SCOTIABANK CHILE S. A./GONZÁLEZ
Rol
C-1240-2022
Fecha
14 de diciembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece MAURICIO CARRASCO CARTES, abogado, en representación del SCOTIABANK CHILE, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por don Francisco Sardón de Taboada, abogado, en su calidad de gerente general, ambos domiciliados para estos efectos en calle Thompson N° 127, Oficina N° 902, Edificio Puerto Mayor, de la Comuna de Iquique, quien interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de IVAN MAURICIO GONZALEZ MANCILLA, domiciliado en Salvador Allende N°448 Departamento N°110, de la comuna de Iquique. Expone que su representado es beneficiario del pagaré en cuotas N°710116238958, por la suma de $19.450.794, suscrito por el ejecutado, con fecha 02 de junio de 2021. Agrega que sobre el capital adeudado, se devenga un interés mensual vencido del 0,6% mensual. A su vez, se expone que el demandado se obligó a pagar el capital adeudado y los intereses en 81 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 80 cuotas por un valor de $307.536.-, cada una, y la última por un valor de $310.542.-, siendo el primer vencimiento el 15 de agosto de 2021, y los restantes los días 15 de cada mes, o del último mes del respectivo período. En caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte de una cualquiera de las cuotas de este pagaré, a partir de esa misma fecha, se cobrará la tasa de interés máxima convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripción de este pagaré, a menos que la que rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrará esta última. Código: KXJDXCLXBWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indica que la mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas de este pagaré, facultaría al Banco para exigir de inmediato el pago del total de lo adeudado, el que, en ese evento, sería considerado de plazo vencido para todos los efectos legales, capitalizándose los intereses devengados hasta esa fecha y, desde ese momento, el total de la obl
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: KXJDXCLXBWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que a folio 1, comparece Mauricio Carrasco Cartes, abogado, en representación del Banco Scotiabank Chile, quien por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de Iván Mauricio González Mancilla, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del deudor por la suma de $19.052.612, más intereses y reajustes, ordenando seguir adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de la deuda, con costas. SEGUNDO: Que a folio 10, comparece Juan Bravo Jarpa, abogado, en representación del ejecutado Iván Mauricio González Mancilla, oponiéndose a la ejecución mediante las excepciones previstas en los N° 2, 7 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando el total rechazo de la demanda interpuesta, por los motivos señalados en la parte expositiva. TERCERO: Que el ejecutante a fin de acreditar su pretensión acompañó los siguientes documentos: 1. Pagaré N°710116238958. 2. Escritura pública de mandato de fecha 29 de noviembre del año 2019. El documento signado con el N°1 se tuvo por acompañado en calidad de título ejecutivo, el restante con citación, no objetado. CUARTO: Que la parte ejecutada rindió la siguiente prueba documental: 1. Correos electrónicos enviados de las casillas electrónicas de don Iván González Mancilla y don Víctor Salgado Hormazabal por Banco Scotiabank, entre los días 26 de abril de 2022 y 4 de mayo de 2022. 2. Correo electrónico enviado por Banco Scotiabank a la casilla de don Iván González Mancilla con fecha 19 de julio de 2022. Documentos acompañados con citación, no objetados. QUINTO: Que en cuanto a la excepción del N°2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, el ejecutado sostiene que el abogado demandante, don Mauricio Carrasco Cartes, carecería de Código: KXJDXCLXBWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl todo poder para actuar por la parte demandante Scotiabank Chile, al no haberse acreditado en autos, el origen y calidad que ostenta el mismo, ni las facultades que detentaría. Respecto de aquello, imperioso resulta consignar, que la excepción del artículo 464 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, admite tres situaciones diferentes, a saber: falta de capacidad del demandante, falta de personería del que comparece en su nombre y falta de representación legal de quien comparece en su nombre. A este respecto la doctrina ha señalado que: "El problema es determinar si el demandante es o no capaz, si el mandatario tiene o no facultad de actuar en su nombre, y si el representante legal del mismo es en verdad tal representante, debe ser resuelto a la luz de las disposiciones de fondo o substantivas por cuanto el Código de Procedimiento Civil no contiene normas al respecto." Así entonces en cuanto al fundamento
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, recibiéndose la causa a prueba, fijando los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 33, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: Código: KXJDXCLXBWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que a folio 1, comparece Mauricio Carrasco Cartes, abogado, en representación del Banco Scotiabank Chile, quien por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda en juicio ejecutivo en contra de Iván Mauricio González Mancilla, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del deudor por la suma de $19.052.612, más intereses y reajustes, ordenando seguir adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de la deuda, con costas. SEGUNDO: Que a folio 10, comparece Juan Bravo Jarpa, abogado, en representación del ejecutado Iván Mauricio González Mancilla, oponiéndose a la ejecución mediante las excepciones previstas en los N° 2, 7 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando el total rechazo de la demanda interpuesta, por los motivos señalados en la parte expositiva. TERCERO: Que el ejecutante a fin de acreditar su pretensión acompañó los siguientes documentos: 1. Pagaré N°710116238958. 2. Escritura pública de mandato de fecha 29 de noviembre del año 2019. El documento signado con el N°1 se tuvo por acompañado en calidad de título ejecutivo, el restante con citaci
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FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-1240-2022 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./GONZ LEZÁ Iquique, catorce de Diciembre de dos mil veintidós VISTO: A folio 1, comparece MAURICIO CARRASCO CARTES, abogado, en representación del SCOTIABANK CHILE, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por don Francisco Sardón de Taboada,
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