1º Juzgado Civil de Temuco

BERRÍOS/BERRÍOS

Rol

C-3656-2020

Fecha

16 de diciembre de 2022

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que se present don FERNANDO ENRIQUE BRAVO ALARC N,, abogado,ó Ó en representaci n de don ROBERTO CARLOS BERRIOS VIDAL, chileno,ó casado, empleado, cedula nacional de identidad n mero 12.191.755-6 y de donú DANIEL MAURICIO BERRIOS VIDAL chileno, casado, empleado, c dulaé nacional de identidad n mero 11.910.043-7, ambos domiciliados para estosú efectos en pasaje Arcalafqu n n mero 0755, comuna de Temuco, e interpusoé ú demanda de nulidad absoluta de contrato, bajo el procedimiento ordinario, en contra de do a CAROL ANDREA BERRIOS VIDAL, chilena, casada,ñ secretaria, c dula nacional de identidad n mero 12.930.656-7, domiciliada en laé ú ruta S-254, ubicada en la propiedad cercana a las coordenadas georreferenciadas 38 41 51. 7 S 72 39 55.8 W, comuna de Temuco, con los siguientes° ’ ” ° ’ ”

Fundamentos

fundamentos: I.- ANTECEDENTES DE HECHO.- Mis representados, los se ores Roberto y Daniel, ambos Berrios Vidal son hermanos de dobleñ conjunci n con la demandada, la se ora Carol Berrios Vidal. Desde el a oó ñ ñ 2012, el se or Oscar Berrios Berrios, padre de mis representados y de lañ demandada comenz a sufrir s ntomas de deterioro neurol gico o mental, esto es,ó í ó lentitud en su capacidad de reacci n, falta de memoria y un comportamientoó err tico, el cual fue empeorando cuando falleci la c nyuge del se or Oscar,á ó ó ñ madre tambi n de todas las partes del juicio; como consecuencia de lo anterior yé luego de un par de meses viviendo solo en el hogar que compart a con suí c nyuge, sumado a su avanzada edad de 73 a os y especialmente al alcoholismoó ñ que padec a, mi representado, don Roberto Berrios Vidal, decide mantener elí cuidado de su padre, decisi n conocida y acordada con el resto de sus hermanos.ó Durante los a os 2013 y 2014 los s ntomas fueron acentu ndose cada vez m s,ñ í á á por lo que el se or Roberto Berrios decide llevarlo a tratamiento m dico yñ é finalmente diagnosticado con la enfermedad de Alzheimer, lo cual se acredita con el certificado m dico emitido con fecha 15 de diciembre de 2014 por elé m dico Axel Mart nez Tiznado, instrumento ya acompa ado en autos. El se oré í ñ ñ Oscar Berrios Berrios era incapaz de valerse por si mismo, especialmente desde el a o 2014, por lo que mi representado, don Roberto Berrios, lo asist a en todoñ í lo que pod a en su hogar, pero no siempre dispon a del tiempo para estarí í cuidando de l y traslad ndolo a sus controles m dicos, por lo cual laé á é demandada se ofrec a de trasladarlo con dicha finalidad, especialmente duranteí el a o 2015. Sin embargo, los cuidados y atenciones que requer a el padre deñ í mis representados fueron tales que plante a sus hermanos el trasladar a suó padre a una casa de acogida para ancianos, donde podr a ser atendido porí personal especializado, ante lo cual, la demandada y hermana de mis representados, do a Carol Berrios, se ofrece para cuidar de su padre, ante loñ cual estuvieron todos de acuerdo. La se ora Carol tuvo el cuidado de su padreñ hasta el fallecimiento de l, acaecido el 21 de diciembre de 2019. Sorpresivoé fue, a falta de una palabra m s precisa, cuando mis representado se enteraroná Código: BXMXCTRXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3656-2020 Foja: 1 que durante el a o 2015, a o que ya se encontraba diagnosticado y bajo cuidadoñ ñ del se or Roberto Berrios, la demandada aprovech sus m ltiples viajes con suñ ó ú padre traslad ndolo a sus citas m dicas y kinesiol gicas, para obligarlo, medianteá é ó argucias, enga os o de cualquier otra forma para que celebrase dos contratosñ mediante escritura p blica: - La primera celebrada el 28 de julio de 2015 anteú don Carlos Alarc n Ram rez, Notario P blico de la ciudad de Temuco, escrituraó í ú bajo el repertorio n mero 4457-2015; en el

Fallo

fallo loñ siguiente: SEPTIMO: ( ) Al efecto, la doctrina ha sostenido que si se omite“ … una condici n de existencia -como lo es la voluntad de las partes- el acto resultaó inexistente ante el Derecho, por lo que se est s lo ante una apariencia oá ó tentativa de acto, que nace desprovisto de existencia legal, a diferencia del caso de la nulidad en que el acto nace, pero con defectos que lo hacen susceptible de ser invalidado. As , se ha se alado que su ausencia absoluta (del consentimiento)í ñ “ acarrea la inexistencia de la venta, porque sin aqu l no puede formarse ningunaé convenci n entre partes. Tal vez existir el hecho material de la venta, es deciró á el cambio de una cosa por dinero; pero el acto jur dico denominado contrato deí venta, susceptible de producir efectos jur dicos, no existe, pues el requisito que loí genera, el consentimiento, no ha concurrido a formarlo. (Alessandri Rodr guez,í Arturo, "De la compraventa y promesa de venta", Editorial Jur dica, 2003, T.1,í V.1, p. 109). En tal sentido, en diversas instituciones el legislador reconoce la inexistencia de los actos, como acontece, por ejemplo, en las hip tesis reguladasó en los art culos 1444, 1681, 1701, 1801, 1814 y 2055 del C digo Civil, entreí ó otros, que distinguen la diferencia entre la omisi n de los requisitos de existenciaó Código: BXMXCTRXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3656-2020 Foja: 1 y de validez de los actos. Sin perj

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C-3656-2020 Foja: 1 FOJA: 104 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3656-2020 CARATULADO : BERR OS/BERR OSÍ Í Temuco, diecis is de Diciembre de dos mil veintid sé ó VISTOS: Que se present don FERNANDO ENRIQUE BRAVO ALARC N,, abogado,ó Ó en representaci n de don ROBERTO CARLOS BERRIOS VIDAL, chileno,ó casado, empleado, cedula nacional de identidad

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