Juzgado de Letras de Illapel

ANTOFAGASTA MINERALS SA CON CHILE FORTESCUE SPA/

Rol

C-640-2022

Fecha

13 de diciembre de 2022

Materia

OPOSICIÓN MENSURA MINERA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Mediante lo principal de la presentación de fecha 22 de julio de 2022, comparece la demandante ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad del giro minero, Rut 93.920.000-2, representada por don Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, cédula de identidad N° 10.742.018-5 y don Renzo Stagno Finger, chileno, abogado, divorciado, cédula de identidad N° 14.119.805-K, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, Piso 18, comuna de Las Condes, Santiago, e interpone demanda de oposición a la mensura en juicio sumario, respecto de la manifestación minera “FRAN 10, 1 AL 1”, en contra de CHILE FORTESCUE SPA, Rut 77.173.385-9 ,representada por don Mirco Hilgers Gutschendies, ambos domiciliados en Av. Andrés Bello N° 2.457, Piso 19, comuna de Providencia, Santiago. La funda en la titularidad que detenta sobre los derechos exclusivos para explorar y para manifestar concesiones mineras de explotación en virtud de su concesión minera de exploración denominada “ALITRE 5”. Expresa que el pedimento en cuya virtud se iniciaron los trámites de constitución de su concesión minera de exploración “ALITRE 5”, fue presentado con fecha 26 de enero de 2016 ante este juzgado, dando origen a los autos voluntarios Rol V-96-2016, dictándose la correspondiente sentencia en dicha causa con fecha 13 abril de 2022, declarando constituida la concesión de exploración “ALITRE 5” a su favor, y consecuencialmente los derechos emanados de ella. Agrega que el pedimento minero se encuentra inscrito a su favor a fojas 159 N° 124 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Illapel, correspondiente al año 2016, y que el área que en virtud de dicha concesión minera le fue otorgada en forma exclusiva para explorar y para manifestar pertenencia minera dentro de los límites de aquella, está configurada por un sólido, cuya cara superior es en el plano horizontal un rectángulo, de una superficie de 300 hectáreas, cuyos vértices corresponden a las siguientes coordenadas UTM, expresad

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la cuestión controvertida que debe resolverse en autos, consiste en determinar si es efectivo que el oponente goza de un derecho preferente para mensurar dentro del perímetro manifestado, la efectividad de existir superposición entre las concesiones mineras de autos y el perímetro que abarcaría dicha superposición. Código: XKTNXCTNEET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEGUNDO: Que la parte demandante, a fin de acreditar los fundamentos de su acción, rindió la siguiente prueba documental no objetada: 1. Copia auténtica del pedimento que dio origen a la concesión minera de exploración “ALITRE 5”. 2. Copia auténtica de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración “ALITRE 5”. 3. Copia de la publicación en el Boletín Oficial de Minería- N° 43229, CVE 2113434, de fecha 14 de Abril del 2022, en la que aparece publicada la solicitud de mensura de las pertenencias en trámite “FRAN 10, 1 AL 1”. 4. Plano de abarcamiento o colisión de derechos que grafica y demuestra el abarcamiento de la solicitud de mensura de autos sobre la concesión minera de exploración “ALITRE 5”, elaborado por perito minero autorizado. 5. Copia auténtica de la inscripción del pedimento de la concesión de exploración “ALITRE 5”, la cual consta de fojas 159, número 124 Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Illapel, correspondiente al año 2016. 6. Copia auténtica, con firma electrónica avanzada, del pedimento “ALITRE 5”, otorgada por el Conservador de Minas de Illapel. 7. Copia autorizada de la inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración “ALITRE 5”, rolante a fojas 786 N° 350 del Registro de Descubrimientos a cargo del Conservador de Minas de Illapel, correspondiente al año 2022. TERCERO: Que, la presente oposición proviene de la causa civil de este Juzgado, Rol V-372-2021, caratulada “CHILE FORTESCUE SPA”, en la cual el demandado de autos, con fecha 25 de agosto de 2021, a las trece horas con nueve minutos, presentó su solicitud manifestación minera denominada “FRAN 10, 1 AL 1”. CUARTO: Que, analizados los documentos, y de la propia confesión judicial efectuada por el demandado, se colige la coincidencia parcial entre las concesiones mineras en conflicto, ello según muestra el plano de superposición elaborado por el perito don Jorge Aguirre V., en donde consta que el abarcamiento comprende una superficie total de 1 hectáreaa, siendo las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro del área de abarcamiento o colisión de derechos, las siguientes: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) L1 de FRAN 10, 1 AL 1 6.465.820,00 384.080,00 L2 de FRAN 10, 1 AL 1 6.465.820,00 384.180,00 L3 de FRAN 10, 1 AL 1 6.465.720,00 384.180,00 L4 de FRAN 10, 1 AL 1 6.465.720,00 384.080,00 QUINTO: Que, habiéndose identificado abarcamiento entre las pertenencias pretendidas por las partes, debe analizarse la efectividad de tener la actora un derecho prefe

Fallo

en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, artículos 27; 41; 61 N°1 y 2; 62; 66; 69; y 233 del Código de Minería; y artículo 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda de oposición a la solicitud de mensura, deducida por ANTOFAGASTA MINERALS S.A., en contra de CHILE FORTESCUE SPA, respecto de la tramitación de la solicitud de mensura de la manifestación minera “FRAN 10, 1 AL 1”, y en consecuencia la demandada no podrá mensurar dentro del perímetro en que existe superposición respecto de la concesión minera en uso de su derecho preferente “ALITRE 5”, ello conforme los datos consignados en el considerando cuarto. II.- Que cada parte asumirá el pago de sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-640-2022. Pronunciada por don VLADIMIR HERNANDO JOFRÉ HIDALGO, Juez del Juzgado de Letras, Familia y Laboral de Illapel. Código: XKTNXCTNEET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Illapel, trece de Diciembre de dos mil veintid só Código: XKTNXCTNEET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-13T18:10:52-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : C-640-2022 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS SA CON CHILE FORTESCUE SPA/ Illapel, trece de Diciembre de dos mil veintid s.ó VISTO: Mediante lo principal de la presentación de fecha 22 de julio de 2022, comparece la demandante ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad del giro minero, Rut 93.920.000-2, representada

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