JAMETT/MINING POWER SPA
Rol
M-36-2023
Fecha
7 de julio de 2023
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la demanda y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos se dicte sentencia. El Tribunal resuelve: Que se accede a lo solicitado y se dictará sentencia inmediata con esta fecha; la que será notificada por correo electrónico junto con la presente acta. _____________________________________________________________ El Tribunal procede a dictar sentencia. VISTOS, OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Joel David Jamett Núñez, desempleado, cédula de identidad N°13.638.938-6, con domicilio en calle Arturo Prat N°461, Oficina 501, Antofagasta, a deducir demanda por declaración de relación laboral, despido indirecto y Nulidad del Despido en contra de Mining Power Spa, Rut Nº77.046.752-7, representada por don Christian Espinoza Soto, cédula de identidad N°14.389.458-4, ambos domiciliados en calle Condell N°2919 N°406, Antofagasta, y expone: Que, con fecha 03 de junio de 2022, comienza relación laboral con contrato no formalizado, pese al requerimiento, señalaba que no era necesario, como Supervisor, y una remuneración mensual de $1.510.700.- Que, con fecha 20 de diciembre de 2022, se autodespide por la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo. Que, se le adeudan indemnización sustitutiva, remuneraciones, feriado proporcional y solicita se declare la nulidad del despido para efectos remuneracionales por el no pago de cotizaciones obligatorias durante la relación de trabajo. SEGUNDO: Que, en Audiencia Única, la parte demandada no compareció por lo que
Fallo
se declara precluido el derecho a formular contestación de la demanda, en consecuencia, se omitió llamado a conciliación y recepción de causa a prueba. TERCERO: Que, se estiman tácitamente admitidos los hechos contenidos en ella, en consecuencia, se declara la existencia de una relación laboral entre las partes. Que, el 03 de junio de 2022, comienza relación laboral con contrato no escriturado que concluyó por despido indirecto de fecha 20 de diciembre de 2022, que se configuran los incumplimientos indicados en la carta de no escrituración, pagos parciales de remuneraciones, no entrega de liquidaciones de remuneraciones y no entero de las cotizaciones obligatorias de seguridad social en las instituciones legales correspondientes, este último incumplimiento se califica como grave atendida la calidad de obligación principal del empleador de retener y enterar el porcentaje legal de remuneraciones para efectos de seguridad social, por lo que se declara procedente el despido indirecto. Que, se estima acreditado que se adeudan remuneraciones y saldos de remuneraciones y feriado proporcional solicitado. Que, no habiéndose enterado las cotizaciones de seguridad social durante la relación laboral, se hace procedente la declaración de nulidad del despido para efectos remuneracionales. Y Vistos, además lo dispuesto en los artículos, 1, 3, 7, 63, 73, 160, 162, 163, 168, 171, 172, 425 y 453 del Código del Trabajo, Se Declara: I.-Se Acoge sin costas, demanda interpuesta por don Joel D
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JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA (PRESENCIAL) FECHA Antofagasta, siete de Julio de dos mil veintitres. MAGISTRADO RICARDO ALVEAL VENEGAS (Conectado vía Zoom) HORA DE INICIO 11:33 am HORA DE TERMINO 11:36 am ENCARGADO DE ACTA Yanett Bugueño Chávez. SALA 4 RUC 23-4-0454780-1 RIT M-36-2023 Registro de audio N° 2340
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