TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE/PEÑA
Rol
C-4425-2022
Fecha
15 de diciembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 19 de mayo de 2022 a folio 1, Felipe Hern n Fr as Jones,á í Abogado, mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco Internacionaló sociedad an nima bancaria, cuyo representante legal es el Gerente General don Marioó Chamorro Carrizo, c dula de identidad n mero 07.893.316-k, Ingeniero Comercial, yé ú ste a su vez en representaci n de Tesorer a General de la Rep blica, Rut 60.805.000-0,é ó í ú representada legalmente por do a Luisa Ximena ñ Hern ndez Garrido R.U.T 08.723.120-á 8, Ingeniero Civil, todos con domicilio para estos efectos en Agustinas 1291, Piso 6, Oficina G, Comuna de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de Sherry Sacha Pe a Bahamondes, admitirla a tramitaci n y ordenar se despache mandamientoñ ó de ejecuci n en su contra por la suma de 69,8091 UF, equivalente en pesos al d a 18 deó í marzo de 2022, por la suma de $2.212.104.- pagaderas seg n valor de la unidad deú fomento al d a del pago, por concepto de capital, m s los intereses pactados, devengadosí á y los que se devenguen hasta el d a del exacto e ntegro pago de la obligaci n, requerirí í ó de pago a la deudora y disponer se siga adelante con la ejecuci n hasta que a suó representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Fundamenta su presentaci n, se alando que, en su condici n de Mandatarioó ñ ó Judicial para el cobro de la Tesorer a General de la Rep blica, a trav s de Bancoí ú é Internacional, vengo en interponer demanda ejecutiva conforme a la Ley 20.027 y su Reglamento N 182 de fecha 07 de Septiembre de 2005, en virtud de ser deudor vencidoº de los siguientes pagar s:é 1) Pagar de monto capital equivalente a 0,2000 Unidades de Fomento, suscritoé con fecha 11 De Marzo De 2022, y con vencimiento para el d a 18 DE marzo de 2022.í 2) Pagar de monto capital equivalente a 20,8827 Unidades de Fomento, suscritoé con fecha 11 de marzo de 2022, y con vencimiento para el d a 18 de marzo de 2022.í 3) Pagar de m
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibi ndose la causa a prueba por el t rmino legal establecido, noé é habi ndose rendido prueba alguna por las partes.é Que, con fecha 14 de diciembre de 2022 a folio 31, se cit a las partes a o ró í sentencia. C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que seg n lo dispone el art culo 1698 del C digo Civil,ú í ó corresponde la prueba de la existencia de las obligaciones, o su extinci n, al que alegaó aquellas o sta y que en orden a evacuar dicha carga procesal el ejecutante acompa elé ñó pagar individualizado en la parte expositiva del presente fallo.é Que el documentos referido no fue objetado en contrario, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el art culo 346 N 3 del C digo de Procedimiento Civil,í ° ó permiten tener por suficientemente acreditada la existencia y t rminos de la obligaci né ó crediticia cuyo pago se pretende en autos. SEGUNDO: Que siendo de cargo del demandado acreditar las circunstancias que verificar an el pago parcial alegado respecto de la obligaci n de que dan cuenta losí ó pagar s de marras, no acompa prueba pertinente al efecto, por lo que no cabe sinoé ñó rechazar la excepci n en an lisis, lo que se dir en lo resolutivo.ó á á Y atendido lo razonado y lo dispuesto en los art culos 6, 160, 170, 346 N 3, 426,í ° 434 N 4, 464 N 9 , 470, 471 del C digo de Procedimiento Civil, se declara:º º ó Código: EWJMXCGGVXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc
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C-4425-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4425-2022 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REP BLICA DEÍ Ú CHILE/PE AÑ Santiago, quince de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: Que con fecha 19 de mayo de 2022 a folio 1, Felipe Hern n Fr as Jones,á í Abogado, mandatario judicial, en representaci n convencional de Banco Internacionaló sociedad
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