidadó de $19.110.462, m s intereses y costas.á Manifiesta que el demandado suscribi los siguientes pagar s:ó é 1. Pagar N 917589793, suscrito por el demandado con fecha 28 deé º enero de 2021, favor del ejecutante, por la suma de $4.339.903, el cual deb a serí pagado el 13 de julio de 2021. Se ala que se pact que el capital no ser a reajustable, pero que devengar añ ó í í intereses seg n la forma descrita en el pagare. Agrega que adem s se estipul queú á ó en caso de mora o simple retardo, desde dicha fecha y hasta el pago efectivo se deber a abonar el inter s m ximo convencional para operaciones de cr dito deí é á é dinero pactadas en moneda nacional no reajustable. 2. Pagar N T-5523002400289339, suscrito por el demandado coné º fecha 07 de julio de 2021, favor del ejecutante, por la suma de $3.035.851, el cual deb a ser pagado el 12 de julio de 2021.í Código: XKQQXCTFZNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se ala que se pact que el capital no ser a reajustable, pero que devengar añ ó í í intereses seg n la forma descrita en el pagare. Agrega que adem s se estipul queú á ó en caso de mora o simple retardo, desde dicha fecha y hasta el pago efectivo se deber a abonar el inter s m ximo convencional para operaciones de cr dito deí é á é dinero pactadas en moneda nacional no reajustable. 3. Pagar a la orden de Banco Security N 543

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Banco Security solicit y obtuvo que se despacharaó mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de Alejandro Alberto Pittetó Código: XKQQXCTFZNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl P rez, por la cantidad de $19.110.462, m s intereses y costas, en virtud de los tresé á pagar s que invoca.é SEGUNDO: Que el demandado opuso a la ejecuci n la excepci nó ó contemplada en el numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, esto es, la prescripci n de la deuda o solo de la acci n ejecutiva.ó ó TERCERO: Que, en primer lugar, el ejecutado alega la prescripci n deó las acciones ejecutivas respecto al pagar 917589793, fundado en que entre laé fecha de la mora, esto es, el d a 13 de julio de 2021, y la de su notificaci n el 2í ó de septiembre de 2022, ha transcurrido en exceso el a o establecido en el art culoñ í 98 de la Ley 18.092. En subsidio, se ala que el vencimiento del pagar se produjo a m s tardarñ é á con la presentaci n de la demanda en tribunales, esto es, el 18 de agosto de 2021,ó y que entre esta fecha y la notificaci n de la misma, igualmente ha transcurrido eló plazo prescripci n extintiva de la acci n ejecutiva.ó ó CUARTO: Que, en segundo lugar, el ejecutado alega la prescripci n deó las acciones ejecutivas respecto al pagar N T-5523002400289339,é ° fundado en que entre la fecha de la mora, esto es, el d a 12 de julio de 2021 y la de suí notificaci n el 2 de septiembre de 2022, ha transcurrido en exceso el a oó ñ establecido en el art culo 98 de la Ley 18.092.í En subsidio, se ala que el vencimiento del pagar se produjo a m s tardarñ é á con la presentaci n de la demandan en tribunales, esto es 18 de agosto de 2021 yó que entre esta fecha y la notificaci n de la misma, igualmente ha transcurrido eló plazo prescripci n extintiva de la acci n ejecutiva.ó ó QUINTO: Que el ejecutante, evacuando el traslado que le fuera conferido, se hace cargo de las alegaciones de los pagar s N 917589793 y N T-é ° ° 5523002400289339 en forma conjunta, se alando que la interrupci n de lañ ó prescripci n opera al momento de interponer la demanda de autos, se alandoó ñ como tal el 28 de mayo de 2021. Código: XKQQXCTFZNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEXTO: Que, en tercer lugar, el ejecutado alega la prescripci n de lasó acciones ejecutivas respecto al pagar N 543645, fundado en que entre la fechaé ° de la mora del deudor, que provoc la aceleraci n del cr dito, esto es, el d a 5 deó ó é í marzo de 2021, y la de su notificaci n el 2 de septiembre de 2022, haó transcurrido el plazo de prescripci n extintiva que establece el art culo 98 de laó í Ley N 18.092.º En subsidio, se ala que el vencimiento del pagar se produjo a m s tardarñ é á con la presentaci n de la demandan en tribunales, esto es 18 de agosto de 2021, yó que entre esta fecha y la notificaci n de la misma, igualmente ha transc

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, citas legales, y visto, adem s, loá dispuesto en los art culos 1698, 2492, 2503 del C digo Civil; 144, 160, 170, 434í ó N 4, 464 N 17, 470, y 471 del C digo de Procedimiento Civil; y Ley 18.092;º ° ó SE RESUELVE: I. Que se acoge la excepci n del n mero 17 del art culo 464 deló ú í C digo de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado en su escrito de FOLIOó 47. II. Que se ordena alzar la presente ejecuci n seguida en contra deló ejecutado de autos. III. Que se condena en costas al ejecutante. Código: XKQQXCTFZNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REG STRESE Y NOTIF QUESEÍ Í DICTADA POR GUSTAVO CER N SEGUEL, JUEZÓ TRAMITADOR En Santiago, a veintid s de diciembre de dos mil veintid só ó , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: XKQQXCTFZNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-22T19:11:07-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6981-2021 CARATULADO : BANCO SECURITY/PITTET Santiago, veintid s de diciembre de dos mil veintid só ó VISTO: A folio 1 comparece el abogado Jos Ignacio M rquez Espinosa, ené á representaci n convencional de BANCO SECURITY, persona jur dica del giroó í de su denominaci n, representada legalmente por Eduardo Olivare

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