PAILLAMILLA/
Rol
V-14-2022
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, compareció doña Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño, casada, empleada, cédula de identidad N°13.971.762-9, domiciliada en Orlando Valdivia N°116, Comuna de Buin, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 inciso 2° letra b) de la Ley N°17.344, solicitó rectificar su partida de nacimiento, a objeto de que se autorice el cambio de su apellido paterno y se modifique éste “Paillamilla”, por “Foster”, quedando en definitiva inscrita como “Yessica Alejandra Foster Pasmiño”, y que dicha rectificación se extienda a su acta de matrimonio y la partida de nacimiento de su hijo José Tomas Barría Paillamilla. Indica que, su padre biológico fue una persona que nunca se interesó en tener algún contacto o cercanía con ella, no tiene recuerdos de alguna visita o comunicación por parte de su padre, ya que no se presentó al momento de su nacimiento, por lo cual nunca lo ha visto y tampoco algún familiar de su parte. Por tanto únicamente su madre fue la quien la crio y cuidó, es por esto que quiere tener sus dos apellidos, dejando el apellido paterno como “Foster”. Agrega que, llevar un apellido paterno proveniente de una persona que no tiene ningún tipo de vínculo con ella, le produce un menoscabo moral, pues las personas que no la conocen se refieren a su persona principalmente por su apellido paterno. El llevar este apellido solo le ha provocado sentir dolor y angustia debido a que no tiene ningún apego con esta persona. En ese contexto, considera que su verdadera figura paterna asociada sería su madre doña María Inés Pasmiño Foster, por cuanto fue la única que asumió dicho rol. Expresa que, en virtud de lo expuesto, en todo su entorno familiar y de amistades, ha sido conocida como Yessica Alejandra Foster Pasmiño, desde antes incluso de tener memoria, esto es hace más de 41 años, debido a que nunca ha existido una figura paterna en su vida, y es sabido que solo ha sido criada por su madre. En consecuencia, este el apellido que realmente la identific
Fundamentos
motivos plausibles por más de 5 años con nombre distinto al propio; ordenando se efectué publicación en Diario Oficial, y que se oficie a Servicio de Registro Civil e Identificación a efectos que evacue informe en conformidad a la Ley 17.344; solicita además se rectifique la partida de nacimiento de su hijo José Tomas Barría Paillamilla, en lo que respecta al apellido materno, y su inscripción de matrimonio N° 257, del año 2011, de la circunscripción de Buin, en lo que respecta al nombre de la mujer. Código: ENBXXCJXXLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 A folio 10, se agregó Informe N° 890 de Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 23 de febrero de 2022, con antecedentes del titular de la partida a rectificar. A folio 16, se agregó la información sumaria de testigos ofrecida por la solicitante. A folio 19, se tuvo por acompañado el extracto de la solicitud de autos, publicado en el Diario Oficial con fecha 15 de octubre de 2022. A folio 20, consta certificación de la señora Secretaria Subrogante del Tribunal, de que no comparecieron interesados a oponerse a la solicitud de autos. A folio 22, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, compareció doña Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1 inciso 2° b) de la Ley N°17.344, solicitó rectificar su partida de nacimiento, a objeto de que en su partida se autorice el cambio de su apellido paterno y se modifique éste “Paillamilla”, por “Foster”, quedando en definitiva inscrita como “Yessica Alejandra Foster Pasmiño”, y que dicha rectificación se extienda a su acta de matrimonio y la partida de nacimiento de su hijo José Tomas Barría Paillamilla. SEGUNDO: Que, en apoyo de su solicitud, la peticionaria acompañó los siguientes documentos: 1.- Certificado de nacimiento de Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño; 2.- Fotocopia simple de la cédula de identidad de Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño; 3.- Certificado de nacimiento de José Tomas Barría Paillamilla; 4.- Copia de cédula de identidad de doña María Inés Pasmiño Foster; 5.- Certificado de matrimonio entre don José Daniel Barría Vega y doña Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño. TERCERO: Que a folio 10, conforme se ordenó, se recibió informe del Servicio de Registro Civil e Identificación N° 890 de fecha 23 de febrero de 2022, que informa al tenor de la Ley N°17.344, que consta en sus registros, la inscripción de nacimiento N° 521, del año 1980, de la circunscripción de Cauquenes, siendo titular de ella Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño, nacida el 13 de julio de 1980, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Teodoro Paillamilla Cauchupan y en el correspondiente a la madre a doña María Inés Pasmiño Foster. Agrega que, consta en ese Servicio que la peticionaria de autos registra como contrayente en la inscripción de matrimonio N° 257, del año 2011, de la cir
Fallo
Por tanto únicamente su madre fue la quien la crio y cuidó, es por esto que quiere tener sus dos apellidos, dejando el apellido paterno como “Foster”. Agrega que, llevar un apellido paterno proveniente de una persona que no tiene ningún tipo de vínculo con ella, le produce un menoscabo moral, pues las personas que no la conocen se refieren a su persona principalmente por su apellido paterno. El llevar este apellido solo le ha provocado sentir dolor y angustia debido a que no tiene ningún apego con esta persona. En ese contexto, considera que su verdadera figura paterna asociada sería su madre doña María Inés Pasmiño Foster, por cuanto fue la única que asumió dicho rol. Expresa que, en virtud de lo expuesto, en todo su entorno familiar y de amistades, ha sido conocida como Yessica Alejandra Foster Pasmiño, desde antes incluso de tener memoria, esto es hace más de 41 años, debido a que nunca ha existido una figura paterna en su vida, y es sabido que solo ha sido criada por su madre. En consecuencia, este el apellido que realmente la identifica como persona y por el que es mayormente conocida. Previas citas legales, solicita autorizar el cambio de su primer apellido, modificando su acta de nacimiento inscrita bajo el número 521 año 1980, del Registro Civil Circunscripción Cauquenes, respecto a su nombre “Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño” quedando en definitiva para todos los efectos legales como “Yessica Alejandra Foster Pasmiño”, por haber sido conocida por motivos plau
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 21 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Buin CAUSA ROL : V-14-2022 CARATULADO : PAILLAMILLA/ Buin, veinte de Diciembre de dos mil veintidós VISTO: A folio 1, compareció doña Yessica Alejandra Paillamilla Pasmiño, casada, empleada, cédula de identidad N°13.971.762-9, domiciliada en Orlando Valdivia N°116, Comuna de Buin, quien de conformidad a lo dispue
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica