Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

FUENTES/CONSTRUCTORA RIVERMAQ SPA

Rol

O-126-2023

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Talca, trece de julio de dos mil veintitrés RUC 23-4-0466429-8 RIT O-126-2023 MAGISTRADO Jaime Cruces Neira ACTA Marcela Garcia Retamal HORA DE INICIO 11.35 horas HORA DE TERMINO 12.02 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340466429-8-1341 SALA 2 PARTE DEMANDANTE presente Rogelio Antonio Fuentes Saldaña ABOGADO presente Alfonso Carlo Hidalgo Eguino FORMA DE NOTIFICACION Correo Electrónico PARTE DEMANDADA ausente Constructora Rivermaq Spa ABOGADO --- FORMA DE NOTIFICACION --- Constatación de identidad Acta N°271-2021 artículo 7° Excma. Corte Suprema Audiencia telemática La audiencia se realiza con la inasistencia de la demandada, no obstante encontrarse notificada legalmente. CONCILIACION Ésta no se produce. INCORPORACIÓN DE PRUEBAS PRUEBA DE LA DEMANDANTE DOCUMENTOS 1. Carta de autodespido, presentada con fecha 08 de febrero de 2023, ante la Inspección Provincial del Trabajo de Talca. 2. Comprobante de envío de carta de autodespido, con fecha 08 de febrero de 2023. 3. Contrato de trabajo, suscrito de fecha 04 de marzo de 2021. 4. Certificado de Cotizaciones Previsionales de AFP Capital. 5. Certificado de Cotizaciones Previsionales de FONASA. Observaciones: Folios 2 a 7 ABSOLUCION DE POSICIONES No se produce, no asiste a la audiencia. Se solicita aplicación de apercibimiento legal. El Tribunal tiene presente que la demanda no comparece sin causa justificada Observaciones No hay EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS No se produce, no asiste a la audiencia. Se solicita aplicación de apercibimiento legal. El tribunal da cuenta que no comparece la demandada a exhibir los documentos, resolverá aplicación de apercibimiento legal en la sentencia definitiva. Observaciones No hay MEDIOS DE PRUEBA OFRECIDOS POR LA PARTE DEMANDADA No hay LA PARTE DEMANDANTE EFECTÚA OBSERVACIONES A LA PRUEBA Y ALEGACIONES SOBRE PUNTOS DE DERECHO SENTENCIA Dicta sentencia en audiencia. El tribunal dispone transcribir lo

Fundamentos

fundamentos de ella se encuentran en audio. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: ORDINARIO MATERIA: DESPIDO INDIRECTO, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES. DEMANDANTE: ROGELIO ANTONIO FUENTES SALDAÑA DEMANDADO: CONSTRUCTORA RIVERMAQ SPA RIT N° O-126-2023 RUC N° 23- 4-0466429-8 Talca, a trece de julio de dos mil veintitrés VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio laboral RUC 23- 4-0466429-8; RIT N° O-126-2023; del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en Ordinario, como demandante Rogelio Antonio Fuentes Saldaña, chileno, casado, cédula de identidad N° 9.557.863-2, domiciliado para estos efectos en n Villa Santa Rosa N° 19 Comuna de San Rafael, representado en juicio por el abogado don Alfonso Carlo Hidalgo Eguino y como demandado Constructora Rivermaq SpA, RUT N° 76.622.832-1, representada por don Gabriel Alejandro Figueroa Cáceres, cédula de identidad N° 15.596.785-4, ambos domiciliados en Calle 1 sur 690, Dpto. 616, Talca. Por todas estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 415, 420, 425, 432, 446, 453, 454, 456, 459 del Código de Trabajo, se acoge en todas sus partes la demanda deducida por el señor Rogelio Antonio Fuentes Aldaño en contra de constructora Rivermak SPA, ambas ya individualizadas y en consecuencia

Fallo

se declara: I. Que entre el actor y la demandada, ya individualizados, existió un contrato de trabajo vigente desde el 4 de marzo del año 2021 hasta el 8 de febrero del año 2023 y que la remuneración mensual del trabajador, para el cálculo de las indemnizaciones, era la suma de $687.589.- pesos. II. Se declara igualmente que el actor puso término al contrato de trabajo mediante el mecanismo del autodespido o despido indirecto, con fecha 8 de febrero del año 2023, el cual resulta ser procedente por haber incurrido la parte empleadora en un grave incumplimiento contractual, debiendo la parte demandada pagar al trabajador demandante las siguientes indemnizaciones y recargos: a) $1.375.178.- por concepto de 2 años de servicios. b) $687.589.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo c) $687.589.- por concepto de recargo legal de la indemnización por años de servicio. III. Que, además, el despido indirecto ejercido por el trabajador demandante con fecha 8 de febrero del año 2023 no tiene el efecto de poner término al contrato, y a la parte demandada se le sanciona con el pago de las remuneraciones y todas las demás prestaciones consignadas en el contrato entre la fecha de la terminación del mismo, esto es, el 8 de febrero del año 2023, hasta la convalidación legal, en los términos que establece el artículo 162 del Código del Trabajo, sobre la base de una remuneración de $687.589.-. IV. Que además la parte demandada deberá pagar al demandante las siguientes presta

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Talca, trece de julio de dos mil veintitrés RUC 23-4-0466429-8 RIT O-126-2023 MAGISTRADO Jaime Cruces Neira ACTA Marcela Garcia Retamal HORA DE INICIO 11.35 horas HORA DE TERMINO 12.02 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340466429-8-1341 SALA 2 PARTE DEMANDANTE presente Rogelio Antonio Fuentes Saldaña ABOGADO presente Alfon

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