BANCO SECURITY/MEDINA
Rol
C-8778-2022
Fecha
13 de diciembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece José Ignacio Márquez Espinosa, abogado, en representación convencional de BANCO SECURITY, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por Eduardo Ignacio Olivares Veloso, ingeniero comercial, todos con domicilio para estos efectos en calle Estado N° 57, oficina 501, comuna de Santiago, entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de DANIEL ALEJANDRO MEDINA HINOSTROZA, ignora profesión u oficio, con domicilio en El Lazo N° 3178, comuna de Maipú y/o en El Líbano Poniente 3 N° 890, comuna de Maipú, por el cobro de la suma de $38.842.400.-, más los intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su acción en que el demandante es dueño de los siguientes documentos: 1.- Pagaré N° 52007911000767418, suscrito con fecha 13 de julio de 2022, por la suma de $834.376.-, con fecha de vencimiento el día 18 de julio de 2022, en el que se pactó que el capital no sería reajustable, pero devengaría según la Código: LKVJXCEFHZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8778-2022 Foja: 1 forma descrita en el propio pagaré, sin perjuicio en caso de mora o simple retardo, desde dicha fecha y hasta el pago efectivo se deberá abonar el interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero pactados en moneda nacional no reajustable. 2.- Pagaré N° 603124, suscrito con fecha 13 de diciembre de 2019, por la cantidad de $63.641.343.- el que se dividió en 72 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $1.236.272.- en las que se encuentran comprendidos los intereses de 0,98% mensual, con vencimiento los días 05 de cada mes, a contar del mes de enero de 2020; sostiene que el demandado no ha pagado la cuota N° 30, con vencimiento a partir del 05 de junio de 2022, y todas las siguientes, razón por la cual y de acuerdo a lo estipula
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, José Ignacio Márquez Espinosa, en representación de BANCO SECURITY, demandó ejecutivamente a DANIEL ALEJANDRO MEDINA HINOSTROZA, en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $38.842.400.-, más intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, y la recepción a prueba de las mismas, fijando los correspondientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 19, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, José Ignacio Márquez Espinosa, en representación de BANCO SECURITY, demandó ejecutivamente a DANIEL ALEJANDRO MEDINA HINOSTROZA, en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $38.842.400.-, más intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, el ejecutado opuso a la demanda ejecutiva de autos las excepciones contempladas en los N°s 7, Código: LKVJXCEFHZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8778-2022 Foja: 1 2, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que en definitiva se niegue lugar a la ejecución, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso los siguientes documentos, los cuales se encuentran guardados en la custodia de la Secretaría del Tribunal bajo el N° 4516-2022, y apareja
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C-8778-2022 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8778-2022 CARATULADO : BANCO SECURITY/MEDINA Santiago, trece de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1, comparece José Ignacio Márquez Espinosa, abogado, en representación convencional de BANCO SECURITY, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalm
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