GUZMÁN/BANCO DE CHILE
Rol
C-6535-2022
Fecha
14 de diciembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que compareció don Pablo Andrés Guzmán Lavín, trabajador dependiente, con domicilio para estos efectos en Huérfanos 863, of. 718, comuna de Santiago, quien dedujo demanda de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de Banco de Chile, persona jurídica de giro de su denominación, representada legalmente por don Eduardo Ebensperger Orrego, ignora ocupación, ambos con domicilio en calle Ahumada 251, comuna de Santiago, a fin que se declare la prescripción de la obligación contenida en el pagaré por la suma de $400.000, con costas en caso de oposición. Expuso que el Banco de Chile es dueño del pagaré suscrito por su parte, cuyo crédito moroso se adeuda desde el 20 de febrero de 2018 y asciende a la suma de $400.000, lo cual se encuentra actualmente informado en el boletín comercial, según Informe Platinum360°, emitido por Equifax. Indicó que han trascurrido cuatro años y cuatro meses desde la mora de la obligación. Añadió que, a la fecha del presente libelo, el acreedor del pagaré no ha notificado demanda judicial con el objeto de exigir el cumplimiento de la obligación, y con ello, interrumpir el plazo legal de prescripción. En el aspecto jurídico, fundamentó su demanda en los artículos 98 y 100 de la Ley N°18.092, sobre Letras de Cambio y Pagarés; y los artículos 2493, 2518 del Código Civil. La demanda fue notificada en conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil el 12 de agosto de 2022. Por escrito de 23 de agosto del presente, compareció don Marcos Parga Yávar, abogado, mandatario judicial del Banco de Chile, sociedad anónima bancaria, domiciliado en Ahumada 251, piso 3, Santiago, quien se Código: XBZBXCDCZST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl allanó de forma total a la demanda de autos entablaba por don Pablo Andrés Guzmán Lavín referida a la Operación N° 070, pidiendo que se le exima de una eventual condena en costas por no existir contradicción a lo
Fundamentos
Considerando: Primero: Que ha comparecido don Pablo Andrés Guzmán Lavín, quien dedujo demanda de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de Banco de Chile, a fin que se declare la prescripción de la obligación contenida en el pagaré por la suma de $400.000. Fundamentó su demanda ordinaria de prescripción en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que la demandada se allanó totalmente a la acción de prescripción deducida en su contra. Tercero: Que el artículo 2492 del Código Civil establece que la prescripción “es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales”. Con la prescripción extintiva, el deudor busca hacer desaparecer a acción del acreedor que permitiría compelerle al deber de prestación. Para explicar la fundamentación de la prescripción extintiva, la tesis objetiva ha sido la más adherida por la doctrina y la jurisprudencia, al ponerse el acento en el carácter social y de orden público de la prescripción, porque su fundamento está en el interés que existe en el derecho en consolidar situaciones pendientes. Hay en ello un interés general de orden económico y jurídico. El tráfico de bienes y derechos requiere de una seguridad jurídica, la que pide entonces que queden firmes situaciones de Código: XBZBXCDCZST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl hecho (v. Domínguez Águila, Ramón, La prescripción extintiva. Doctrina y jurisprudencia, Editorial Jurídica de Chile, Santiago, 2019, p. 35). Cuarto: Que a partir del allanamiento que hace la demandada, lo cual corresponde desde un punto de vista sustantivo a un verdadero acto de disposición y renuncia, debe estarse a la voluntad expresamente señalada y por ello, es inconcuso concluir que no existe controversia en cuanto a los siguientes hechos: a) La existencia de la obligación a favor de la sociedad demandada contenida en pagaré, por la suma de $400.000, pagadera el 20 de febrero de 2018. b) Que el demandante no pagó el importe antes referido, constituyéndose en mora a partir del 20 de febrero de 2018. c) Que el Banco de Chile no ha realizado recurso judicial alguno a fin de efectuar cobro de la deuda señalada. d) Que la presente demanda fue notificada al demandado el 12 de agosto de 2022. Quinto: Que en el caso sub judice, es dable tener presente lo dispuesto en el artículo 2515 del Código Civil, el cual sostiene en el ámbito de la prescripción extintiva que “Este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco años para las ordinarias. La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de tres años, y convertida en ordinaria durará solamente otros dos”. No obstante, lo anterior, atendido a que la obligación dineraria f
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además lo dispuesto en los artículos 144, 160, 161, 170, 273, 341, 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículo 98 de la Ley N°18.092; artículos 1698, 2493, 2514, 2515 y 2385 y demás pertinentes del Código Civil; Decreto con Fuerza de Ley N°303, se decide: I. Que, se acoge la demanda deducida por don Pablo Andrés Guzmán Lavín, en contra del Banco de Chile y, en consecuencia, se declara la prescripción extintiva de las acciones cambiaria emanada del pagaré fundante del crédito cuyo número de operación es el 070, por la suma de $400.000; II. Que, cada parte asumirá el pago de costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° C-6535-2022. Pronunciada por don Patricio Hernández Jara, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintidós. Código: XBZBXCDCZST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-14T12:04:32-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-6535-2022 CARATULADO : GUZMÁN/BANCO DE CHILE Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintidós. Visto: Que compareció don Pablo Andrés Guzmán Lavín, trabajador dependiente, con domicilio para estos efectos en Huérfanos 863, of. 718, comuna de Santiago, quien dedujo demanda de prescripción en juicio ordinario d
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