PIZARRO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA
Rol
C-3739-2022
Fecha
13 de diciembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1, do a ñ Deissy Isabel Pizarro Bernales, due a de casa, domiciliada enñ Iquique N 7004, comuna de La Cisterna, interpone demanda de declaraci n de° ó prescripci n de acci n de cobro de patente comercial contra la ó ó Ilustre Municipalidad de La Cisterna, representada por su Alcalde, don Joel Olmos Espinoza, ambos domiciliados en Gran Avenida Jos Miguel Carrera N 8585 A, comuna de la Cisterna.é ° Indica que mantiene una deuda con la parte demandada, por concepto de patentes comerciales por la suma de $1.031.082. A ade que la acci n de cobro de patente comercial, correspondientes al periodoñ ó que va desde el 28 de agosto de 2018 hasta el 31 de julio de 2019, se encuentra prescrita, por lo que conforme a las disposiciones legales que refiere, solicita que se declare la prescripci n extintiva de la acci n de cobro respecto de los periodos indicados,ó ó incluyendo multas, reajustes e intereses que corresponda, con costas en caso de oposici n.ó A folio 7, el 11 de noviembre de 2022, se notific a la demandada, a folio 8, laó parte demandada contest el libelo pretensor, allan ndose al mismo, respecto de laó á solicitud de prescripci n de la acci n de cobro de patentes comerciales adeudadas a suó ó parte, anteriores, y hasta el vencimiento del segundo semestre de 2019 inclusive. A folio 13, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la demandante, para acreditar los fundamentos de su acci n,ó acompa en forma legal y sin objeci n de la contraria copia de certificado de deuda añó ó su nombre, direcci n comercial Iquique 7004, La Cisterna, emanado de la Direcci n deó ó Administraci n y Finanzas, Tesorer a Municipal, de la Ilustre Municipalidad de Laó í Cisterna. Segundo: Que atenta las normas que regulan la materia, conforme al art culoí 2493 del C digo Civil, corresponde a la interesada impetrar la prescripci n de la acci nó ó ó de cobro de la deuda, en este caso, por concepto de patente comercial, y al art culoí 2521 del C digo referido, que establece que prescriben en tres a os las acciones a favoró ñ o en contra del fisco y de las municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. Tercero: Que alegada la prescripci n extintiva por el actor, habi ndose acreditadoó é la existencia de la deuda y allanado la parte demandada a la acci n interpuesta en suó contra, y atendida la fecha de notificaci n de la demanda, el 11 de noviembre de 2022,ó resulta procedente acoger la demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro deó ó patente comercial impetrada, respecto de los periodos solicitados en la demanda, por RIT« » Foja: 1 haber transcurrido el plazo de tres a os previsto por la Ley para declarar suñ prescripci n, sin que conste interrupci n alguna de tal c mputo de tiempo, por lo queó ó ó as
Fallo
se declarar . í á De igual modo se declarar la extinci n del derecho de cobro de los recargos yá ó multas que las acceden, correspondientes al periodo antes referido, atendida la calidad de accesorios de stos.é Cuarto: Que no se condenar en costas a la parte demandada atendido suá allanamiento. Por estas consideraciones y atento, adem s, lo previsto en los art culos 144, 160 yá í 170 del C digo de Procedimiento Civil y 1437, 1698, ó 2521 y 2493 del C digo Civil, seó declara: I.- Que se acoge, la demanda de prescripci n extintiva interpuesta por ó do añ Deissy Isabel Pizarro Bernales contra la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, y en consecuencia, se declara extinguida la acci n de cobro de patentes comerciales, conó vencimiento entre el 28 de agosto de 2018 y el 31 de julio de 2019, ambos inclusive, así como tambi n las referentes a los reajustes, recargos y multas que le accedan.é II.- Que no se condena en costas a la parte demandada. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por Mar a Leonor Geisse Fern ndez, Juez Suplente.í á Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, trece de Diciembre de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 11 de septiembre de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Ch
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-3739-2022 CARATULADO : PIZARRO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA San Miguel, trece de Diciembre de dos mil veintid só Vistos: A folio 1, do a ñ Deissy Isabel Pizarro Bernales, due a de casa, domiciliada enñ Iquique N 7004, comuna de La Cisterna, interpone demanda de declaraci n de° ó prescripci
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