9º Juzgado Civil de Santiago

ITAÚ CORPBANCA S.A./SANDOVAL

Rol

C-2454-2020

Fecha

14 de diciembre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En presentaci n de 6 de febrero de 2020 comparece don Felipeó Hern n Fr as Jones, abogado, en representaci n de Ita Corpbanca,á í ó ú sociedad an nima bancaria, representada por don Gabriel Amado deó Moura, domiciliados en calle Agustinas N 1291, piso 6, oficina G, comuna° de Santiago, demandando en juicio ejecutivo de cobro de pagar a do aé ñ Angelita Amy Sandoval Diaz, domiciliada en Camino Cintura N 1347,° comuna de Valpara so, por la suma de 152,0273 UF m s intereses y costas.í á Se ala que su representada es due a de los siguientes pagar s: ñ ñ é 1) Pagar de monto capital equivalente a 15,2027 UF suscrito el 5 deé noviembre de 2019 y con vencimiento para el 5 de diciembre de 2019. 2) Pagar de monto capital equivalente a 136,8246 UF suscrito el 5é de noviembre de 2019 y con vencimiento para el 5 de diciembre de 2019. Dichos pagar s fueron suscritos por el representante del banco ené virtud de la cl usula d cima quinta, numerales uno, dos y tres del Contratoá é de Apertura, a la orden de Banco Ita Chile, cuyo continuador legal es Itaú ú Corpbanca. La sumatoria de los montos de capital, ya referidos, asciende a 152,0273 UF. En los documentos antes referidos se estipul que el capital adeudadoó devengar a contar del 5 de diciembre de 2019, y hasta la fecha de su pagoá efectivo, intereses a la tasa de inter s m xima convencional vigente paraé á operaciones de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Asimismo, se estipul que, en caso de mora o simple retardo en eló pago del capital adeudado, se devengar un inter s penal igual al inter sá é é m ximo convencional que sea permitido estipular para operaciones ená moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. Eló é inter s penal se calcular sobre el capital adeudado y comenzar a regiré á á Código: LNXEXCLWCST Este documento tiene firma

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen dos pagar sí é Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027) suscritos el 5 de noviembre de 2019, por Nathaly Mart nez Tiznado en representaci n de la ejecutante y esta aí ó Código: LNXEXCLWCST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su vez en representaci n de la ejecutada, por las sumas de 15,2027 UF,ó 136,8246 UF, respectivamente, pagaderas al 5 de diciembre de 2019. Los capitales adeudados devengar an a contar de la fecha de suí suscripci n la tasa de inter s m xima convencional vigente para operacionesó é á de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Ambos pagar s se encuentran garantizados con la garant a estatal delé í Fisco de Chile, en conformidad a las disposiciones de la Ley N 20.027.° Las firmas de la suscriptora se encuentran autorizada por notario p blico.ú SEGUNDO: Que adem s la ejecutante acompa Contrato deá ñó “ Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior, coní é ó Garant a Estatal, seg n Ley N 20.027 , suscrito por la ejecutada, en cuyaí ú ° ” cl usula 15 Dos) á ª confiri un mandato especial, irrevocable y delegable, conó el objeto de suscribir en su representaci n, ante notario p blico oó ú autoriz ndose la firma ante notario p blico, a la orden de la instituci ná ú ó financiera, uno o m s pagar s por el n mero que esta ltima estimeá é ú ú conveniente, para facilitar el pago de los cr ditos que el acreedoré desembols . ó TERCERO: Que en este caso demanda ejecutivamente el Banco Itaú Corpbanca por aplicaci n de la estipulaci n contractual que dice que lasó ó “ partes declaran expresamente que el o los referidos Pagar s ser n totalmenteé á literales, independientes y aut nomos del presente Contrato, y desde ya eló Deudor reconoce el car cter de t tulo ejecutivo a los mismos en formaá í independiente del presente Contrato de l nea ( ) í … ” CUARTO: Que de lo anterior se sigue que los pagar s como t tulosé í ejecutivos fueron dise ados por la ejecutante para facilitar el cobro de lasñ cuotas adeudadas por la deudora, los cuales est n regulados por la Leyá N 18.092, de modo que no resulta procedente aplicar la disposici n de una° ó ley que regula un contrato de mutuo en lo que toca a la imprescriptibilidad de la deuda, a un instrumento de cobro que tiene su propia normativa especial y que, por lo tanto, contempla plazos de prescripci n particularesó en relaci n con la acci n que de ellos demanda.ó ó QUINTO: Que en efecto el art culo 98 de la Ley N 18.092 estableceí ° que El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portador contra“ ó Código: LNXEXCLWCST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento delñ í documento , norma aplicable a los pagar s por disposici n del art culo 107

Fallo

en virtud de lo razonado, la ejecuci n serÉ ó á desestimada y cada parte soportar sus propias costas.á En consecuencia y visto lo dispuesto en la Ley N 20.027, Ley° N 18.092, art culo 1698 del C digo Civil y art culos 170, 434, 464 y 471° í ó í del C digo de Procedimiento Civil, se acoge la excepci n de prescripci nó ó ó respecto de los pagar s cobrados en autos, desech ndose la ejecuci n, siné á ó costas. Reg strese, notif quese y arch vese.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintid s.ó Código: LNXEXCLWCST Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-14T11:30:40-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2454-2020 CARATULADO : ITA CORPBANCA S.A./SANDOVALÚ Santiago, catorce de diciembre de dos mil veintid s.ó VISTOS: En presentaci n de 6 de febrero de 2020 comparece don Felipeó Hern n Fr as Jones, abogado, en representaci n de Ita Corpbanca,á í ó ú sociedad an nima bancaria, representada por don Gabriel Amado deó M

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica