Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

LÓPEZ/UNIVERSIDAD ARTURO PRAT

Rol

T-239-2021

Fecha

13 de julio de 2023

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Daño moral, Fuero sindical

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 29 de noviembre de 2021, don IVÁN LÓPEZ ROJAS, Ingeniero Agrónomo, domiciliado en calle Alberto Genari N°2240, Iquique, interpone demanda, por Tutela de Derechos Fundamentales, en contra de UNIVERSIDAD ARTURO PRAT, RUT Nº70.777.500-9, representada por don ALBERTO MARTÍNEZ QUEZADA, ignora profesión, ambos con domicilio en Avenida Arturo Prat N°2120, Iquique y solicita se acoja su demanda en todas sus partes, más intereses, reajustes y las costas de la causa. Que, con fecha 24 de diciembre de 2021, se tuvo por contestada la demanda. Que, en audiencia preparatoria, de fecha 04 de enero de 2022, se llamó a las partes a conciliación, la cual no se produjo. Que, en audiencia preparatoria se recibió la causa a prueba fijándose los siguientes puntos de prueba: 1.- Efectividad de haber sido vulnerado los derechos fundamentales alegados por el actor con ocasión del término del vínculo. Hechos y circunstancias. 2.- Efectividad de la existencia del fuero sindical alegado por el actor. Hechos y circunstancias. 3.- Efectividad de haber padecido el actor el daño moral que alega. Hechos y circunstancias. 4.- Monto de la remuneración. Que, las partes ofrecieron prueba, al tenor de los puntos de prueba determinados por el tribunal. CON LO RELACIONADO VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el demandante expresa que comenzó a desempeñar funciones como académico universitario, para la denunciada, el año 1987, en calidad de funcionario a contrata hasta el año 1995, pasando a la calidad de planta grado 8, por concurso en el año 1998, hasta el 02 de noviembre del año 2006, en que obtuvo Grado 6B, por Decreto Nº193, Planta Académica, jornada completa, hasta la fecha de cesación del cargo; con una remuneración líquida mensual variable de $2.000.000.- Con fecha 12 de febrero de 2021, se le notificó por carta certificada Decreto Exento RA Nº385/818/2021, de 08 de febrero de 2021, resolución por la que se señalaba que se ponía término a su contrata por supresión del empleo. Con fecha 20 de febrero de 2021, dentro de plazo legal presentó recurso de reposición contra el Decreto Exento RA Nº385/818/2021, sin embargo, hasta la fecha de presentación de la demanda la universidad no se pronunciaba. Con fecha 26 de febrero de 2021, dentro de plazo legal, de conformidad al artículo 160 de la Ley 18.834, dedujo Reclamación Administrativa ante la Contraloría General de la República, la cual resolvió abstenerse de emitir pronunciamiento por encontrarse pendiente recurso de reposición. Estando dicho recurso de reposición con los plazos legales vencidos, conforme al artículo 59 inciso 5º de la Ley 19.880, presentó, nuevamente, con fecha 11 de septiembre de 2021 reclamo funcionario folio de ingreso NºRoo4320, sin respuesta dentro de plazo por parte del ente contralor, pese haber asistido a audiencia con el ente contralor. En cuanto a la vulneración de derechos fundamentales, refiere que a la fecha de la denuncia su edad era de 64 años, con una trayectoria profesional de 35 años, con 33 años como servidor público ejerciendo Universidad Arturo Prat como docente en pregrado en la carrera de agronomía, en asignaturas relacionadas con la producción vegetal y otras asignaturas como Fitotecnia, Horticultura, Fisiología de la Producción Vegetal, Sap (suelo, agua, planta) Edafología, Extensión y Transferencia Tecnológica, Cultivos para Zonas Desérticas y Andinas, Cultivo en Ambiente Controlado, Taller de Recursos Naturales, Manejo Predial, Práctica I, Práctica II, Práctica Profesional; además, de ser docente en la carrera de Técnico Universitario Agrícola y de Ingeniería de Ejecución Agrícola. Agrega que, hasta la fecha de la desvinculación, era docente en la carrera de Agronomía en la Facultad Recursos Naturales Renovables. Afirma que el DECRETO EXENTO RA Nº385/818/2021, fechado el 08 de febrero de 2021, por el que fue desvinculado, es discriminatorio y al mismo tiempo arbitrario e ilegal, ya que, por su edad estando pronto a jubilar, ostentando un fuero laboral, se aplica un proceso de calificación que ya había sido evaluada, y se lo califica en un supuesto proceso de restructuración con un “0”. Explica que fue calificado de esta forma sólo para proceder a su desvinculación por edad y discriminándolo en su calidad de funcionario públic

Fallo

POR TANTO, solicita: 1.- Se declare que la demandada Universidad Arturo Prat incurrió en actos de discriminación en su contra en razón de su edad y afiliación sindical conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Código del Trabajo y que además de ello, vulneró gravemente su derecho a la integridad física y psíquica consagrado en el inciso 1º del Nº1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, así como su derecho a la honra, reconocido en el Nº4 de la misma norma, todo ello durante la relación laboral en el despido que lo afectó. 2.- Ordenar, de persistir el comportamiento antijurídico a la fecha de dictación del fallo, su cese inmediato, bajo el apercibimiento señalado en el inciso primero del artículo 492 del Código del Trabajo, disponiendo se deje sin efecto la resolución Decreto Exento RA Nº385/818/2021, debiendo ser repuesto el denunciante en la plenitud de sus derechos (remuneraciones, estabilidad en el empleo, vacaciones etc.), esto es, como titular en propiedad de su cargo, con expresa declaración que del reintegro del funcionario, informando de tal circunstancia a toda la comunidad universitaria por los medios de publicidad que se disponga, dando las disculpas del caso por el obrar arbitrario del denunciante. 3.- Condenar a la denunciada al pago íntegro de las remuneraciones del denunciante a partir del mes de febrero de los corrientes en adelante. 4.- Como consecuencia de lo señalado en el numeral 2 precedente, disponer que deberá admitirse a trami

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N° RIT T-239-2021 RUC 21-4-0369855-2 LOPEZ ROJAS, IVÁN CON UNIVERSIDAD ARTURO PRAT TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES SENTENCIA Iquique, trece de julio de dos mil veintitrés VISTOS: Que, con fecha 29 de noviembre de 2021, don IVÁN LÓPEZ ROJAS, Ingeniero Agrónomo, domiciliado en calle Alberto Genari N°2240, Iquique, interpone demanda, por Tutela de Derechos Fundamentales, en contra de UNIVERSIDAD ART

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