GONZÁLEZ/TRANSPORTES MARCELA VALDIVIA CORREA EIRL
Rol
C-2048-2021
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que, con fecha 2 de agosto de 2021, a folio 1, comparece, Luis Carlos Chamorro, abogado, mandatario judicial y en representaci n de ó Juan Carlos Gonz lezá Bravo, c dula de identidad N 9.928.951-1, agricultor, domiciliado en La Patagua S/N,é ° Comuna de Santa Cruz, quien interpone demanda por cobro de pesos, en juicio ordinario de menor cuant a, en contra í de Transportes Marcela Valdivia Correa EIRL, sociedad del giro de su denominaci n, RUT ó 76.161.519-K, representada legalmente por Marcela del Carmen Valdivia Correa, ignora profesi n u oficio,ó c dula nacional de identidad N 11.368.731-2, ambas domiciliadas en Calle O Higginsé ° ’ 0306, comuna de San Bernardo, Fundamenta su libelo en que las partes, en el a o 2018, celebraron un ñ contrato de compraventa del veh culo PPU KLVF68, a o 2018, tipo camioneta, marca Nissan,í ñ Modelo NP300 DCAB XE 4X4 2.3, color plateado plata, que en ese entonces pertenec aí a la demandada. El precio pactado fue de $23.000.000.-, consistente en una compensaci n ascendente a $6.000.000.- que la demandada adeudaba al demandante, yó adem s de pagar $10.000.000 el 31 de mayo de 2018; y el saldo se pagar a en cuotasá í mensuales. Agrega adem s, que el precio de venta inclu a el pago del seguro delá í veh culo, del dispositivo electr nico TAG y del permiso de circulaci n.í ó ó Indica que si bien su representado pudo hacer uso de dicho veh culo por uní tiempo, la demandada nunca realiz la transferencia correspondiente, y hoy la camionetaó se encuentra en poder y a nombre de un tercero, por lo que al actor no le interesa la restituci n del veh culo, ya que implicar a un juicio de lato conocimiento de acci nó í í ó reivindicatoria, por lo que s lo busca recuperar el dinero invertido y pagado a laó empresa demandada. Menciona que el detalle de los pagos realizados por su representado consiste en: Compensaci n $6.000.000.-; 31 de mayo de 2018 pag $10.000.000; el 6 de julio deó ó 2018 pag $545.258; el 7 de agosto de 2018 pag $166.000; e
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha 2 de agosto de 2021, a folio 1, comparece, Luis Carlos Chamorro, en representaci n de ó Juan Carlos Gonz lez Bravo, á interponiendo demanda en juicio ordinario de menor cuant a, de cobro de pesos en contra í de Transportes Marcela Valdivia Correa EIRL, sociedad del giro de su denominaci n, representada poró Marcela del Carmen Valdivia Correa, de acuerdo a lo se alado en la parte expositiva deñ la presente sentencia. Segundo: Que, con fecha 30 de noviembre del a o 2021, a folio 19, ñ la parte demandada, contesta la demanda, fundada en los hechos latamente expuestos en la parte expositiva de esta sentencia, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales. Tercero: Que, el tribunal fij como puntos de prueba, los siguientes:ó 1.- Efectividad que se haya efectuado contrato de compraventa del veh culo PPUí KLVF68 .En la afirmativa, fecha, condiciones, monto de la obligaci n y partes queó participaron en dicho contrato; 2.- Efectividad de que las partes hayan dado ntegro yí oportuno cumplimiento a las obligaciones pactadas. Hechos que lo acreditan.- Que, con fecha 14 de abril del a o 2022, a folio 37, se ampl an los puntos deñ í prueba a los siguientes: 3.- Efectividad de encontrarse el veh culo PPU KLVF 68,í materia de este juicio, en manos de un tercero. Hechos que lo acreditan; 4.- Efectividad de que el veh culo PPU KLVF 68, fue destruido totalmente en manos de la demandante.í Circunstancias y hechos que lo acrediten. Cuarto: Que, el art culo 1698 del C digo Civil, dispone que ií ó ncumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Código: CNZFXCDBENV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Que, atendida la naturaleza de la acci n deducida a folio 1, corresponde la cargaó probatoria de la obligaci n indicada al demandante, y corresponde a la demandada,ó probar cualquier circunstancia que conlleve a la extinci n de la obligaci n.ó ó Quinto: Que, la parte demandante, a fin de probar su pretensi n, rindi lasó ó siguientes probanzas: A) Documental, que rola a folio 50: 1.- Copia simple de comprobante de dep sito a Transportes Marcela Valdiviaó Correa EIRL, emitido por Banco de Chile, de fecha 31 de mayo de 2018. 2.- Copia simple de detalle de cartola hist rica de cuenta vista n meroó ú 103015015, del demandante, emitido por Banco CrediChile, de fecha 9 de julio de 2018. 3.- Copia simple de detalle de cartola hist rica de cuenta vista n meroó ú 103015015, del demandante, emitido por Banco CrediChile, de fecha 13 de agosto de 2018. 4.- Copia simple de detalle de cartola hist rica de cuenta vista n meroó ú 103015015, del demandante, emitido por Banco CrediChile, de fecha 12 de septiembre de 2018. 5.- Copia simple de detalle de cartola hist rica de cuenta vista n meroó ú 103015015, del demandante, emitido por Banco CrediChile, de fecha 9 de octubre de 2018. 6.- Copia simple de detalle de cartol
Fallo
Por lo expuesto, indica que la demandada adeuda a su representada $23.000.000.-, cifra que no se ha pagado, generando un deterioro patrimonial solamente salvable por la interposici n de la acci n se alada.ó ó ñ Por ltimo, luego de citar las normas legales, pide tener por interpuesta demandaú ordinaria de menor cuant a por cobro de pesos, en contra de la demandada yaí individualizada, y en definitiva se le condene al pago de la suma $23.000.000.-, o la que este tribunal estime en justicia, m s reajustes, intereses y costas.á Que, con fecha 20 de septiembre del a o 2021, a folio 12, se notific a lañ ó representante legal de la demandada de conformidad con lo dispuesto en el art culo 44í inciso segundo del C digo de Procedimiento Civil.ó Que, con fecha 29 de septiembre de 2021, a folio 13, comparece Juan Carlos Gonz lez Barahona, á abogado, en representaci n de ó Transportes Marcela Valdivia Correa EIRL, demandada, en estos autos, oponiendo a la demanda la excepci nó dilatoria contemplada en el art culo 303 N 4 del C digo de Procedimiento Civil, esto esí ° ó ineptitud del libelo por raz n de falta de alg n requisito legal en el modo de proponer laó ú demanda. Que, con fecha 7 de octubre del a o 2021, a folio 3 del cuaderno de excepcionesñ dilatorias, el demandante se allana a la excepci n indicada previamente.ó Que, con fecha 19 de noviembre del a o 2021, a folio 6 del cuaderno deñ excepciones dilatorias, el Tribunal acoge la excepci n interpuesta, la que se tiene poró subsanad
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 72 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : C-2048-2021 CARATULADO : GONZ LEZ/TRANSPORTES MARCELAÁ VALDIVIA CORREA EIRL San Bernardo, diecinueve de Diciembre de dos mil veintid só Vistos: Que, con fecha 2 de agosto de 2021, a folio 1, comparece, Luis Carlos Chamorro, abogado, mandatario judicial y en representaci n de ó J
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