DEL CAMPO /MUJICA FRITTE
Rol
C-352-2022
Fecha
16 de diciembre de 2022
Materia
OPOSICIÓN MENSURA MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 18, comparece don José Francisco Osman Salinas, chileno, abogado, soltero, C.I. N° 13.679.537-6, en representación de don Arnaldo Del Campo Arias, chileno, casado, ingeniero civil en minas , C.I. N° 5.892.401-6, ambos domiciliados en calle Erasmo Escala N° 209, comuna de Vallenar, interponiendo demanda de oposición a la mensura de conformidad al artículo 61 N° 1 del código de minería, en contra de don Hans Patricio Mujica Frite, constructor, casado, C.I. N° 9.728.949-2, con domicilio en Lonquén Sur, camino interior Papagayo, parcela N° 7, provincia de Talagante. Funda su demanda en que en el Boletín Oficial de Minería N° 43.283 de 20 de junio de 2022, aparece publicada la solicitud de mensura de las pertenencias mineras “AMBIENTALISTA M, 1 AL 12”, cuyo titular es don Hans Patricio Mujica Frite. La manifestación fue presentada el 25 de octubre de 2021 e inscrita a fojas 1314 vta. N° 635 del año 2021 del Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas, publicándose en el Boletín Oficial de Minería N° 43.111 con fecha 24 de noviembre de 2021. Precisa que el área solicitada a mensurar está determinada por los siguientes vértices cuyas coordenadas UTM son: Vértice Norte (m) Este (m) L1 6.806.600 338.000 L2 6.806.600 339.600 L3 6.806.000 339.600 L4 6.806.000 338.000 Agrega que su representado, es titular de la concesión de exploración inscrita y vigente denominada “PORFIADA VIII”, expediente Rol V-577-2020 del Primer Juzgado de Letras de Vallenar, presentado con fecha 11 de noviembre de 2020. El pedimento está inscrito a fojas 1443 N° 751 del año 2020 del Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas de Vallenar y su sentencia está inscrita a fojas 609 N° 298 del año 2021 del Registro de Descubrimiento del Conservador de Minas de Vallenar. Refiere que la concesión de exploración “PORFIADA VIII”, cubre el área determinada por los siguientes vértices, cuyas coordenadas UTM son: Vértice Norte (m) Este (m) L1 6.809.000 338.000 L2 6.809.000 339.000
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 6l, 68, 69 inciso primero y 233 del Código de Minería, l44, 170, 341, 342 y 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se acogen las demandas de oposición a la mensura interpuestas por don José Francisco Osman Salinas en representación de don Arnaldo del Campo Arias, declarándose que el demandado don Hans Patricio Mujica Fritte, no podrá mensurar dentro del perímetro de las concesiones de exploración denominadas “PORFIADA IX” y “PORFIADA VIII”,de propiedad de la parte demandante. II.- Que no se condena en costas a la parte demandada por haber mediado oposición. Anótese, regístrese y notifíquese. Rol C-352-2022 Dictada por María Catalina López Werner, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Vallenar. En Vallenar, a dieciséis de diciembre de dos mil veintidós, se anotó por el estado diario la sentencia que antecede. Código: XFDEXCXHQWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-16T12:31:01-0300
Texto Completo (Preview)
Vallenar, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 18, comparece don José Francisco Osman Salinas, chileno, abogado, soltero, C.I. N° 13.679.537-6, en representación de don Arnaldo Del Campo Arias, chileno, casado, ingeniero civil en minas , C.I. N° 5.892.401-6, ambos domiciliados en calle Erasmo Escala N° 209, comuna de Vallenar, interponiendo demanda de oposición a la mensura
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