SOCIEDAD DE TRANSPORTES REGIONAL S.A,/ÁLVAREZ
Rol
C-1224-2020
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS A fojas 1, don CARLOS ENRIQUE HERRERA TARD NÓ , abogado, domiciliado en Valdivia, calle Yungay N 580, en representaci n° ó de SOCIEDAD DE TRANSPORTES REGIONAL S.A., mismo domicilio y giro, seg n personer a que acompa a, con relaci n a los autosú í ñ ó sobre concesi n de medida prejudicial precautoria, ó rol causa N 1.224-2020° , del 1 Juzgado Civil de Valdivia, deduce demanda de indemnizaci n de° ó perjuicios en contra de don PEDRO GABRIEL ALVAREZ CASTRO, RUN N 8.305.577-4, chileno, casado, t cnico electricista, domiciliado en° é Valdivia, Isla Sof a N 357, Villa Portal del Rey, acci n que funda en base aí ° ó los antecedentes que expone: I.- Los Hechos: Fundados en sentencias ejecutoriadas. 1.- Sentencia ejecutoriada del Primer Juzgado Civil. El demandante se ala que el sustrato f ctico que fundamenta lañ á demanda de autos, la constituye, entre otros, el juicio seguido contra el demandado, y que culmin con sentencia definitiva ejecutoriada, dictadaó por el Se or Juez del 1 Juzgado Civil de Valdivia, de fecha 28 de agostoñ ° de 2018, en causa Rol N C-3.117-2017: En este litigio y, de conformidad° al documento expedido por el Servicio de Impuestos Internos, y que acompa a en el otros , quedar a irrefragablemente comprobado, el hechoñ í í que los nicos socios que han formado y que forman parte de la Sociedadú de Transportes Regionales S.A., con los porcentajes de participaci nó porcentual, que para cada caso que se indica, son: 1.- Nelson Hugo Lagos Sol s, transportista, RUN N 7.324.780- 2, domiciliado en calle Camiloí ° Henr quez N 873, con un 25%; í ° 2.- Ricardo Andr s S nchez Mu oz,é á ñ transportista, RUN N 6.658.094-6, domiciliado en Valdivia, calle Camilo° Henr quez N 852, con un 5í ° %; 3.- H ctor Hern n Rehl Paz, é á transportista, RUN N 6.903.123-4, domiciliado en Valdivia, sector Las Gaviotas, Parcela° Código: MZTSXCQMXFW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 19, Poste 17, con un 5%;
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que se ha tenido a la vista la sentencia en causa rol C- 3117-2017, del Primer Juzgado Civil de Valdivia, en la cual se acogi laó demanda de nulidad y orden la cancelaci n de las inscripciones relativas aó ó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de Transportes Regional S.A, celebrada el 11 de junio, la que si bien no se encuentra a firme, contiene caracteres de gravedad y precisi n suficienteó paran formar convencimiento, por lo que la incidencia debe acogerse…” La parte demandante agrega que, el tribunal podr apreciar laá contumacia y el dolo desplegado ante los Tribunales de Justicia del pa s, porí el demandado Pedro lvarez Castro, al insistir y mantener el error garrafalÁ de arrogarse la calidad no s lo de socio accionista, sino el car cter deó á presidente y de representante legal de la Sociedad de Transportes Regional S.A., careciendo en rigor de ambas calidades. 3.- Sentencia del 2 Juzgado Civil de Valdivia, del 10 de febrero de° 2020, reca da en causa rol C-59-2020, que rechaz la solicitud contumaz yí ó delictual de Pedro lvarez Castro para designar rbitro, en circunstanciasÁ á Código: MZTSXCQMXFW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que las dos sentencias ejecutoriadas referidas, con mucha antelaci n hab anó í declarado que carec a de la calidad de socio accionista de Sociedad deí Transporte Regional S.A.: En esta causa, se ala que el Se or Juez del 2 Juzgado Civil deñ ñ ° Valdivia, no hizo lugar a la demanda de designaci n de rbitro, en atenci nó á ó a que Pedro lvarez Castro y otras personas que all aparecen demandado,Á í no son socios accionistas de la Sociedad de Transporte Regional S.A. Agrega que, en atenci n a la trascendencia que reviste la acci nó ó contumaz, irracional y hasta dolosa del demandado Pedro lvarez Castro,Á quien en los autos roles n mero C-3117-2017 del 1 Juzgado y C-3843-ú ° 2017 del 2 Juzgado, por sentencias ejecutoriadas declararon que ste no° é era socio accionista de la Sociedad de Transporte Regional S.A., y, que pese a ello, insiste en arrogarse estultamente tal calidad, pasa a transcribir la sentencia que deneg de plano su solicitud en orden a citar a don Nelsonó Lagos Sol s en representaci n de Sociedad de Transportes Regional S.A.,í ó para designaci n de rbitro, por carecer ste de la calidad de socioó á é accionista de la sociedad: “Valdivia, diez de Febrero de dos mil veinte Vistos: En folio 1, Pedro lvarez Castro, Mar a Cristina Rodr guez Rehl,Á í í Camila Ulloa Yud, Gerardo Manuel Fern ndez Cocio, Alejandroá Altamirano Pe a, Miguel Sep lveda Urra, Ilsia Mena Sep lveda, Carlosñ ú ú Silva Ponce, Jorge Mariano Ca oles Gonz lez e Ismael Ca oles Mancilla,ñ á ñ empresarios, domiciliados en Quillota 175 of. 1402, Puerto Montt, solicitaron citaci n a Nelson Hugo Lagos Sol s, empresario con domicilio enó í calle Camilo Henr quez 873, Valdivia y a Sociedad de Transportesí Regional S.A., representada por Nel
Fallo
se declarara la falta de legitimaci n activa del Sr. lvarez Castroó Á para demandar, fundando en la existencia de un juicio de 2017 y, en el hecho que Pedro lvarez, adem s, hab a dejado de ser socio- accionistaÁ á í desde el 22 de marzo de 2001, seg n consta de decisi n un nime de losú ó á socios asistentes a la junta de accionistas celebrada con esa misma fecha, cuya acta se redujo a escritura p blica el 18 de mayo, mismo a o, enú ñ notar a de Valdivia de Rafael Tejeda, la que en su ac pite X acuerdoí á “ sobre situaci n de accionistas que no han pagado su acci n y definici n deó ó ó su situaci n , resolvi ó ” ó De esta manera, en este acto se procede a ejercer el“ derecho consignado en la Cl usula 5 de los Estatutos Sociales, en orden aá ° que las acciones de los socios Pedro Gabriel lvarez Castro, una acci n, a… Á ó partir de este momento pasan a poder de la Sociedad, la que deberá acordar lo que har con ellaá …” Pues bien, se ala que el Se or Juez del 2 Juzgado Civil de Valdivia,ñ ñ ° por sentencia ejecutoriada del 19 de febrero de 2019, declar :ó “CONSIDERANDO: Que se ha tenido a la vista la sentencia en causa rol C- 3117-2017, del Primer Juzgado Civil de Valdivia, en la cual se acogi laó demanda de nulidad y orden la cancelaci n de las inscripciones relativas aó ó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de Transportes Regional S.A, celebrada el 11 de junio, la que si bien no se encuentra a firme, contiene caracteres de gravedad y precisi n sufic
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-1224-2020 CARATULADO : SOCIEDAD DE TRANSPORTES REGIONAL S.A,/ LVAREZÁ Valdivia, a veinte de diciembre del a o dos mil veintid s. ñ ó VISTOS A fojas 1, don CARLOS ENRIQUE HERRERA TARD NÓ , abogado, domiciliado en Valdivia, calle Yungay N 580, en representaci n° ó de SOCIEDAD DE TRANSPORTES REGIONAL S.A., mismo domi
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