Juzgado de Letras de Ancud

SIEGEL/

Rol

V-82-2022

Fecha

22 de diciembre de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que, en solicitud de fecha 23 de noviembre de 2022, Patrieck Mienert Rauna, abogado, cédula nacional de identidad N° 8.681.783-7, con domicilio en calle Mocopulli N° 340, oficina 203 de la ciudad de Ancud, en representación de MELANIA MIREYA WALESKA SIEGEL MAYORGA, comerciante, cédula nacional de identidad N° 9.518.661- 0, de su mismo domicilio procesal para estos efectos, solicita se sirva acceder a la entrega judicial de la propiedad arrendada, que consiste en la Cabaña N° 6 del complejo turístico de propiedad de su representada ubicado en sector de Lechagua kilometro 8 de la comuna de Ancud. Expone que por contrato privado consensual de arrendamiento de fecha 29 de septiembre del año 2022, MELANIA MIREYA WALESKA SIEGEL MAYORGA, dio y entregó en arrendamiento a LEONARDO ALEXIS JIPOULOU BARRIENTOS, Cabaña N° 6 del complejo turístico de propiedad de su representada ubicado en sector de Lechagua kilómetro 8 de la comuna de Ancud. No obstante ello, el domicilio del arrendatario de la Cabaña N° 6, se desconoce pero el que aparece registrado en la factura que se le emitió es el de calle Los Grillos 5613 de la comuna de La Reina, de la ciudad y comuna de Santiago, pero realmente ya no se ubica en dicha dirección.- El arrendamiento empezó a regir el 29 de septiembre del año 2022, y fue pactado excepcionalmente sólo por un mes, dado que su representada arrienda sus cabañas por días, debiendo terminar el día 29 de octubre del año 2022.- La renta mensual de arrendamiento fue por la suma de $400.000 y fue pagado por el arrendatario al momento de entrega de la cabaña. Señala que el arrendatario sólo ocupo la cabaña alrededor de diez días y la dejo con una gran cantidad de cosas en su interior y lo que es más grave con un perro, ante lo cual su representada hizo la denuncia a Carabineros y posteriormente a la Policía de Investigaciones quienes en definitiva retiraron el perro de la cabaña, teniendo como fundamento para ello, una caso de maltrat

Fallo

se resuelve: Que, se ACOGE la petición, teniendo presente lo expuesto en el N°4 de esta sentencia, hágase entrega de la Cabaña N° 6 del complejo turístico Cabañas Arrayanes ubicado en sector de Lechagua kilómetro 8 de la comuna de Ancud; a MELANIA MIREYA WALESKA SIEGEL MAYORGA, cédula nacional de identidad N° 9.518.661-0., representada por quien corresponda, por Receptor Judicial, quién deberá levantar acta del estado en que se encuentra la cabaña al momento de su entrega y remitir copia de ella al tribunal, al tenor de lo dispuesto en el artículo 6 inciso 2° de la Ley N°18.101 y sus modificaciones.- REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE POR CORREO ELECTRÓNICO - ROL NºV-82-2022 DICTÓ ANDRÉS ARTEAGA JARA, JUEZ TITULAR.- Código: YNXTXCQXQMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Ancud, veintid s de Diciembre de dos mil veintid só ó Código: YNXTXCQXQMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-22T16:39:14-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Ancud CAUSA ROL : V-82-2022 CARATULADO : SIEGEL/ Ancud, veintid s de Diciembre de dos mil veintid só ó VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que, en solicitud de fecha 23 de noviembre de 2022, Patrieck Mienert Rauna, abogado, cédula nacional de identidad N° 8.681.783-7, con domicilio en calle Mocopulli N° 340, oficina 2

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